¿Qué dice la Iglesia sobre la homosexualidad?

La enseñanza católica sobre la homosexualidad, explicada con sencillez: la triple distinción persona / inclinación / acto, los textos de referencia (Catecismo §§ 2357-2359, Persona humana, Homosexualitatis problema, Amoris laetitia, Fiducia supplicans), la llamada a la castidad y el acompañamiento pastoral.

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«¿Qué dice la Iglesia sobre la homosexualidad?» es una de las preguntas que se formulan con más frecuencia, y una de las peor comprendidas. A veces se imagina una doctrina reducida a una condena; en otros lugares se oye que habría «cambiado todo». La realidad es más precisa, más estable y más delicada: la Iglesia mantiene juntas dos afirmaciones que se niega a separar — la dignidad inviolable de cada persona homosexual y el juicio moral sobre los actos. Este artículo expone el contenido de esa enseñanza: los textos que la sostienen, el vocabulario exacto, las distinciones decisivas, lo que la Iglesia pide y lo que propone.

Este artículo no es un alegato. La pregunta «¿Es homófoba la Iglesia?» — con las objeciones, los debates históricos sobre las persecuciones, la cuestión de los suicidios y la defensa punto por punto — se trata aparte en ¿Es homófoba la Iglesia?. El porqué filosófico de fondo (ley natural, complementariedad, teología del cuerpo) también se desarrolla allí. Aquí respondemos a una pregunta más elemental y más frecuente: en concreto, ¿qué dice la Iglesia, y dónde lo dice?

En una frase, y luego en diez puntos

Si se quiere la respuesta más breve: la Iglesia distingue la persona (siempre digna de amor y de respeto), la inclinación (que no es en sí misma un pecado) y los actos homosexuales (que juzga contrarios al orden querido por Dios); llama a las personas homosexuales, como a todos los bautizados, a la castidad según su estado de vida. Todo lo demás desarrolla, matiza y aplica esta frase.

En diez puntos, la enseñanza se resume así:

#Lo que la Iglesia afirmaLo que no dice
1La persona homosexual tiene una dignidad inviolableQue valdría menos que otra
2La inclinación homosexual no es un pecadoQue sentir atracción ya sería una falta
3La inclinación se califica de «objetivamente desordenada»Que la persona sería «desordenada»
4Los actos homosexuales son juzgados desordenadosQue serían el peor de los pecados
5La persona debe ser acogida «con respeto, compasión y delicadeza»Que se la pueda despreciar o excluir
6Toda discriminación injusta debe evitarseQue toda distinción sería injusta
7Las personas homosexuales están llamadas a la castidadQue sea una carga reservada solo a ellas
8La castidad es un camino de gracia, no un castigoQue el fracaso sea una condena definitiva
9El matrimonio une a un hombre y una mujerQue se pueda «bendecir» una unión del mismo sexo
10Se puede bendecir a personas, no a unionesQue la doctrina moral haya cambiado

¿De qué hablamos? El vocabulario de la Iglesia

Gran parte de los malentendidos proviene del vocabulario. La Iglesia no emplea las palabras de la cultura militante ni las de la conversación corriente; habla una lengua teológica precisa, en la que cada término tiene un peso.

«Persona», «inclinación», «acto»: tres realidades distintas

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El primer reflejo que hay que adquirir es no confundir nunca tres cosas que la Iglesia separa cuidadosamente:

  • la persona, creada a imagen de Dios, amada por él, llamada a la santidad;
  • la inclinación (o tendencia, u orientación), es decir, la atracción afectiva y sexual hacia personas del mismo sexo;
  • el acto, es decir, el gesto realizado libremente.

El juicio moral católico solo se refiere al acto libre. No condena a la persona — nunca — ni condena la inclinación como tal, puesto que no es elegida. Esta arquitectura es constante desde los grandes textos del siglo XX.

«Objetivamente desordenada»: una expresión técnica

La expresión que más hiere es la de inclinación «objetivamente desordenada». No significa que la persona estaría «estropeada» o «enferma». En lenguaje tomista, un «orden» es una orientación hacia un fin; un deseo es «desordenado» cuando no está ordenado a su fin natural. La Carta de 1986 precisa exactamente el sentido:

«Aunque no sea en sí misma un pecado, la inclinación particular de la persona homosexual constituye sin embargo una tendencia, más o menos fuerte, hacia un comportamiento intrínsecamente malo desde el punto de vista moral. Por esta razón, la inclinación misma debe considerarse como objetivamente desordenada.» — Congregación para la Doctrina de la Fe, Homosexualitatis problema, 1986, § 3[1]

Dicho de otro modo: la palabra «desordenada» califica la orientación de un deseo, no el valor de una persona. La misma categoría se aplica a otros deseos humanos que no son elegidos y no son pecados mientras no se consienta el acto.

Lo que la Iglesia no dice

También es útil disipar desde el principio lo que la Iglesia no enseña, pues estos contrasentidos son frecuentes:

  • no dice que sentir una atracción homosexual sea un pecado;
  • no dice que la homosexualidad sea una «opción» que se elegiría deliberadamente;
  • no dice que los actos homosexuales serían el pecado más grave de todos;
  • no dice que una persona homosexual quedaría excluida del amor de Dios, de los sacramentos de la misericordia o de la llamada a la santidad;
  • no pide a nadie «curarse» ni cambiar su orientación para ser acogido.

Lo que dicen los textos de referencia

La enseñanza católica sobre la homosexualidad no es una opinión flotante: está sostenida por una serie de documentos magisteriales coherentes entre sí. Recorrerlos en orden es ver formarse una doctrina estable y un tono pastoral que se afina.

El Catecismo (§§ 2357-2359): el corazón de la enseñanza

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El texto más citado, y el más autorizado para un fiel, es el Catecismo de la Iglesia Católica. Tres párrafos se suceden, y hay que leerlos juntos, porque aislar uno deforma la doctrina.

El § 2357 enuncia el juicio sobre los actos:

«La homosexualidad designa las relaciones entre hombres o mujeres que experimentan una atracción sexual, exclusiva o predominante, hacia personas del mismo sexo. […] Apoyándose en la Sagrada Escritura, que los presenta como depravaciones graves, la Tradición ha declarado siempre que “los actos homosexuales son intrínsecamente desordenados”. Son contrarios a la ley natural. […] No pueden recibir aprobación en ningún caso.» — Catecismo de la Iglesia Católica, § 2357[2]

El § 2358 enuncia enseguida el respeto debido a las personas — y es el párrafo que más a menudo se olvida:

«Un número apreciable de hombres y de mujeres presentan tendencias homosexuales profundamente arraigadas. Esta inclinación, objetivamente desordenada, constituye para la mayoría de ellos una prueba. Deben ser acogidos con respeto, compasión y delicadeza. Se evitará respecto a ellos todo signo de discriminación injusta. Estas personas están llamadas a realizar la voluntad de Dios en su vida y, si son cristianas, a unir al sacrificio de la cruz del Señor las dificultades que pueden encontrar a causa de su condición.» — Catecismo de la Iglesia Católica, § 2358[3]

El § 2359 enuncia por fin la llamada:

«Las personas homosexuales están llamadas a la castidad. Mediante virtudes de dominio de sí que eduquen la libertad interior, a veces mediante el apoyo de una amistad desinteresada, mediante la oración y la gracia sacramental, pueden y deben acercarse gradual y resueltamente a la perfección cristiana.» — Catecismo de la Iglesia Católica, § 2359[4]

Obsérvese la estructura: acto juzgado (2357), persona respetada (2358), camino propuesto (2359). La palabra «prueba» del § 2358 es decisiva: supone un sufrimiento que acompañar, no una falta que sancionar. El § 2396 incluye además los actos homosexuales, junto con la masturbación, la fornicación y la pornografía, entre los pecados «gravemente contrarios a la castidad» — sin convertirlos jamás en una categoría aparte de personas[5].

Persona humana (1975): la primera clarificación moderna

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La reflexión magisterial contemporánea comienza con la declaración Persona humana de la Congregación para la Doctrina de la Fe (1975). Es ella quien introduce, en el lenguaje oficial, la distinción entre una homosexualidad «transitoria» y una inclinación duradera:

«Se distingue con razón […] a los homosexuales cuya tendencia, proveniente de una falsa educación, de una falta de madurez sexual […] es transitoria o al menos no incurable, y a los homosexuales que son definitivamente tales por una especie de instinto innato o de constitución patológica juzgada incurable.» — CDF, Persona humana, 29 de diciembre de 1975, § 8[6]

Esta distinción, con su vocabulario fechado («patológica»), refleja la psicología de la época; lo esencial, conservado después, es que una inclinación no elegida no conlleva culpabilidad personal. El texto mantiene al mismo tiempo que los actos siguen siendo objetivamente desordenados.

Homosexualitatis problema (1986): la carta pastoral

La Carta a los obispos sobre la atención pastoral a las personas homosexuales (1986), firmada por el cardenal Ratzinger, es el documento más desarrollado. Precisa el sentido de «objetivamente desordenada» (ya citado), advierte contra un doble escollo — la hostilidad como la banalización — y afirma sin ambigüedad que la violencia contra las personas homosexuales es inadmisible:

«Es deplorable que las personas homosexuales hayan sido y sigan siendo objeto de expresiones malévolas y de acciones violentas. Tales comportamientos merecen la condena de los pastores de la Iglesia, dondequiera que se produzcan.» — CDF, Homosexualitatis problema, 1 de octubre de 1986, § 10[7]

El mismo texto pide a los obispos que apoyen programas pastorales donde las personas homosexuales encuentren ayuda sacramental y acompañamiento para vivir la castidad.

Consideraciones sobre las uniones (2003): matrimonio y ley civil

En 2003, la CDF publica sus Consideraciones sobre los proyectos de reconocimiento jurídico de las uniones entre personas homosexuales. El documento ya no trata de la persona sino de una cuestión de derecho: ¿puede el matrimonio designar algo distinto de la unión de un hombre y una mujer?

«El matrimonio no es una simple unión de hecho; […] Sería gravemente ilusorio y erróneo querer conferir a una unión de personas homosexuales características propias del matrimonio.» — CDF, Consideraciones, 3 de junio de 2003, § 4[8]

La Iglesia distingue aquí la acogida de las personas y la estructura objetiva del matrimonio, que considera anterior a toda legislación. La argumentación detallada de esta posición pertenece al artículo ¿Qué es el matrimonio? y a ¿Es homófoba la Iglesia?.

La Instrucción de 2005 sobre los seminarios

En 2005, la Congregación para la Educación Católica publica una Instrucción sobre la admisión al seminario. A menudo citada fuera de contexto, concierne únicamente al discernimiento de los candidatos al sacerdocio, no al lugar de los laicos en la Iglesia:

«La Iglesia, respetando profundamente a las personas en cuestión, no puede admitir al seminario ni a las órdenes sagradas a quienes practican la homosexualidad, presentan tendencias homosexuales profundamente arraigadas o sostienen la cultura gay.» — Congregación para la Educación Católica, Instrucción, 4 de noviembre de 2005[9]

Amoris laetitia (2016): el tono pastoral de Francisco

Con la exhortación Amoris laetitia (2016), el papa Francisco no modifica la doctrina pero insiste en la acogida. Reafirma, en el mismo gesto, el respeto a las personas y el rechazo de las presiones ideológicas:

«Durante los debates sobre la dignidad y la misión de la familia, los Padres sinodales hicieron notar que “en cuanto a los proyectos de equiparación al matrimonio de las uniones entre personas homosexuales, no existe ningún fundamento para […] establecer analogías, ni siquiera remotas, entre las uniones homosexuales y el designio de Dios sobre el matrimonio y la familia”. Es inaceptable “que las Iglesias locales sufran presiones en esta materia”.» — Francisco, Amoris laetitia, § 251[10]

Pero añade que cada persona, «independientemente de su propia tendencia sexual», debe ser respetada en su dignidad y acogida «con respeto», evitando «toda marca de discriminación injusta»[11].

Fiducia supplicans (2023): bendecir a personas, no a uniones

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El documento más reciente y más comentado es la declaración Fiducia supplicans del Dicasterio para la Doctrina de la Fe (diciembre de 2023), que autoriza — bajo condiciones precisas — bendiciones pastorales no litúrgicas de personas, incluidas personas que forman una pareja del mismo sexo. Hay que leer lo que el texto dice realmente:

«En el horizonte así trazado, es posible bendecir a las parejas en situación irregular y a las parejas del mismo sexo, bajo una forma que no debe fijarse ritualmente por las autoridades eclesiales, para no crear confusión con la bendición propia del sacramento del matrimonio.» — Dicasterio para la Doctrina de la Fe, Fiducia supplicans, 18 de diciembre de 2023, § 31[12]

El documento distingue las bendiciones litúrgicas y las bendiciones pastorales espontáneas, pedidas sin condición[13]. Rechaza a la vez prever un ritual para estas bendiciones y prohibir la cercanía de la Iglesia con quienes buscan la ayuda de Dios:

«Por eso no se debe ni promover ni prever un ritual de bendición de las parejas en situación irregular, pero tampoco se debe impedir o prohibir la cercanía de la Iglesia a toda situación en la que se busque la ayuda de Dios por medio de una simple bendición.» — DDF, Fiducia supplicans, § 38[14]

Fiducia supplicans prolonga el Responsum de 2021, donde la CDF recordaba que la Iglesia «no puede bendecir el pecado» a la vez que bendice de buen grado a las personas[15]. La declaración fue criticada desde ambos lados — demasiado para unos, demasiado poco para otros — y varias conferencias episcopales, especialmente africanas, pidieron no aplicarla tal cual en su contexto[16]. La lógica de fondo sigue siendo católica y antigua: se bendice a personas que buscan a Dios; no se certifica un modo de vida.

¿En qué se funda esta enseñanza?

La Iglesia no presenta este juicio como una aversión, sino como una conclusión argumentada que se apoya en tres fuentes convergentes. Este artículo las resume; su defensa completa frente a las objeciones se desarrolla en ¿Es homófoba la Iglesia?.

La Escritura

El Catecismo remite explícitamente a cuatro pasajes: la destrucción de Sodoma (Gn 19), la carta a los Romanos, la primera a los Corintios y la primera a Timoteo. El texto más argumentado es el de san Pablo, que inscribe la cuestión en una meditación sobre la naturaleza creada:

«Por eso Dios los entregó a pasiones vergonzosas: pues sus mujeres cambiaron las relaciones naturales por relaciones contra natura; e igualmente los hombres, abandonando el uso natural de la mujer, se abrasaron en deseos unos por otros.» — San Pablo, Carta a los Romanos 1, 26-27[17]

La tradición católica reconoce que estos textos son objeto de debates exegéticos; sostiene sin embargo, con la Tradición constante, que condenan los actos homosexuales como tales, y no solo sus formas abusivas o idolátricas[18].

La ley natural y la complementariedad

El segundo fundamento es filosófico: la ley natural. El acto sexual tiene, según la doctrina católica, dos significados inseparables — la unión de los esposos y la apertura a la vida — que solo la complementariedad del hombre y la mujer realiza. Es el mismo principio que estructura la enseñanza sobre la anticoncepción y sobre la ley natural: no se pueden separar voluntariamente estos significados sin herir el sentido del acto.

La Tradición constante

El tercer fundamento es histórico: desde san Pablo hasta los Padres, desde Tomás de Aquino hasta el Catecismo, la Iglesia ha mantenido una posición constante sobre los actos. La formulación se ha suavizado — del anatema medieval al vocabulario pastoral contemporáneo —, pero el juicio de fondo no ha variado. Es precisamente esta continuidad la que la Iglesia invoca cuando se le pide «cambiar su doctrina».

Lo que la Iglesia pide: la llamada a la castidad

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El § 2359 no dice a las personas homosexuales «curaos» ni «desapareced»: dice «estáis llamadas a la castidad». Pero hay que entender esta palabra, a menudo reducida a una simple abstinencia.

Una exigencia universal, no un castigo

La castidad no es una coacción reservada a las personas homosexuales. Es una virtud pedida a todos los bautizados, definida por el Catecismo como:

«La castidad significa la integración lograda de la sexualidad en la persona, y así la unidad interior del hombre en su ser corporal y espiritual.» — Catecismo de la Iglesia Católica, § 2337[19]

Se impone de modo distinto según el estado de vida — un hombre no casado, una persona viuda, un consagrado, una pareja de novios viven también una exigencia de continencia. La lógica es coherente: la Iglesia no pide a las personas homosexuales «más» que a los demás, sino la misma santidad, en una situación particular.

Los medios: oración, sacramentos, amistad, dominio de sí

El § 2359 enumera los medios concretos, y es llamativo que sean primero espirituales antes que morales: «las virtudes de dominio de sí», «el apoyo de una amistad desinteresada», «la oración y la gracia sacramental». La Iglesia no presenta la castidad como un esfuerzo solitario de la voluntad, sino como un camino de gracia, sostenido por la amistad verdadera y por los sacramentos — la confesión y la Eucaristía en primer lugar.

La «ley de gradualidad»

El magisterio de Francisco ha insistido en un punto pastoral importante: la conversión es un camino, no un interruptor. La «ley de gradualidad» — que no debe confundirse con una «gradualidad de la ley» que relativizaría la exigencia — reconoce que se avanza por etapas, que las caídas no anulan la marcha, y que la misericordia acompaña a quien avanza «gradual y resueltamente».

Lo que la Iglesia propone: el acompañamiento pastoral

Una doctrina sin pastoral quedaría abstracta. La enseñanza católica es inseparable de una manera de acoger, que los textos detallan tanto como el juicio moral.

Acogida, respeto, compasión

Confesionario de la iglesia Saint-Munchin, Cameron (Misuri). Fotografía de Jzsj / Wikimedia Commons, CC BY-SA 4.0, tamaño reducido. Ilustración del acompañamiento sacramental, sin vínculo particular con Courage.

Las palabras no se dejan al azar: «respeto, compasión y delicadeza» (CIC 2358), «cercanía afectuosa» del Sínodo de 2015[20]. El Sínodo sobre la familia (2015) pidió que las comunidades ofrecieran a las personas homosexuales un acompañamiento «respetuoso» y sin exclusión.

Los apostolados dedicados

En concreto, varios apostolados reconocidos acompañan a las personas que desean vivir según la doctrina católica aun experimentando una atracción homosexual. El más conocido es el movimiento Courage, fundado en 1980 en Estados Unidos por el padre John Harvey y reconocido por la Santa Sede, con su rama EnCourage para los allegados y las familias[21]. En Francia, existen grupos de oración y de acompañamiento en el seno de varias diócesis. Su lógica común: ni militancia, ni vergüenza, sino una amistad espiritual y un camino hacia la santidad.

Lo que la Iglesia también rechaza

El acompañamiento tiene límites que la Iglesia fija en ambos sentidos. Rechaza el desprecio, la exclusión familiar en nombre de la fe, las palabras hirientes que traicionan el Evangelio — derivas reales, documentadas, tratadas en ¿Es homófoba la Iglesia?. Pero también rechaza reducir a una persona a su orientación, y desconfía de las «terapias de conversión» presentadas como curaciones mágicas: la llamada no es a cambiar de orientación, sino a vivir la santidad sea cual sea la orientación.

Preguntas frecuentes

«¿Ser homosexual es un pecado?»

No. La atracción no es elegida y no es un pecado; la Iglesia solo juzga los actos realizados libremente (CIC 2357-2358; Homosexualitatis problema § 3). Sentir una inclinación es vivir una «prueba», no cometer una falta.

«¿Puede la Iglesia bendecir a una pareja del mismo sexo?»

La Iglesia no bendice la unión como tal, y rechaza toda forma que se parezca a un matrimonio (Fiducia supplicans § 38). Puede, desde 2023, conceder una bendición pastoral espontánea a las personas que piden la ayuda de Dios, sin que ello equivalga a aprobar su modo de vida (§ 31).

«¿Puede la Iglesia cambiar esta doctrina?»

Sobre el juicio de los actos y sobre el matrimonio, la Iglesia se declara vinculada a una enseñanza que estima no tener el poder de modificar, porque la recibe de la Escritura y de la Tradición constante. Lo que evoluciona es el lenguaje y la pastoral, no el fondo — como muestra la continuidad de 1975 a 2023.

«¿Una persona homosexual puede comulgar?»

Sí, en las mismas condiciones que todo católico: estar en estado de gracia, lo que supone no perseverar a sabiendas en un pecado grave. La cuestión no es la orientación, sino los actos y la disposición del corazón — exactamente igual que para un fiel heterosexual. Ver ¿Se puede comulgar en estado de pecado mortal?.

«¿Se puede ser homosexual y santo?»

Sí, sin reserva. La llamada a la santidad es universal; la Iglesia la repite expresamente («acercarse, gradual y resueltamente, a la perfección cristiana», CIC 2359). La orientación nunca es un obstáculo para la santidad: la manera de vivir lo es o no lo es, como para todo bautizado.

Puntos de referencia

PreguntaRespuesta de la IglesiaTexto
¿La inclinación es un pecado?NoCIC 2358; HP § 3
¿Los actos son juzgados desordenados?SíCIC 2357
¿Hay que respetar a las personas?Sí, siempreCIC 2358
¿La violencia es admisible?NuncaHP § 10
¿El matrimonio entre personas del mismo sexo es posible?NoConsideraciones 2003, § 4
¿Se puede bendecir a personas?Sí, no a la uniónFiducia supplicans § 31
¿Las personas están llamadas a la santidad?Sí, como todosCIC 2359

Para ir más lejos

Notas y referencias

  1. Congregación para la Doctrina de la Fe (Cardenal Joseph Ratzinger, Prefecto), Carta a los obispos de la Iglesia católica sobre la atención pastoral a las personas homosexuales (Homosexualitatis problema), 1 de octubre de 1986, § 3. Texto íntegro en francés en vatican.va.

    1
  2. Catecismo de la Iglesia Católica (Juan Pablo II, 1992), § 2357. Cita textual de la edición típica en español. El párrafo remite a Gn 19, 1-29; Rm 1, 24-27; 1 Co 6, 10; 1 Tm 1, 10 como fundamento escriturístico.

    2
  3. Catecismo de la Iglesia Católica, § 2358. Cita textual de la edición típica en español, incluida la frase final sobre unir «al sacrificio de la cruz del Señor».

    3
  4. Catecismo de la Iglesia Católica, § 2359. Cita textual de la edición típica en español.

    4
  5. Catecismo de la Iglesia Católica, § 2396: los actos homosexuales se mencionan, junto con la masturbación, la fornicación y la pornografía, entre los pecados «gravemente contrarios a la castidad». Edición típica en español.

    5
  6. Congregación para la Doctrina de la Fe, Declaración Persona humana sobre algunas cuestiones de ética sexual, 29 de diciembre de 1975, § 8. El texto distingue a los homosexuales «transitorios» y a aquellos cuya inclinación parece «definitiva por una especie de instinto innato o de constitución patológica juzgada incurable». Vocabulario fechado de la época, mantenido aquí como cita histórica.

    6
  7. CDF, Homosexualitatis problema, 1 de octubre de 1986, § 10: condena de las «expresiones malévolas y acciones violentas» contra las personas homosexuales. Cita textual de vatican.va.

    7
  8. CDF, Consideraciones sobre los proyectos de reconocimiento jurídico de las uniones entre personas homosexuales, 3 de junio de 2003 (aprobada por Juan Pablo II el 28 de marzo de 2003), § 4. URL: vatican.va.

    8
  9. Congregación para la Educación Católica, Instrucción sobre los criterios de discernimiento vocacional acerca de las personas con tendencias homosexuales con vistas a su admisión al seminario y a las órdenes sagradas, 4 de noviembre de 2005. Cita textual verificada. El documento concierne exclusivamente a la admisión al sacerdocio, no al lugar de los laicos en la Iglesia.

    9
  10. Francisco, Amoris laetitia, § 251: rechazo de toda asimilación de las uniones homosexuales al matrimonio y de las presiones ejercidas sobre los pastores. Cita textual de vatican.va.

    10
  11. Francisco, exhortación apostólica Amoris laetitia, 19 de marzo de 2016, § 250: llamada a acompañar a toda persona «independientemente de su propia tendencia sexual», con «respeto» y sin «discriminación injusta». Texto íntegro en vatican.va.

    11
  12. DDF, Fiducia supplicans, § 31: posibilidad de bendecir a las parejas en situación irregular y del mismo sexo «bajo una forma que no debe fijarse ritualmente». Cita textual del texto francés en vatican.va.

    12
  13. Dicasterio para la Doctrina de la Fe (Cardenal Víctor Manuel Fernández, Prefecto), Declaración Fiducia supplicans sobre el sentido pastoral de las bendiciones, 18 de diciembre de 2023, § 28: las bendiciones espontáneas (peregrinaciones, santuarios, calle) «se dirigen a todos, nadie debe quedar excluido de ellas». URL: vatican.va.

    13
  14. DDF, Fiducia supplicans, § 38: ni ritual que prever, ni cercanía que prohibir. Cita textual del texto francés en vatican.va; el § 39 precisa además que esta bendición «nunca se realizará al mismo tiempo que los ritos civiles de unión, ni siquiera en relación con ellos».

    14
  15. Congregación para la Doctrina de la Fe, Responsum ad dubium sobre la bendición de las uniones de personas del mismo sexo, 22 de febrero de 2021: la Iglesia «no dispone del poder» de bendecir las uniones de personas del mismo sexo, distinguiendo a la vez la bendición de las personas de la de las uniones. Este texto precede e ilumina Fiducia supplicans (2023).

    15
  16. Conferencias episcopales africanas (entre ellas el SCEAM / SECAM), declaraciones de enero-febrero de 2024 pidiendo no aplicar Fiducia supplicans en su contexto pastoral, para evitar la confusión entre bendición y aprobación en las culturas locales.

    16
  17. Carta a los Romanos 1, 24-27 (Biblia de Jerusalén). El texto griego emplea para phusin («contra natura», v. 26), expresión que remite al orden natural de la creación. Sobre la estructura del argumento, ver Richard Hays, The Moral Vision of the New Testament, HarperSanFrancisco, 1996, p. 383-389.

    17
  18. Primera carta a los Corintios 6, 9-10 (Biblia de Jerusalén). Los términos griegos malakoi y arsenokoitai (literalmente «los que se acuestan con varones») son analizados en particular por Robert Gagnon, The Bible and Homosexual Practice, Abingdon Press, 2001, p. 306-332.

    18
  19. Catecismo de la Iglesia Católica, § 2337: definición de la castidad como «integración lograda de la sexualidad en la persona». Edición típica en español.

    19
  20. Sínodo de los obispos sobre la familia (XIV asamblea general ordinaria, Roma, 4-25 de octubre de 2015), Relatio finalis, § 76: la pastoral debe ofrecer a las personas homosexuales la cercanía afectuosa de la comunidad, sin exclusión ni asimilación de las uniones al matrimonio.

    20
  21. Movimiento Courage Internacional, fundado en 1980 en Estados Unidos por el Padre John Harvey, reconocido por la Santa Sede, con su rama EnCourage para las familias. El movimiento acompaña a las personas que desean vivir la castidad según la doctrina católica. Sitio: couragerc.org.

    21