La confesión general es la práctica por la cual un penitente retoma, en un solo acto, el conjunto de los pecados de un largo período de su vida — o de su vida entera — en lugar de limitarse a las faltas cometidas desde su última confesión[1][2]. No es un octavo sacramento ni un rito aparte: es una manera particular de vivir el único sacramento de Penitencia y Reconciliación, ampliando la acusación a todo un pasado ya confesado, o que se teme haber confesado mal[3].
Esta práctica ocupa un lugar singular en la tradición espiritual católica. San Ignacio de Loyola la sitúa en el corazón de sus Ejercicios espirituales, al final de la «Primera Semana»[4]. San Francisco de Sales hace de ella el umbral concreto de la vida devota en la Introducción a la vida devota[5]. San Alfonso María de Ligorio y los misioneros populares ven en ella el instrumento privilegiado de las grandes conversiones[6]. Lejos de ser una devoción marginal, la confesión general es un clásico de la dirección de las almas.
Pero es también una práctica exigente y delicada, que puede volverse nociva si se desvía: repetida sin fin por escrúpulo, corroe la paz en lugar de darla. Por eso los maestros espirituales la rodean de precauciones precisas[7][8].
Este artículo presenta la confesión general como práctica: su definición exacta, sus dos especies (de necesidad y de devoción), sus frutos, sus grandes ocasiones, su preparación, sus peligros y su historia. Para el sacramento en sí (institución, materia, forma, ministro, sigilo), véase La confesión; para el examen previo, el artículo El examen de conciencia; para la práctica habitual, los artículos ¿Cómo hacer una buena confesión? y ¿Cómo crecer en la confesión regular?.
¿Qué es una confesión general?
Una definición precisa
La palabra «general» no designa aquí una absolución dada a una multitud (lo que se llama absolución general, reservada a casos de grave necesidad[9]), ni una confesión hecha «a bulto». Designa la extensión de la acusación: en lugar de confesar solo los pecados cometidos desde la última vez, el penitente abarca un período entero, a veces toda su existencia desde la edad de la razón.
El catequista Francis Spirago da una fórmula clásica: la confesión general «comprende todos los pecados de la vida pasada, o al menos los de un período considerable», y se distingue así de la confesión ordinaria, que solo abarca el intervalo transcurrido[10].
«Hablo de una confesión general de toda la vida, que sin duda confieso no ser siempre absolutamente necesaria, pero que también considero que os será sumamente útil en este comienzo.» — San Francisco de Sales, Introducción a la vida devota, primera parte, cap. XIX[11]
Esta definición exige enseguida tres aclaraciones, pues el término «confesión general» se presta a confusión.
No es el Confiteor
En la liturgia, también se llama «confesión general» al Confiteor — la oración «Yo confieso ante Dios todopoderoso…» rezada al inicio de la misa y en otros momentos. La Catholic Encyclopedia la define explícitamente como «una confesión general de los pecados»[12]. Pero esa confesión es no sacramental: es un reconocimiento general de nuestra condición de pecadores, sin enumeración de las faltas ni absolución sacramental.
| Confesión general (práctica) | El Confiteor | |
|---|---|---|
| Naturaleza | Acto del sacramento de la penitencia | Oración litúrgica penitencial |
| Contenido | Acusación detallada de los pecados de un período | Reconocimiento general de ser pecador |
| Efecto | Absolución sacramental | Disposición, perdón de los pecados veniales |
| Lugar | En el confesionario, ante el sacerdote | En la misa, en el oficio, antes de la comunión[13] |
Las dos realidades llevan el mismo nombre, pero no tienen ni el mismo contenido ni el mismo efecto. El presente artículo trata de la primera: la confesión sacramental ampliada.
No es una repetición escrupulosa
La confesión general tampoco es el reflejo del penitente inquieto que «repite» sin cesar sus confesiones por miedo a no haberlo dicho todo. Esa repetición ansiosa es precisamente lo que los maestros espirituales prohíben a las almas escrupulosas[14]. La confesión general auténtica es un acto sereno, pacífico, puntual — no una rumia.
Lo que este artículo no trata
Para no duplicar los artículos vecinos, remitimos:
- al sacramento en sí — institución, materia y forma, ministro, sigilo, efectos — en La confesión (sacramento de penitencia y de reconciliación);
- a la preparación mediante el examen, en El examen de conciencia;
- a la reparación recibida del sacerdote, en La penitencia impuesta;
- a la práctica ordinaria y regular, en ¿Cómo hacer una buena confesión? y ¿Cómo crecer en la confesión regular?.
Las dos especies: de necesidad y de devoción
La tradición moral distingue con nitidez dos casos de confesión general: la que es obligatoria porque repara un pasado sacramental defectuoso, y la facultativa, que sirve a una renovación espiritual[15]. Confundir ambas es el origen de la mayoría de los malentendidos.
La confesión general de necesidad
Una confesión general se vuelve necesaria cuando las confesiones anteriores han sido inválidas. La absolución no remitió entonces nada: los pecados graves subsisten, y hay que retomarlos[16].
¿Cuándo es nula una confesión anterior?
El concilio de Trento definió que el penitente debe confesar todos los pecados mortales de los que tenga conciencia tras un examen serio: callar voluntariamente un pecado grave no es confesarse, es «oponer a la bondad divina algo que ocultar»[17][18]. De ahí los principales casos en que una confesión es nula — e incluso sacrílega:
- se ha ocultado por vergüenza un pecado mortal que se sabía que había que acusar;
- se ha mentido al confesor o se ha callado una circunstancia que cambiaba la especie del pecado;
- uno se ha confesado sin contrición real ni propósito de no volver a pecar;
- se ha recibido la absolución cuando no se podía ser absuelto (por ejemplo sin voluntad de reparar).
«Si el enfermo se avergüenza de mostrar su llaga al médico, la medicina no cura lo que ignora.» — San Jerónimo, citado por el Catecismo (n. 1456)[19]
La obligación de retomarlo todo
Cuando una confesión ha sido nula, todas las confesiones que la siguieron, mientras el pecado oculto no se acuse, quedan igualmente sin fruto: el pecado disimulado «bloquea» la gracia, y cada comunión recibida después en estado de pecado mortal añade un sacrilegio[20]. La única salida es una confesión general que abarque todo el período comprometido. Spirago lo formula sin rodeos: «Una confesión general es indispensable cuando ya se ha hecho una confesión inválida.»[21]
Esta confesión de necesidad no tiene nada de angustioso si se la comprende bien: es una liberación. Desata de golpe lo que a veces pesaba desde hacía años, y devuelve al penitente la certeza de la amistad de Dios.
La confesión general de devoción
La otra especie no repara ninguna falta de acusación: retoma pecados ya válidamente perdonados, no porque subsistieran, sino por el provecho espiritual del acto[22]. Es la confesión general recomendada en las conversiones, los retiros, los grandes umbrales de la vida. Nunca es obligatoria; es «sumamente útil»[23].
El papa Benedicto XI, en su constitución Inter cunctas (17 de febrero de 1304), señala que, aun sin necesidad, «no se requiere confesar de nuevo los mismos pecados; sin embargo tenemos por saludable repetir la confesión, por la vergüenza que comporta, que es gran parte de la penitencia»[24].
| Criterio | De necesidad | De devoción |
|---|---|---|
| Causa | Confesiones pasadas inválidas | Deseo de renovación espiritual |
| Carácter | Obligatoria | Facultativa, aconsejada |
| Pecados afectados | Mortales mal confesados o no confesados | Faltas ya perdonadas |
| Fruto principal | Validez recobrada, fin del sacrilegio | Fervor, humildad, paz |
| Ocasión típica | Descubrimiento de una acusación ocultada | Conversión, retiro, estado de vida |
¿Por qué hacer una confesión general?
Para la confesión de necesidad, la razón es evidente: sin ella, el alma permanece en pecado mortal. Pero ¿por qué aconsejar una confesión general de devoción, si las faltas ya están perdonadas? Los santos responden con cuatro frutos.
El conocimiento de sí y la humildad
Abrazar todo el pasado de una sola mirada hace aparecer las pendientes duraderas del corazón —el orgullo, la sensualidad, la cobardía— mucho mejor que el examen fragmentado de cada quincena. Francisco de Sales hace de ello el primer fruto:
«Esta confesión general nos llama al conocimiento de nosotros mismos, nos provoca una saludable confusión por nuestra vida pasada, nos hace admirar la misericordia de Dios que nos ha esperado tan pacientemente.» — San Francisco de Sales, Introducción a la vida devota, primera parte, cap. XIX[25]
Un dolor más vivo y un mérito mayor
San Ignacio, en los Ejercicios espirituales, enumera tres ventajas de la confesión general hecha al final de la Primera Semana. La primera se refiere a la calidad del arrepentimiento:
«Aunque quien se confiesa cada año no está obligado a hacer una confesión general, al hacerla hay más provecho y mérito, por el mayor dolor actual sentido por todos los pecados y toda la malicia de su vida entera.» — San Ignacio de Loyola, Ejercicios espirituales, n. 44[26]
La segunda ventaja, añade, viene de que, en el retiro, «los pecados y su malicia se comprenden más íntimamente que en el tiempo en que uno no se entregaba tanto a las cosas interiores»; y la tercera, de la mejor disposición que de ello resulta para recibir la Eucaristía[27].
La paz de la conciencia y la certeza
El sacramento de la penitencia da «la paz y la serenidad de la conciencia, con vivísimo consuelo del espíritu»[28]. La confesión general lleva este fruto a su colmo: cierra el pasado. Al retomar toda su vida ante Dios, el penitente anticipa en cierto sentido el juicio al que será sometido al término de su existencia[29]. Sabe desde entonces que todo ha quedado depositado, y ya no tiene que volver sobre ello. Es esta certeza, y no el olvido, lo que libera.
Un nuevo comienzo
En la historia de las misiones parroquiales, la confesión general es a menudo el punto de inflexión de una conversión. San Alfonso María de Ligorio relata que, durante unos ejercicios espirituales en Roma, ante ese sermón de dos palabras —«Forever, forever!» («¡Para siempre, para siempre!»)— «muchos jóvenes del Seminario romano hicieron una confesión general y cambiaron de vida»[30]. El acto sella la ruptura con el pasado e inaugura una vida nueva.
«Si decimos que no tenemos pecado, nos engañamos a nosotros mismos, y la verdad no está en nosotros. Si reconocemos nuestros pecados, él, que es fiel y justo, perdonará nuestros pecados y nos purificará de toda iniquidad.» — Primera carta de san Juan 1, 8-9[31]
¿Cuándo hacer una confesión general?
La tradición señala algunos grandes umbrales donde la confesión general de devoción encuentra su lugar natural[32]. Fuera de estas ocasiones, no tiene por qué repetirse.
En el umbral de la vida devota
Es el caso de Francisco de Sales: a quien quiere «comenzar» una vida cristiana seria tras años de tibieza, le aconseja purificar primero el alma —de ahí los capítulos sobre el despojo de los pecados mortales y luego de los afectos al pecado[33]— y coronar esta purificación con una confesión general que «apacigua los corazones, descansa los espíritus, suscita buenas resoluciones»[34].
Durante un retiro espiritual
Los Ejercicios espirituales de Ignacio sitúan la confesión general en el gozne del retiro: tras la Primera Semana dedicada a la consideración del pecado y de la misericordia, antes de entrar en la contemplación de la vida de Cristo[35]. Hoy todavía, muchos retiros prevén esta posibilidad.
Antes de un cambio de estado de vida
Spirago cuenta entre las ocasiones privilegiadas la entrada en un nuevo estado de vida[36]: antes del matrimonio, antes de la ordenación sacerdotal, antes de los votos religiosos. Se quiere afrontar el compromiso decisivo con el corazón enteramente limpio, sin arrastrar nada del pasado.
Ante la cercanía de la muerte
El enfermo que siente llegar su fin desea a menudo retomar toda su vida. La Catholic Encyclopedia precisa sin embargo que esta confesión general del moribundo no es, en sí misma, obligatoria —salvo que existan por otra parte las razones que la harían necesaria en cualquier tiempo[37]. Sobre todo, el sacerdote no debe imponérsela a quien ya no tiene fuerzas:
«Cuando la persona es incapaz de un esfuerzo mental sostenido sin grave perjuicio para sus fuerzas declinantes, el sacerdote no debe tener escrúpulo en contentarse con formas de acusación incompletas o menos precisas.» — Catholic Encyclopedia, «Preparation for Death»[38]
El paso de Cristo al moribundo se prolonga entonces con el don eucarístico del viático.
Cómo prepararla y vivirla
Un examen de conciencia ampliado
La confesión general supone un examen más amplio que el examen ordinario: se recorre la vida por etapas —infancia, adolescencia, edad adulta— o según los mandamientos y los estados de vida atravesados[39]. La Iglesia recomienda hacer este examen «a la luz de la Palabra de Dios»[40]. Para el método detallado, véase el artículo El examen de conciencia; hay que guardarse de convertir este examen en una pesquisa ansiosa.
La contrición, corazón del acto
La acusación no es nada sin la contrición —«dolor del alma y detestación del pecado cometido, con la resolución de no volver a pecar en adelante»[41]. La confesión general es la ocasión de una contrición de conjunto, que abarca toda una vida de faltas y se eleva, en lo posible, hasta el arrepentimiento perfecto, nacido del amor de Dios más que del temor al castigo[42].
«Misericordia, Dios mío, por tu bondad; por tu inmensa compasión borra mi culpa. […] Oh Dios, crea en mí un corazón puro, renuévame por dentro con espíritu firme.» — Salmo 50 (51), el Miserere[43]
El papel del confesor
La confesión general gana si se prepara con un confesor o un director, que fija su oportunidad, regula su alcance y garantiza su paz[44]. Es él quien juzgará si conviene hacerla, y quien recordará, si hace falta, que no se repite.
¿Hay que escribir las faltas?
Muchos anotan por escrito, para no omitir nada, los puntos que confesar. La práctica es legítima y útil para una confesión general; pero la nota debe seguir siendo un recordatorio sobrio, destruido después, y no convertirse nunca en el soporte de una introspección sin fin.
Los peligros y los límites
La confesión general es un remedio poderoso; como todo remedio poderoso, puede dañar si se toma a destiempo. Los maestros espirituales señalan tres escollos.
La trampa del escrúpulo
El peligro más grave es el escrúpulo. El alma escrupulosa, nunca segura de haberlo dicho todo, se siente tentada de multiplicar las confesiones generales, que agravan su turbación en lugar de apaciguarla. La consigna de la tradición es firme:
«A las personas escrupulosas hay que prohibirles hacer una confesión general; para ellas, la práctica de la obediencia es más saludable.» — Francis Spirago, The Catechism Explained[45]
Para el escrupuloso, el camino no es retomarlo todo, sino remitirse al juicio del confesor y obedecerle contra el propio sentir.
No reescribir sin fin el pasado perdonado
Fuera de la necesidad, nada obliga a volver a confesar pecados ya válidamente absueltos[46]. Volver sobre ellos por costumbre, sin dirección, es dudar en la práctica de la palabra de absolución y de la fidelidad de Dios. El pasado entregado a Dios le pertenece.
Mantener la confianza en la misericordia
El fruto propio de la confesión general no es la angustia retrospectiva sino la admiración de la misericordia[47]. El penitente que sale de ella debe mirar adelante, como el hijo pródigo levantado por su padre:
«Este hijo mío estaba muerto y ha vuelto a la vida; estaba perdido y ha sido encontrado.» — Evangelio según san Lucas 15, 24[48]
Historia y tradición de la práctica
Raíces penitenciales antiguas
La idea de una reanudación solemne de toda una vida de pecado hunde sus raíces en la penitencia de los primeros siglos, cuando el pecador público confesaba y expiaba largamente sus faltas graves antes de ser reconciliado[49]. La confesión privada y reiterable, difundida por los monjes irlandeses a partir del siglo VII, hizo posible un acto personal y renovable —terreno en el que la confesión general de devoción pudo desarrollarse[50].
Los Ejercicios espirituales (1548)
Es san Ignacio de Loyola quien fija su forma clásica. Los Ejercicios espirituales, aprobados por Paulo III en 1548, integran la confesión general como fruto de la Primera Semana, con sus tres ventajas espirituales[51]. La práctica se difunde con la Compañía de Jesús y los retiros.
La Introducción a la vida devota (1609)
San Francisco de Sales la lleva del claustro al mundo. En la Introducción a la vida devota, escrita para laicos, la confesión general se convierte en el umbral concreto por el que el alma tibia entra en la vida devota, antes de la «protesta» solemne de servir a Dios[52].
Las misiones populares
En los siglos XVII-XIX, las misiones parroquiales —predicadas en particular por san Alfonso María de Ligorio y sus Redentoristas— hacen de la confesión general la cumbre de una semana de predicación: en ella se retoma toda la vida para acabar con el pecado y empezar de nuevo[53].
- Primeros siglosLa penitencia pública
El pecador grave confiesa y expía largamente sus faltas antes de la reconciliación: primera forma de una reanudación solemne de la vida pasada.
- Siglo VIILa confesión privada y reiterable
Los monjes irlandeses difunden la confesión individual, repetible, que hace posible un acto personal de conjunto.
- 1548Los Ejercicios espirituales de san Ignacio
Aprobados por Paulo III, sitúan la confesión general al final de la Primera Semana, con sus tres ventajas.
- 1609La Introducción a la vida devota
San Francisco de Sales propone la confesión general a todos los laicos como umbral de la vida devota.
- Siglos XVII-XIXLas misiones populares
San Alfonso María de Ligorio y los misioneros hacen de la confesión general la cumbre de las misiones parroquiales.
Hoy
El Código de Derecho Canónico de 1983 recuerda que «la confesión individual e íntegra y la absolución constituyen el único modo ordinario» de reconciliación tras una falta grave[54]. En este marco, la confesión general sigue siendo una práctica viva: propuesta en los retiros, aconsejada en las conversiones y en los grandes giros de la vida, encuadrada por la dirección espiritual. Comprendida según la tradición —pacífica, puntual, confiada— sigue siendo uno de los más poderosos instrumentos de renovación espiritual ofrecidos al cristiano.
Preguntas frecuentes
¿Debo volver a confesarlo todo en cada confesión?
No. La confesión ordinaria solo abarca los pecados cometidos desde la última vez. La confesión general es excepcional: necesaria si las confesiones pasadas fueron inválidas, aconsejada en ciertos grandes umbrales, pero nunca para repetir por costumbre o por miedo[55].
¿La confesión general borra pecados ya perdonados?
Los pecados válidamente absueltos ya están borrados: no se los hace «desaparecer de nuevo». Retomarlos en una confesión general de devoción sirve al arrepentimiento, la humildad y la paz del penitente, no a la validez —esta ya estaba asegurada[56].
¿Es obligatoria antes del matrimonio o de la ordenación?
No es obligatoria en sí: lo que se requiere antes de recibir estos sacramentos es el estado de gracia, es decir una buena confesión de los pecados graves. La confesión general es muy aconsejada como preparación, pero pertenece al consejo, no al precepto[57].
¿Qué hacer si olvido un pecado?
Un pecado grave olvidado de buena fe queda perdonado con los demás; bastará mencionarlo en la confesión siguiente si vuelve a la memoria[58]. Tal olvido involuntario no hace inválida la confesión y no obliga, por sí solo, a una confesión general.
Para ir más lejos
- La confesión (sacramento de penitencia y de reconciliación) — la institución, la materia y la forma, el ministro, el sigilo y los efectos del sacramento.
- El examen de conciencia — la preparación de la acusación, a la luz de la Palabra de Dios.
- La penitencia impuesta — la satisfacción recibida del sacerdote y su sentido.
- ¿Cómo hacer una buena confesión? — la práctica concreta, paso a paso.
- ¿Cómo crecer en la confesión regular? — la fecundidad de una confesión frecuente.
- La adoración eucarística — prolongar la gracia del perdón en la adoración.
Notas y referencias
Francis Spirago (ed. Richard F. Clarke, s.j.), The Catechism Explained, Benziger Brothers, Nueva York, 1899, 3.ª parte (los medios de gracia), tratado del sacramento de la Penitencia, cap. «General Confession», pp. 624-626: § 1, la confesión general abarca los pecados de toda la vida pasada o de un largo período; § 2, procura «mayor conocimiento de sí, humildad más profunda, tranquilidad de conciencia acrecentada»; § 3, es «indispensable cuando ya se ha hecho una confesión inválida» y «aconsejada para las personas que entran en un nuevo estado de vida o que están en peligro de muerte»; «a las personas escrupulosas hay que prohibirles hacer una confesión general; para ellas, la práctica de la obediencia es más saludable». Texto íntegro del capítulo: https://bellarmineforum.org/bf_catechism/the-catechism-explained/part-iii-the-means-of-grace/ii-the-sacraments/4-the-sacrament-of-penance/general-confession/ ; relevo TAN Direction, «Purification and General Confession»: https://tandirection.com/pursuit-of-perfection/purification-and-general-confession/.
1 7 10 14 15 21 32 36 44 45 46 55 56 57San Francisco de Sales, Introducción a la vida devota (1609), primera parte, cap. XIX «Cómo hay que hacer la confesión general»: «hablo de una confesión general de toda la vida, que sin duda confieso no ser siempre absolutamente necesaria, pero que también considero que os será sumamente útil en este comienzo»; ella «nos llama al conocimiento de nosotros mismos, nos provoca una saludable confusión por nuestra vida pasada, nos hace admirar la misericordia de Dios que nos ha esperado tan pacientemente; apacigua nuestros corazones, descansa nuestros espíritus, suscita en nosotros buenas resoluciones». Edición de referencia: Proyecto Gutenberg, https://www.gutenberg.org/files/53540/53540-h/53540-h.htm.
2 5 11 23 25 34 47 52Catecismo de la Iglesia Católica, n. 1456, citando al concilio de Trento (DS 1680) y a san Jerónimo (In Ecclesiasten 10, 11; PL 23, 1096): obligación de confesar todos los pecados mortales de los que se tenga conciencia; «si el enfermo se avergüenza de mostrar su llaga al médico, la medicina no cura lo que ignora»; los pecados graves olvidados de buena fe quedan remitidos y serán sometidos al poder de las llaves cuando vuelvan a la memoria.
3 16 18 19 58San Ignacio de Loyola, Ejercicios espirituales, n. 44, «Confesión general con la comunión»: tres ventajas de una confesión general hecha al final de la Primera Semana (dolor más actual por toda la vida; inteligencia más íntima del pecado en el retiro; mejor disposición para recibir la Eucaristía). Traducción según la edición Mullan; texto en la Christian Classics Ethereal Library: https://www.ccel.org/ccel/ignatius/exercises.xii.iv.html.
4 22 26 27 35 51San Alfonso María de Ligorio, Preparación para la muerte, 3.ª parte, XXVII.ª consideración («The Eternity of Hell»), 3.er punto («Eternity is Unchangeable»): según los ejercicios espirituales del P. Pablo Segneri relatados por Muratori, en Roma, un poseso interrogado sobre la duración del infierno golpeó un asiento respondiendo «Forever, forever!» —«ante ese gran sermón de dos palabras, forever, forever, muchos estudiantes del Seminario romano, que estaban presentes, hicieron una confesión general y cambiaron de vida» (trad. inglesa Preparation for Death, texto de control; edición francesa local, Biblioteca de Benoît).
6 30 53«Preparation for Death», The Catholic Encyclopedia, vol. 4, New Advent: la confesión del moribundo «no tiene por qué ser necesariamente de la clase que se describe como general, a menos, por supuesto, que existan las razones que la harían obligatoria en cualquier otro tiempo de la vida»; cuando el enfermo no puede sostener un esfuerzo mental sin grave perjuicio, «el sacerdote no debe tener escrúpulo en contentarse con formas de acusación incompletas o menos precisas». Fuente: https://www.newadvent.org/cathen/04660c.htm.
8 37 38Catecismo de la Iglesia Católica, n. 1483, citando al CIC can. 961-962: la «absolución general» dada a varios penitentes sin confesión individual previa solo se permite en caso de grave necesidad; es algo muy distinto de la «confesión general» tratada aquí.
9«Confiteor», The Catholic Encyclopedia, vol. 4, Robert Appleton Company, 1908, New Advent: «El Confiteor (llamado así por su primera palabra, confiteor, yo confieso) es una confesión general de los pecados; se emplea en el rito romano al inicio de la misa y en otras ocasiones como preparación para la recepción de una gracia» (oficio divino en Prima y Completas, comunión fuera de la misa, etc.). Fuente: https://www.newadvent.org/cathen/04222a.htm.
12 13Concilio de Trento, sesión XIV (1551), Doctrina de sacramento paenitentiae, cap. 5 De confessione y can. 7 (DS 1679-1680; 1707): necesidad de derecho divino de confesar todos los pecados mortales de los que se tenga conciencia tras un examen diligente, incluidas las circunstancias que cambian la especie del pecado. Texto en Papal Encyclicals Online: https://www.papalencyclicals.net/council-of-trent/fourteenth-session.htm.
17Catecismo de la Iglesia Católica, n. 1457, citando al concilio de Trento (DS 1683; 1708) y al CIC can. 989, 916: obligación de la confesión anual de los pecados graves; necesidad de la absolución antes de comulgar en estado de pecado mortal.
20Benedicto XI, constitución Inter cunctas (17 de febrero de 1304): tras recordar que los penitentes confesados con un religioso no están obligados a reiterar su confesión ante su propio sacerdote, el papa añade —«Though it is not necessary to confess the same sins over again, nevertheless we regard it as salutary to repeat the confession, because of the shame it involves, which is a great part of penance» (Denzinger-Bannwart, Enchiridion, n. 470). Pasaje recogido por la Catholic Encyclopedia, «The Sacrament of Penance»: https://www.newadvent.org/cathen/11618c.htm.
24Catecismo de la Iglesia Católica, n. 1468, citando al Catecismo romano II, 5, 18 y al concilio de Trento (DS 1674): la reconciliación con Dios aporta «la paz y la serenidad de la conciencia, con vivísimo consuelo del espíritu».
28Catecismo de la Iglesia Católica, n. 1470, citando a Jn 5, 24: por el sacramento, el penitente anticipa en cierto sentido el juicio al que será sometido al final de su vida terrena.
29Primera carta de san Juan 1, 8-9, traducción litúrgica (AELF): «Si decimos que no tenemos pecado… Si reconocemos nuestros pecados, él, que es fiel y justo, perdona.» Fuente: https://www.aelf.org/bible/1Jn/1.
31San Francisco de Sales, Introducción a la vida devota, primera parte, cap. VI «Del primer despojo, que es el de los pecados mortales» y cap. VII «Del segundo despojo, que es el de los afectos al pecado»: la purificación del alma precede y prepara la confesión general del cap. XIX. Fuente: Proyecto Gutenberg, https://www.gutenberg.org/files/53540/53540-h/53540-h.htm.
33Catecismo de la Iglesia Católica, n. 1454: el examen de conciencia hecho «a la luz de la Palabra de Dios» (Decálogo, Sermón de la montaña, enseñanzas apostólicas).
39 40Catecismo de la Iglesia Católica, n. 1451, citando al concilio de Trento (DS 1676): la contrición es «dolor del alma y detestación del pecado cometido, con la resolución de no volver a pecar en adelante».
41Catecismo de la Iglesia Católica, n. 1452, citando al concilio de Trento (DS 1677): la contrición «perfecta» (de caridad); obtiene el perdón de las faltas mortales si incluye la resolución de recurrir cuanto antes a la confesión sacramental.
42Salmo 50 (51), el Miserere, traducción litúrgica oficial (AELF): «Misericordia, Dios mío, por tu bondad… Crea en mí un corazón puro, oh Dios.» Fuente: https://www.aelf.org/bible/Ps/50.
43Evangelio según san Lucas 15, 11-24, parábola del hijo pródigo, traducción litúrgica (AELF): «Este hijo mío estaba muerto y ha vuelto a la vida.» Fuente: https://www.aelf.org/bible/Lc/15.
48Edward Hanna, «The Sacrament of Penance», The Catholic Encyclopedia, vol. 11, New Advent, 1911: desarrollo de la penitencia pública de los primeros siglos, y luego de la confesión privada y reiterable difundida por los penitenciales y los misioneros irlandeses (san Columbano, m. 615). Fuente: https://www.newadvent.org/cathen/11618c.htm.
49 50Código de Derecho Canónico (1983), can. 960: «La confesión individual e íntegra y la absolución constituyen el único modo ordinario por el que un fiel consciente de un pecado grave se reconcilia con Dios y con la Iglesia.» Fuente: Vatican.va.
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