¿Qué dice la Iglesia sobre el matrimonio sacramental?

La enseñanza católica sobre el matrimonio sacramental: por qué el matrimonio de los bautizados es un sacramento y no un simple contrato, sus cuatro propiedades (unidad, fidelidad, fecundidad, indisolubilidad), por qué el vínculo es indisoluble, la gracia que otorga y las respuestas de la Iglesia a las objeciones (amor muerto, nulidad, divorciados vueltos a casar).

Ignispedia

A la pregunta «¿Qué dice la Iglesia sobre el matrimonio sacramental?», la respuesta católica cabe en una afirmación densa: el matrimonio de dos bautizados no es ante todo un contrato, ni un simple sentimiento, sino una alianza que Cristo elevó a la dignidad de sacramento, es decir, a signo eficaz de su gracia[1]. Y porque hace visible la unión indefectible de Cristo y su Iglesia, este matrimonio posee una propiedad que desconcierta al mundo de hoy: es indisoluble. «Lo que Dios ha unido, que no lo separe el hombre» (Mt 19,6)[2].

Este artículo expone lo que dice la Iglesia sobre el matrimonio sacramental: por qué es un sacramento y no un contrato ordinario, qué propiedades posee, por qué el vínculo que crea no puede romperse, qué gracia da a los esposos, y cómo responde la Iglesia a las objeciones que suscita esta enseñanza —del sufrimiento de los matrimonios separados a la cuestión de los divorciados vueltos a casar. Para el funcionamiento sacramental detallado (materia, forma, ministros, impedimentos, celebración), remítase al artículo complementario El sacramento del matrimonio; para la declaración de nulidad, a ¿Qué dice la Iglesia sobre la anulación del matrimonio?.

El matrimonio sacramental, en una respuesta

Tres afirmaciones resumen toda la enseñanza de la Iglesia, y hay que sostenerlas juntas para no caricaturizar su doctrina.

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En primer lugar, el matrimonio es naturalmente bueno: no es una invención de la Iglesia, sino una realidad inscrita por el Creador en la naturaleza humana, «hombre y mujer» (Gn 1,27). La unión estable y fecunda del hombre y la mujer existe en todas las civilizaciones porque responde a lo que somos[3].

Después, entre dos bautizados, esta realidad natural es elevada al rango de sacramento. Cristo no se limitó a bendecir el matrimonio: lo introdujo en su obra de salvación, hasta el punto de que se convierte en un cauce de su gracia y en un signo vivo de su amor por la Iglesia[4]. Por eso el Código de Derecho Canónico enseña que entre bautizados «no puede haber contrato matrimonial válido que no sea por eso mismo sacramento»[5].

Por último, este sacramento posee unas propiedades que lo comprometen por entero: es uno, fiel, abierto a la vida e indisoluble. Estas propiedades no son ideales facultativos que alcanzar poco a poco: pertenecen a la esencia misma del matrimonio, y excluirlas en el momento del consentimiento lo haría nulo[6].

El conjunto de la doctrina católica sobre el matrimonio —sobre la anticoncepción, el divorcio, la anulación, los divorciados vueltos a casar— se deriva lógicamente de estas tres afirmaciones. No se puede comprender una sola sin sostenerlas todas.

Por qué el matrimonio de los bautizados es un sacramento

Muchos católicos serían incapaces de explicar por qué su matrimonio es un sacramento, y no solo una hermosa ceremonia. La respuesta de la Iglesia es precisa y luminosa.

Más que un contrato: una alianza

El vocabulario de la Iglesia ha evolucionado, y este desplazamiento está lleno de sentido. Durante siglos, la teología habló de contrato matrimonial; el Código de 1983 y el concilio Vaticano II prefieren la palabra alianza (foedus)[7]. Un contrato intercambia bienes o servicios; una alianza compromete a personas en un don recíproco y total. El matrimonio no es un intercambio de derechos que pudiera rescindirse, sino la entrega de uno mismo a otro «para toda la vida».

«La alianza matrimonial, por la que un hombre y una mujer constituyen entre sí una comunidad de toda la vida, ordenada por su índole natural al bien de los cónyuges y a la generación y educación de los hijos, fue elevada entre bautizados por Cristo Señor a la dignidad de sacramento.» — Catecismo de la Iglesia Católica, § 1601[8]

Lo que «hace» este matrimonio no es ni la fiesta, ni la bendición, ni siquiera la consumación, sino el consentimiento de los esposos: el acto de la voluntad por el que «mutuamente se dan y se reciben»[9]. Este punto, desarrollado en El sacramento del matrimonio, ilumina todo lo que sigue: es la calidad de esta entrega el día de la boda lo que hace válido el matrimonio —y es su ausencia, y no el fracaso posterior de la pareja, lo que examinan los procesos de nulidad.

El «gran misterio»: Cristo y la Iglesia

Giotto, Las Bodas de Caná, 1304–1306, capilla de los Scrovegni en Padua. Wikimedia Commons, dominio público.

¿Por qué una simple unión humana se convierte en «sacramento»? Porque Cristo quiso que significara y hiciera presente su propio amor. Es san Pablo quien revela este sentido más profundo, releyendo la palabra del Génesis sobre «una sola carne»:

«Maridos, amad a vuestras mujeres como Cristo amó a la Iglesia y se entregó por ella […]. «Por eso dejará el hombre a su padre y a su madre, se unirá a su mujer, y serán los dos uno solo.» Este misterio es grande: lo digo respecto a Cristo y a la Iglesia.» — San Pablo, Carta a los Efesios 5,25-32[10]

El amor fiel, total y fecundo de los esposos se convierte así en un icono vivo de la manera en que Cristo se entregó por su Iglesia. El Catecismo extrae de ahí la dignidad propia del sacramento: «Toda la vida cristiana lleva la marca del amor esponsal de Cristo y de la Iglesia»[11]. No es casualidad que el primer signo público de Jesús, «el comienzo de los signos», tuviera lugar en un banquete de bodas, en Caná: el agua convertida en vino prefigura la gracia nueva con la que viene a colmar la unión de los esposos[12].

De ahí se deriva una consecuencia que el mundo ya no percibe: la infidelidad, el divorcio o el rechazo voluntario de la fecundidad no son solo fallos humanos —desfiguran un signo de la Alianza de Dios.

Contrato y sacramento son inseparables

Un error frecuente consiste en imaginar dos niveles: un matrimonio civil (el «contrato») que la bendición de la Iglesia vendría después a «sacralizar». La doctrina católica rechaza esta disociación. Entre dos bautizados, no hay matrimonio válido que no sea, por eso mismo, un sacramento. León XIII lo afirmó con fuerza contra los partidarios del matrimonio puramente civil:

«No puede existir entre cristianos un verdadero matrimonio que no sea por eso mismo un sacramento.» — León XIII, encíclica Arcanum Divinae Sapientiae, 10 de febrero de 1880[13]

Esto no significa que el matrimonio civil carezca de valor jurídico en la sociedad; significa que, para dos bautizados, el vínculo real ante Dios es indivisiblemente natural y sacramental. No se puede querer lo uno sin lo otro.

Lo que el matrimonio sacramental no es

Para disipar los malentendidos, conviene decir también lo que la Iglesia no dice. El sacramento del matrimonio no es una recompensa para parejas perfectas, ni un certificado de éxito afectivo. Tampoco es una garantía mágica contra las crisis: la gracia entregada no anula ni la libertad ni las pruebas. Por último, no es un simple rito decorativo que se añade a una unión ya sellada en otro lugar. El matrimonio sacramental es una realidad viva y permanente: un vínculo objetivo y una gracia recibida una vez, pero operante cada día.

Lo que afirma la Iglesia: los cuatro rasgos del matrimonio sacramental

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Cuando la Iglesia describe el matrimonio sacramental, enuncia cuatro rasgos inseparables. El canon 1056 recoge dos como propiedades esenciales — la unidad y la indisolubilidad — pero la tradición, siguiendo a san Agustín, deduce también la fidelidad y la fecundidad como bienes constitutivos[14]. Pueden leerse como las cuatro exigencias internas de todo verdadero matrimonio.

La unidad: un solo hombre, una sola mujer

La unidad excluye la poligamia. Porque el matrimonio hace de los dos esposos «una sola carne» (Gn 2,24) y significa la unión de Cristo con la única Iglesia, solo puede unir a un solo hombre y a una sola mujer[15]. El Antiguo Testamento toleró la poligamia de los patriarcas; pero, como el repudio, fue una concesión a la dureza de los corazones, y «al principio no fue así» (Mt 19,8)[16]. Cristo restablece la monogamia original como norma absoluta.

La fidelidad: un amor exclusivo

«El amor conyugal exige a los esposos, por su misma naturaleza, una fidelidad inviolable.» — Catecismo de la Iglesia Católica, § 1646[17]

Esta fidelidad no es un peso arbitrario añadido al amor: es su verdad. Un amor que se diera «con condición de» o «por un tiempo» no sería aún el amor total que compromete el matrimonio. El Catecismo indica su fuente más profunda:

«El motivo más profundo [de esta fidelidad] se encuentra en la fidelidad de Dios a su alianza, de Cristo a su Iglesia.» — Catecismo de la Iglesia Católica, § 1647[18]

La fecundidad: la apertura a la vida

El matrimonio está «ordenado por su carácter natural […] a la generación y educación de los hijos»[19]. La fecundidad no es una cláusula secundaria: es un bien del matrimonio, lo que san Agustín llamaba la proles. Por eso los esposos no pueden separar voluntariamente los dos significados del acto conyugal — la unión y la procreación —, lo que fundamenta la enseñanza de la Iglesia expuesta en ¿Qué dice la Iglesia sobre la anticoncepción? y ¿Qué dice la Iglesia sobre la fecundación in vitro?. No es un desprecio del deseo legítimo de espaciar los nacimientos, sino la defensa de la lógica del don que estructura todo el matrimonio.

La indisolubilidad: el vínculo que permanece

La indisolubilidad significa que el vínculo matrimonial dura hasta la muerte: ningún poder humano puede romperlo. Es la propiedad más discutida hoy, y la que merece que nos detengamos largamente — pues condensa toda la lógica del matrimonio sacramental. El siguiente cuadro resume los cuatro rasgos antes de abordarla.

RasgoLo que afirmaLo que excluyeRaíz
UnidadUn solo hombre, una sola mujerLa poligamiaGn 2,24; CEC 1644
Fidelidad (fides)Un amor exclusivo y duraderoEl adulterio, la infidelidadCEC 1646-1647
Fecundidad (proles)La apertura a la transmisión de la vidaEl rechazo voluntario de la vidaCIC 1055
Ind BajaUn vínculo que dura hasta la muerteEl divorcio que disuelve el vínculoMt 19,6; CIC 1141

Lectura del cuadro: los tres últimos rasgos corresponden a los «tres bienes» de san Agustín (proles, fides, sacramentum), y las dos primeras columnas de la fila «indisolubilidad» son el objeto propio de este artículo.

¿Por qué el matrimonio sacramental es indisoluble?

Es la pregunta que más choca con la sensibilidad contemporánea: ¿con qué derecho pretende la Iglesia que un matrimonio nunca puede deshacerse, aun cuando todo parece muerto? La respuesta católica no se basa en un rigor jurídico, sino en una palabra y en lo que significa.

La palabra de Cristo

La indisolubilidad no es una invención clerical: viene directamente de Jesús. Interrogado sobre el repudio que Moisés había tolerado, Cristo no discute de casuística — remite al designio del Creador:

«Lo que Dios ha unido, que no lo separe el hombre.» — Jesús, según Mateo 19,6[20]

La tolerancia mosaica del repudio, explica él, no era más que una concesión «por la dureza de vuestros corazones; pero al principio no fue así» (Mt 19,8). Jesús restaura pues la indisolubilidad original, la del jardín, anterior al pecado. Y san Pablo transmite esta exigencia no como una opinión, sino como un precepto del Señor:

«A los casados prescribo, no yo, sino el Señor: que la mujer no se separe de su marido […] y que el marido no repudie a su mujer.» — San Pablo, Primera carta a los Corintios 7,10-11[21]

El fundamento: la alianza de Dios

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¿Por qué esta exigencia, tan difícil? Porque el matrimonio cristiano significa algo más grande que él. Si la unión de los esposos es imagen de la unión de Cristo y de la Iglesia (Ef 5), entonces debe tener su propiedad decisiva: la irrevocabilidad. Cristo no retira su Alianza, no se divorcia de su Esposa; el amor de los esposos, para ser un verdadero signo, debe reflejar esta fidelidad indefectible[22]. Este es el sentido de la palabra latina sacramentum en la doctrina agustiniana de los tres bienes: el matrimonio es el signo estable de una unión que no se deshace.

El Catecismo dice entonces algo notable: no es solo la voluntad de los esposos lo que los une, es Dios mismo:

«El consentimiento por el cual los esposos se dan y se acogen mutuamente queda sellado por Dios mismo. […] De su alianza nace, incluso ante la sociedad, una institución estable, por orden divino.» — Catecismo de la Iglesia Católica, § 1639[23]

Por eso el vínculo, una vez establecido, ya no depende solo de los esposos: se convierte en una realidad objetiva, sellada por Dios, que ninguna decisión humana puede anular.

La definición dogmática

Frente a los reformadores protestantes del siglo XVI, que admitían el divorcio, la Iglesia definió solemnemente la indisolubilidad como un dogma de fe. El concilio de Trento, en su sesión XXIV (11 de noviembre de 1563), promulgó dos cánones decisivos:

«Si alguno dijere que el matrimonio no es verdadera y propiamente uno de los siete sacramentos de la Ley evangélica, instituido por Cristo Señor […]: sea anatema.» — Concilio de Trento, sesión XXIV, canon 1[24]

«Si alguno dijere que la Iglesia yerra cuando enseñó y enseña que el vínculo del matrimonio no puede disolverse por el adulterio de uno de los cónyuges […]: sea anatema.» — Concilio de Trento, sesión XXIV, canon 7[25]

El derecho de la Iglesia traduce este dogma en la norma más densa de toda su legislación:

«El matrimonio contraído y consumado no puede ser disuelto por ningún poder humano ni por ninguna causa, fuera de la muerte.» — Código de Derecho Canónico (1983), canon 1141[26]

«Ratificado y consumado»: la cumbre de la indisolubilidad

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Aquí, una distinción técnica evita muchos malentendidos. No todos los matrimonios son indisolubles en el mismo grado:

  • Un matrimonio natural (entre no bautizados) puede, en casos graves y para proteger la fe de un converso, ser disuelto por el privilegio paulino o el privilegio petrino.
  • Un matrimonio ratificado pero no consumado (ratum sed non consummatum) — válidamente contraído entre bautizados pero no seguido de la unión de los cuerpos — puede, excepcionalmente, ser disuelto por el Papa (dispensa super rato).
  • Pero un matrimonio sacramental, válido y consumado (ratum et consummatum) es absolutamente indisoluble: «ningún poder humano ni ninguna causa, fuera de la muerte» puede deshacerlo (can. 1141)[27].

Estas excepciones no contradicen en modo alguno la indisolubilidad: nunca afectan a la cima, el matrimonio sacramental consumado, que realiza plenamente la imagen de la unión irrevocable de Cristo y de la Iglesia. El detalle jurídico de estos casos se trata en El sacramento del matrimonio.

La indisolubilidad, una buena noticia y no una carga

Sería falso presentar la indisolubilidad como una prisión. Juan Pablo II hace de ella, por el contrario, un testimonio que el mundo necesita:

«En nuestros días, dar testimonio del valor inestimable de la indisolubilidad del matrimonio y de la fidelidad conyugal es, para los esposos cristianos, uno de los deberes más importantes y más apremiantes.» — Juan Pablo II, exhortación Familiaris Consortio, § 20[28]

Vista así, la indisolubilidad es el reverso de una promesa: el vínculo que Dios ha anudado es más sólido que las fallas humanas. Da a los esposos la seguridad de un amor que no será retirado a la primera tormenta, y ofrece a los hijos la estabilidad de un hogar que no se negocia. Lo que el mundo percibe como una coacción, la fe lo recibe como una liberación: no tener que volver a merecer cada día ser amado.

«Pero entonces…»: las preguntas que todo el mundo se hace

La enseñanza sobre la indisolubilidad suscita inevitablemente objeciones, a menudo cargadas de sufrimiento real. La Iglesia no las elude; responde a ellas con firmeza doctrinal y ternura pastoral.

«¿Y si el amor ha muerto?»

Es la objeción más frecuente. Pero se basa en una confusión: reduce el matrimonio a un sentimiento. Ahora bien, el consentimiento intercambiado no prometió un estado afectivo —imposible de garantizar— sino una entrega de la persona. El vínculo no reposa, por tanto, en la permanencia de la emoción, sino en la palabra dada y sellada por Dios[29]. Es precisamente ahí donde interviene la gracia del sacramento: es dada para amar «como Cristo amó a la Iglesia» (Ef 5,25), es decir, también cuando el sentimiento flaquea. La Iglesia no pide a los esposos sentir siempre, sino permanecer fieles a lo que libremente quisieron —y promete la fuerza para hacerlo.

«La nulidad, ¿no es un divorcio católico encubierto?»

No, y el matiz es capital. El divorcio pretende deshacer un matrimonio que existe; la declaración de nulidad constata que, debido a un defecto del consentimiento, a un impedimento o a un vicio de forma, nunca hubo matrimonio sacramental válido, a pesar de las apariencias. El primero disuelve un vínculo; la segunda reconoce que ningún vínculo válido fue contraído. El procedimiento, sus motivos y las reformas del papa Francisco (2015) se exponen en ¿Qué dice la Iglesia sobre la anulación del matrimonio?. No es, por tanto, una escapatoria, sino un juicio sobre la verdad del consentimiento inicial.

«¿Qué pasa con los divorciados vueltos a casar?»

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El divorcio civil no rompe el vínculo sacramental: a los ojos de la Iglesia, el esposo válidamente casado sigue vinculado. Por eso una persona divorciada que contrae una nueva unión civil se encuentra en una situación objetivamente contraria al primer vínculo y, por regla general, no puede ser admitida a la comunión eucarística[30]. Pero —y esto es esencial— estas personas no están excluidas de la Iglesia:

«Sepan que la Iglesia, como Madre, los ama, aun cuando parezcan alejados de ella.» — Juan Pablo II, exhortación Familiaris Consortio, § 84[31]

La Iglesia los invita a participar en la vida cristiana, a escuchar la Palabra, a rezar, a educar a sus hijos en la fe. Toda la cuestión del acompañamiento, de la disciplina eucarística y de los caminos abiertos por Amoris Laetitia se trata en ¿Puede comulgar un católico divorciado vuelto a casar? y ¿Puede divorciarse un católico?. La disciplina no es una condena de las personas: es el reverso de una buena noticia, la fidelidad de Dios a un vínculo que él mismo ha sellado.

«Un matrimonio por la iglesia “por complacer”, ¿es válido?»

La cuestión toca al consentimiento. El matrimonio supone que los esposos quieran realmente lo que la Iglesia quiere: una unión una, fiel, fecunda e indisoluble. Si uno de los dos excluye positivamente alguna de estas propiedades —por ejemplo reservándose interiormente el derecho a divorciarse, o rechazando de entrada toda fecundidad—, hay «simulación», y el matrimonio puede ser nulo a pesar de la ceremonia[32]. Casarse religiosamente «para la foto», sin ninguna intención de comprometerse de verdad, no es, por tanto, algo sin importancia. En cambio, la debilidad de la fe no invalida por sí sola el matrimonio: basta con que los esposos bautizados quieran un verdadero matrimonio natural, con sus propiedades, para que el sacramento sea real.

«¿No es dura la Iglesia con las parejas que sufren?»

La acusación de dureza desconoce la intención de la Iglesia. Mantener la indisolubilidad no es ignorar el sufrimiento: la Iglesia admite la separación de cuerpos cuando la vida en común se vuelve imposible (violencia, peligro para los hijos), sin dejar de enseñar que el vínculo permanece[33]. Pide a los sacerdotes una «solicitud atenta» hacia las personas heridas, y se niega a tratar a nadie como un caso desesperado. Su firmeza sobre el vínculo y su ternura con las personas no se contradicen: es porque el matrimonio es un bien tan grande por lo que lo defiende, y porque las personas son amadas por Dios por lo que las acompaña.

La gracia del sacramento: lo que Dios da a los esposos

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Se ha hablado mucho del vínculo y de la indisolubilidad; hay que decir ahora el regalo. Porque el matrimonio sacramental no se reduce a una obligación: da una gracia, una fuerza real, sin la cual el ideal sería abrumador.

Una gracia permanente

«Esta gracia propia del sacramento del Matrimonio está destinada a perfeccionar el amor de los cónyuges, a fortalecer su unidad indisoluble. Por esta gracia, se ayudan mutuamente a santificarse en la vida conyugal.» — Catecismo de la Iglesia católica, § 1641[34]

Esta gracia no se recibe una sola vez, el día de la boda, para luego agotarse: es permanente. Cristo «permanece con ellos» y les da la fuerza «para seguirle tomando su cruz, para levantarse después de sus caídas, para perdonarse mutuamente, para llevar los unos las cargas de los otros»[35]. Los esposos pueden beber de ella cada día, como de una fuente que no se agota.

Un camino de santidad

El matrimonio no es un mal menor para quienes no estarían llamados a «algo mejor». Es una vocación de pleno derecho, un verdadero camino de santidad, al igual que el sacerdocio o la vida consagrada (ver ¿Cómo discernir su vocación?). Por su amor fiel y fecundo, los esposos se convierten en un signo vivo del Evangelio, y su hogar está llamado a ser una «Iglesia doméstica»:

«El hogar cristiano es el lugar donde los hijos reciben el primer anuncio de la fe. Por eso la casa familiar es llamada con razón “Iglesia doméstica”, comunidad de gracia y de oración, escuela de virtudes humanas y de caridad cristiana.» — Catecismo de la Iglesia católica, § 1666[36]

Esta dignidad del matrimonio no es una teoría: se verifica en vidas concretas. Cuando las cuatro videntes de Garabandal fundaron cada una un hogar en lugar de entrar en religión, algunos se extrañaron; Don José Ramón, párroco de Barro y testigo de los hechos, les respondió: «No olvidéis que el matrimonio es también y sobre todo un sacramento»[37]. (Sobre estas apariciones, nunca aprobadas por el obispado de Santander y cuya doctrina nunca ha sido condenada, ver Garabandal.)

El testimonio de los esposos fieles

En un mundo que duda de que el amor pueda durar, las parejas fieles —incluidos quienes, abandonados, eligen no contraer una nueva unión— dan un testimonio precioso:

«El precio del testimonio de los esposos abandonados por su cónyuge que, gracias a su fe y a su esperanza cristianas, no han contraído una nueva unión: dan así un auténtico testimonio de fidelidad que el mundo de hoy tanto necesita.» — Juan Pablo II, exhortación Familiaris Consortio, § 20[38]

La indisolubilidad vivida se convierte entonces en una predicación silenciosa.

El matrimonio sacramental ante los desafíos de hoy

El matrimonio cristiano es hoy contestado desde fuera y fragilizado desde dentro. La Iglesia no responde con desaliento, sino recordando la grandeza del sacramento.

La «mentalidad contractual»

La cultura dominante concibe la unión como un contrato revisable, mantenido mientras «aporta» felicidad, rescindido en cuanto cuesta. Esta mentalidad contractual es exactamente lo contrario de la alianza: transforma al cónyuge en proveedor de satisfacciones y el matrimonio en mercado. La Iglesia opone a esta lógica la del don: uno no se entrega «a prueba», y un amor verdadero no pone cláusula de salida. Por eso insiste tanto en la indisolubilidad —no por rigidez, sino porque protege la naturaleza misma del amor.

Convivencia, matrimonio civil, matrimonio religioso

Muchas parejas viven hoy una progresión: convivencia, luego matrimonio civil, luego —a veces— matrimonio religioso. La Iglesia acoge a estas personas sin juzgarlas, pero recuerda una verdad: lo que hace el matrimonio sacramental no es ni la vida en común, ni el contrato civil, sino el consentimiento intercambiado ante la Iglesia entre bautizados. Invita, por tanto, a un camino, sin confundir las etapas. La preparación al matrimonio, lejos de ser una formalidad, es el lugar donde se verifica que los futuros esposos quieren de verdad lo que van a prometer.

La apertura a la vida

Por último, porque la fecundidad es un bien esencial del matrimonio, la Iglesia enseña que los esposos no pueden separar voluntariamente la unión y la procreación. Esto fundamenta su enseñanza sobre la regulación natural de los nacimientos y su rechazo de la anticoncepción artificial como de la fecundación in vitro, que disocia la procreación de la unión de los esposos. Estas cuestiones se desarrollan en ¿Qué dice la Iglesia sobre la anticoncepción? y ¿Qué dice la Iglesia sobre la fecundación in vitro?. También aquí, no se trata de un desprecio del deseo de hijo, sino de la fidelidad a la lógica del don.

En resumen: lo que la Iglesia dice en seis puntos

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  • El matrimonio de los bautizados no es un simple contrato, sino una alianza elevada a la dignidad de sacramento por Cristo[39].
  • Significa y hace presente la unión de Cristo y de la Iglesia: «Este misterio es grande» (Ef 5,32)[40].
  • Entre dos bautizados, contrato y sacramento son inseparables: todo verdadero matrimonio cristiano es, por el mismo hecho, un sacramento[41].
  • Sus propiedades — unidad, fidelidad, fecundidad, indisolubilidad — pertenecen a su esencia; excluirlas voluntariamente lo hace nulo[42].
  • Un matrimonio sacramental, válido y consumado es absolutamente indisoluble: «ninguna potestad humana ni ninguna causa, fuera de la muerte» (can. 1141)[43].
  • La indisolubilidad va acompañada de una gracia permanente y de un acompañamiento pastoral de los matrimonios heridos: firmeza sobre el vínculo, ternura con las personas[44].

Para ir más lejos

Notas y referencias

  1. Catecismo de la Iglesia Católica, § 1601: «La alianza matrimonial, por la que el varón y la mujer constituyen entre sí un consorcio de toda la vida, ordenado por su misma índole natural al bien de los cónyuges y a la generación y educación de la prole, fue elevada por Cristo Nuestro Señor a la dignidad de sacramento entre bautizados.» Texto en vatican.va.

    1 8 39
  2. Evangelio según san Mateo 19,4-8: «¿No habéis leído que el Creador, desde el principio, los hizo varón y mujer […]? De modo que ya no son dos, sino una sola carne. Pues lo que Dios ha unido, que no lo separe el hombre. […] Moisés, por la dureza de vuestro corazón, os permitió repudiar a vuestras mujeres; pero al principio no fue así.» Traducción Biblia de Jerusalén. Cf. Mc 10,2-12.

    2 16 20
  3. Catecismo de la Iglesia Católica, §§ 1603-1605: el matrimonio no es una institución puramente humana; «la vocación al matrimonio está inscrita en la naturaleza misma del hombre y de la mujer, según salieron de la mano del Creador». La Escritura se abre (Gn 1-2) y se cierra (Ap 19; 21) con el tema nupcial.

    3
  4. Catecismo de la Iglesia Católica, § 1617: «Toda la vida cristiana está marcada por el amor esponsal de Cristo y de la Iglesia. […] El matrimonio de los bautizados se convierte así en símbolo real de la Alianza nueva y eterna sellada con la sangre de Cristo.» Texto en vatican.va.

    4 11
  5. Código de Derecho Canónico (1983), canon 1055: § 1, definición del matrimonio como alianza (foedus) entre un varón y una mujer, ordenada al bien de los cónyuges y a la generación y educación de la prole, elevada entre bautizados a la dignidad de sacramento; § 2: «entre bautizados no puede haber contrato matrimonial válido que no sea por eso mismo sacramento.»

    5 7 19
  6. Código de Derecho Canónico (1983), canon 1056: «Las propiedades esenciales del matrimonio son la unidad y la indisolubilidad, las cuales, en el matrimonio cristiano, alcanzan una particular firmeza por razón del sacramento.»

    6 42
  7. Código de Derecho Canónico (1983), canon 1057 § 1: «El consentimiento de las partes legítimamente manifestado entre personas jurídicamente hábiles hace el matrimonio; ese consentimiento no puede suplirlo ninguna potestad humana.» § 2: el consentimiento es el acto de la voluntad por el cual el varón y la mujer se entregan y se aceptan mutuamente.

    9
  8. san Pablo, Carta a los Efesios 5,25-32: «Maridos, amad a vuestras mujeres como Cristo amó a la Iglesia y se entregó por ella […]. Este misterio es grande: lo digo respecto a Cristo y a la Iglesia.» Traducción Biblia de Jerusalén, Éditions du Cerf. Fundamento escriturístico del matrimonio como signo de la unión de Cristo y de la Iglesia.

    10 40
  9. Evangelio según san Juan 2,1-11: las bodas de Caná, «el comienzo de los signos» de Jesús. La tradición (cf. CEC 1613) ve en ellas la confirmación de la bondad del matrimonio y el anuncio de su elevación sacramental.

    12
  10. León XIII, encíclica Arcanum Divinae Sapientiae, 10 de febrero de 1880, sobre el matrimonio cristiano: entre cristianos, no puede existir verdadero matrimonio que no sea por el mismo hecho un sacramento; condena del «matrimonio civil» concebido como independiente del sacramento. Retomada por Casti Connubii (1930).

    13 41
  11. Pío XI, encíclica Casti Connubii, 31 de diciembre de 1930, citando a san Agustín (De bono coniugali; De Genesi ad litteram, IX, 7): «Todos estos bienes — los hijos, la fidelidad conyugal, el sacramento — hacen que el matrimonio sea bueno.» Doctrina de los tres bienes (proles, fides, sacramentum). Texto en vatican.va.

    14
  12. Catecismo de la Iglesia Católica, §§ 1644-1645: el amor de los esposos exige por sí mismo la unidad y la indisolubilidad; la poligamia es contraria a la igual dignidad personal del varón y de la mujer y a la unidad del matrimonio que significa la unión única de Cristo y de la Iglesia.

    15
  13. Catecismo de la Iglesia Católica, § 1646: «El amor conyugal exige de los esposos, por su misma naturaleza, una fidelidad inviolable. Esto es consecuencia del don de sí mismos que se hacen los esposos.» Texto en vatican.va.

    17
  14. Catecismo de la Iglesia Católica, § 1647: «El motivo más profundo [de esta fidelidad] se encuentra en la fidelidad de Dios a su alianza, de Cristo a su Iglesia.» Por el sacramento, los esposos quedan capacitados para representar esta fidelidad y para dar testimonio de ella.

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  15. san Pablo, Primera carta a los Corintios 7,10-11: «A los casados les prescribo, no yo sino el Señor: que la mujer no se separe de su marido — en caso de separarse, que permanezca sin casarse de nuevo o que se reconcilie con su marido — y que el marido no repudie a su mujer.» Traducción Biblia de Jerusalén.

    21
  16. Catecismo de la Iglesia Católica, § 1639: «El consentimiento por el que los esposos se dan y se reciben mutuamente queda sellado por Dios mismo. De su alianza "nace, incluso ante la sociedad, una institución estable, por ordenación divina".» El vínculo resultante ya no depende del arbitrio de los esposos.

    23 29
  17. Concilio de Trento, sesión XXIV (11 de noviembre de 1563), Cánones sobre el sacramento del matrimonio, canon 1 (Denzinger-Schönmetzer 1801): definición dogmática de que el matrimonio es verdadera y propiamente uno de los siete sacramentos de la Ley evangélica, instituido por Cristo; anatema contra quien lo niegue.

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  18. Concilio de Trento, sesión XXIV (11 de noviembre de 1563), canon 7 (Denzinger-Schönmetzer 1807): definición dogmática de la indisolubilidad; contra quienes pretenden que la Iglesia se equivoca al enseñar que el vínculo del matrimonio no puede romperse a causa del adulterio. Conforme a Mt 5,32; Mt 19,9; Mc 10,11-12; Lc 16,18; 1 Co 7,11.

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  19. Código de Derecho Canónico (1983), canon 1141: «El matrimonio rato y consumado no puede ser disuelto por ninguna potestad humana ni por ninguna causa, fuera de la muerte.» Norma de la indisolubilidad absoluta del matrimonio ratum et consummatum.

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  20. Juan Pablo II, exhortación apostólica Familiaris Consortio, 22 de noviembre de 1981, § 20: «En nuestros días, dar testimonio del valor inestimable de la indisolubilidad del matrimonio y de la fidelidad conyugal es, para los esposos cristianos, uno de los deberes más importantes y urgentes.» El párrafo saluda también «el precio del testimonio de los esposos abandonados por su cónyuge que […] no han contraído una nueva unión». Texto en vatican.va.

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  21. Juan Pablo II, Familiaris Consortio, § 84 («Los divorciados vueltos a casar»): la Iglesia reafirma su práctica de no admitir a la comunión eucarística a los divorciados vueltos a casar cuya situación contradice objetivamente el vínculo indisoluble, pero les exhorta a no considerarse separados de la Iglesia y a participar en su vida: «Sepan que la Iglesia, como Madre, los ama, aun cuando parezcan alejados de ella.» Texto en vatican.va.

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  22. Código de Derecho Canónico (1983), canon 1101: § 1, se presume que el consentimiento interno está conforme con las palabras intercambiadas; § 2: «pero si una o ambas partes excluyen con un acto positivo de la voluntad el matrimonio mismo, o un elemento esencial del mismo, o una propiedad esencial, contraen inválidamente.» Es la « simulación».

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  23. Catecismo de la Iglesia Católica, § 1649: la Iglesia admite, por causas graves, la separación física de los esposos (separación de cuerpos), pero el vínculo del matrimonio permanece indisoluble (cf. Código de Derecho Canónico, cáns. 1151-1155).

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  24. Catecismo de la Iglesia Católica, § 1641: «Esta gracia propia del sacramento del Matrimonio está destinada a perfeccionar el amor de los cónyuges, a fortalecer su unidad indisoluble. Por esta gracia, se ayudan mutuamente a santificarse en la vida conyugal y en la acogida y educación de los hijos.» Texto en vatican.va.

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  25. Catecismo de la Iglesia Católica, § 1642: «Cristo es la fuente de esta gracia. […] Permanece con ellos, les da la fuerza de seguirle tomando su cruz, de levantarse después de sus caídas, de perdonarse mutuamente, de llevar unos las cargas de los otros.»

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  26. Catecismo de la Iglesia Católica, § 1666: «El hogar cristiano es el lugar donde los hijos reciben el primer anuncio de la fe. Por eso la casa familiar es llamada con razón "Iglesia doméstica", comunidad de gracia y de oración, escuela de virtudes humanas y de caridad cristiana.»

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  27. P. Eusebio García de Pesquera, Garabandal — Faits et dates, Éditions Résiac, 1992, p. 150: palabra recogida de don José Ramón, párroco de Barro, dirigida a las personas que se extrañaban de que las cuatro videntes se hubieran casado en lugar de entrar en religión — «No olvidéis que el matrimonio es también y sobre todo un sacramento».

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