«Justificados por la fe, estamos en paz con Dios por nuestro Señor Jesucristo» (Rom 5, 1)[1]. En una palabra, san Pablo lo dice todo: lo que Cristo hizo por nosotros tiene un nombre, la justificación. La palabra está en el corazón del Evangelio de Pablo, dividió a la cristiandad en el siglo XVI y, sin embargo, planteada a quemarropa, «¿qué es la justificación?» suele dejar perplejo. Se adivina que se trata de volver a estar «en regla» con Dios — ¿pero cómo? ¿Es un simple perdón jurídico o una transformación real? ¿Es asunto de un instante o de toda una vida? ¿Y por qué esta palabra fue el campo de batalla de la Reforma?
La justificación (del latín iustificare, «hacer justo») designa, en la fe católica, el acto por el cual Dios, por pura gracia, hace pasar al pecador del estado de pecado al estado de gracia: le perdona sus pecados y, al mismo tiempo, lo hace realmente justo, lo santifica interiormente y lo adopta como hijo suyo. No es, pues, ni una ficción jurídica —Dios haría «como si» el hombre fuera justo dejándolo pecador— ni una recompensa merecida: es un don que transforma a quien lo recibe. El Catecismo la define de un trazo: «La gracia del Espíritu Santo tiene el poder de justificarnos, es decir, de lavarnos de nuestros pecados y de comunicarnos la justicia de Dios por la fe en Jesucristo y por el Bautismo»[2].
Este artículo define esta palabra precisa. Es uno de los expedientes especializados de la familia «salvación» de Ignispedia: allí donde el artículo ¿Qué es la salvación? abarca toda la obra de Dios, este se concentra en su primer tiempo —el momento en que Dios hace justo. No duplica, por tanto, los expedientes vecinos: la Redención (el acto de Cristo que hace posible la justificación), la santificación (el crecimiento que la prolonga), la cuestión de la fe sola (el debate detallado con los protestantes) o la posibilidad de perder la salvación. Veremos primero lo que dice la palabra, luego el problema que resuelve, la definición que dio de ella el Concilio de Trento, cómo justifica Dios, el papel de la fe, el gran debate sobre la justicia imputada o infusa y, por fin, los tres momentos de la justificación en una vida.
¿Qué quiere decir la palabra «justificación»?
Como suele ocurrir, la palabra misma contiene ya la pregunta. Todo el debate de la Reforma se jugó en un punto de gramática teológica: cuando la Escritura dice que Dios «justifica» al pecador, ¿quiere decir que lo declara justo o que lo hace justo?
Iustificare: «hacer justo»
El español justificar viene del latín iustificare, palabra compuesta de iustus («justo») y del verbo facere («hacer»): literalmente, hacer justo. La forma latina, tal como se recibe en la Vulgata y en toda la tradición teológica occidental, orienta hacia una justicia realmente producida en el hombre, no solo imputada desde fuera. Es el sentido que retendrá el Concilio de Trento: Dios no se contenta con «tenernos por» justos, «nos hace justos»[3].
El vocabulario bíblico es más rico que la sola palabra latina. El griego del Nuevo Testamento emplea el verbo dikaioô (δικαιόω) y el sustantivo dikaiosynê (δικαιοσύνη, «justicia»), derivados de dikê («lo que es recto, conforme»). El hebreo, por su parte, dice tsadaq («ser justo») y el sustantivo tsedaqah («justicia»). En la Biblia, la «justicia» nunca tiene el sentido frío de una contabilidad exacta: designa ante todo la fidelidad de Dios a su alianza, su manera de restablecer lo que está roto, de salvar al pobre y de dar la razón al oprimido. «Justificar», ya en el Antiguo Testamento, es pues mucho más que archivar un expediente: es levantar al que había caído[4].
«¿Declarar justo» o «hacer justo»?
Aquí es donde todo se juega. Un juez humano, cuando «justifica» a un acusado, no lo cambia: lo declara inocente, y punto. La justicia queda fuera de él, en la sentencia. Algunos reformadores del siglo XVI entendieron así la justificación divina: Dios «declara» justo al pecador imputándole la justicia de Cristo, como un manto echado sobre una realidad que, en sí, sigue siendo pecadora. Es la tesis de la justicia imputada o forense (de forum, el tribunal).
La Iglesia católica responde que el Dios de la Escritura no se parece a un juez humano impotente. Cuando Dios declara justo, hace lo que dice: su palabra es creadora. «Dios dijo, y así fue» (Gén 1); del mismo modo, cuando justifica, hace realmente justo. La justificación no es solo un veredicto pronunciado fuera del acusado: es una curación desde dentro, un corazón nuevo dado. Volveremos largamente sobre este debate, central para comprender lo que separa y acerca a católicos y protestantes.
Justificación, redención, santificación, salvación: no confundir
Cuatro palabras vecinas reaparecen sin cesar en este campo, y a menudo se emplean una por otra. Distinguirlas lo aclara todo. La tabla siguiente las pone frente a frente.
| Palabra | Lo que designa | Quién actúa | Artículo |
|---|---|---|---|
| Redención | El acto de Cristo que rescata a la humanidad por su Cruz y su Resurrección | Cristo, una vez por todas | La redención |
| Justificación | El momento en que Dios hace justo a tal pecador: remisión de los pecados + don de la gracia | Dios, aplicando el fruto de la Cruz a esta alma | (este artículo) |
| Santificación | El crecimiento del justificado en la santidad, día tras día | Dios y el hombre que coopera | La santificación |
| Salvación | El conjunto de la obra: liberación del pecado y don de la vida eterna | Dios, desde la primera llamada hasta la gloria | La salvación |
En una imagen: la Redención es la fuente que brota en la Cruz; la justificación es el momento en que esa agua alcanza y lava mi vida; la santificación es el río que, después, riega y fecunda; la salvación es el país entero así devuelto a la vida. Una particularidad católica, que reencontraremos, es que la justificación y la santificación no son dos realidades separadas por un intervalo: en cuanto hace justo, Dios comienza ya a santificar.
El problema: el pecador ante un Dios justo
No se comprende lo que resuelve la justificación hasta haber medido el problema. Este problema tiene un nombre en san Pablo, cuya Carta a los Romanos es el gran tratado de la justificación: ¿cómo puede un hombre pecador mantenerse ante un Dios santo y justo?
«Todos pecaron»: el diagnóstico de san Pablo
El punto de partida de Pablo es sin contemplaciones: nadie es justo por sí mismo, ni el pagano ni el judío observante de la Ley. Todos, sin excepción, necesitan ser hechos justos.
«Todos, en efecto, pecaron y están privados de la gloria de Dios; y son justificados gratuitamente por su gracia, en virtud de la redención realizada en Cristo Jesús.» — Carta a los Romanos 3, 23-24[5]
Dos palabras capitales se responden en esta frase: «gratuitamente» (la salvación es un don, no un salario) y «justificados» (Dios nos hace justos). Toda la doctrina cabe ya ahí, en germen.
Nadie se justifica por sus propias obras
Contra la ilusión del hombre que pretendería «merecer» a Dios por su sola virtud, Pablo es categórico: no es acumulando observancias de la Ley como se llega a ser justo.
«El hombre no es justificado por la práctica de la Ley, sino solo por la fe en Jesucristo.» — Carta a los Gálatas 2, 16[6]
El Concilio de Trento retomará esta verdad y hará de ella un fundamento: «nada de lo que precede a la justificación, ni la fe ni las obras, merece la gracia de la justificación»[7]. La justificación no se compra; se acoge. Es el sentido de la gracia preveniente, que siempre va por delante del hombre y hace posible hasta su primer «sí» —verdad ya fijada en el siglo VI contra el semipelagianismo (ver más abajo).
La espera de una «justicia» venida de Dios
El Antiguo Testamento esperaba precisamente esto: no que el hombre fabricara su propia justicia, sino que Dios viniera a dársela. Los profetas anuncian un día en que el Señor mismo «será nuestra justicia» (Jer 23, 6)[8], en que dará «un corazón nuevo» y «un espíritu nuevo» (Ez 36, 26)[9]. San Pablo proclama que ese día ha llegado en Cristo: «la justicia de Dios se ha manifestado» (Rom 3, 21), no para condenar, sino para hacer justos a los que creen. La justificación es la respuesta de Dios a una espera milenaria: no pudiendo el hombre salvarse a sí mismo, Dios se hace él mismo su justicia.
La definición católica: el Concilio de Trento
Ante la crisis de la Reforma, la Iglesia dio, en el Concilio de Trento, la definición más precisa y completa que jamás haya formulado de la justificación. El Decreto sobre la justificación, promulgado el 13 de enero de 1547 en la sesión VI, en dieciséis capítulos y treinta y tres cánones, sigue siendo el texto de referencia —retomado casi palabra por palabra por el Catecismo[10].
Un «traslado» de un estado a otro
El corazón de la definición tridentina es una imagen de paso. La justificación no es un simple cambio de la mirada de Dios sobre nosotros; es un cambio de estado real del hombre.
«La justificación [...] es el traslado del estado en que el hombre nace hijo del primer Adán al estado de gracia y de adopción de hijos de Dios, por el segundo Adán, Jesucristo nuestro Salvador.» — Concilio de Trento, sesión VI, cap. 4[11]
Se pasa de un estado a otro como se pasa de la muerte a la vida, de las tinieblas a la luz, de la esclavitud a la libertad de los hijos de Dios. No es un barniz puesto sobre una realidad sin cambiar: es el hombre mismo quien cambia de condición.
Lo que la justificación comporta: remisión y renovación
Trento precisa lo que este paso incluye, y es decisivo: dos cosas inseparables, un perdón y una transformación.
«La justificación [...] no es solo remisión de los pecados, sino también santificación y renovación del hombre interior por la recepción voluntaria de la gracia y de los dones.» — Concilio de Trento, sesión VI, cap. 7[12]
El Catecismo retoma exactamente esta fórmula: «La justificación comporta, pues, la remisión de los pecados, la santificación y la renovación del hombre interior»[13]. Dicho de otro modo: Dios no se contenta con borrar la pizarra (remisión); infunde en el corazón una vida nueva, la gracia y la caridad (renovación). El pecado no solo está cubierto: ha sido quitado, y en su lugar Dios derrama su amor, «el amor de Dios derramado en nuestros corazones por el Espíritu Santo que nos fue dado» (Rom 5, 5)[14].
La obra más grande del amor de Dios
La Iglesia nunca ha visto en la justificación una formalidad jurídica, sino la obra maestra de la misericordia. El Catecismo se atreve, tras san Agustín, a una comparación vertiginosa:
«La justificación es la obra más excelente del amor de Dios [...]. San Agustín estima incluso que "la justificación del impío es una obra mayor que la creación del cielo y de la tierra", porque "el cielo y la tierra pasarán, mientras que la salvación y la justificación de los elegidos [...] permanecerán".» — Catecismo de la Iglesia Católica, § 1994[15]
Hacer justo a un pecador es, a los ojos de Dios, más grande que sacar de la nada el universo entero: porque el universo pasará, pero un alma salvada permanece para la eternidad.
Cómo justifica Dios: las causas de la justificación
El genio del Concilio de Trento fue desmontar el mecanismo de la justificación distinguiendo sus diferentes «causas», según la cuadrícula clásica heredada de Aristóteles y de santo Tomás. Este análisis responde con precisión a la pregunta: ¿por quién, por qué, con qué fin es hecho justo el hombre?
Las cinco causas según el capítulo 7
La tabla siguiente retoma las cinco causas enumeradas por Trento en el capítulo 7 de su decreto, con lo que significa cada una[16].
| Causa | Responde a la pregunta | Contenido según Trento |
|---|---|---|
| Final | ¿Con qué fin? | La gloria de Dios y de Cristo, y la vida eterna |
| Eficiente | ¿Quién la produce? | Dios misericordioso, que lava y santifica gratuitamente |
| Meritoria | ¿Quién la mereció? | Cristo, por su Pasión en la Cruz |
| Instrumental | ¿Por qué medio? | El Bautismo, «sacramento de la fe» |
| Formal | ¿En qué consiste? | La justicia de Dios, «no aquella por la que él es justo, sino aquella por la que nos hace justos» |
La causa formal es el punto más delicado, y el más decisivo en el debate con los reformadores. Trento enseña que la justicia que nos hace justos no es solo la justicia propia de Dios que quedaría en él, ni la justicia de Cristo simplemente imputada desde fuera, sino una justicia comunicada, recibida en nosotros, que llega a ser realmente nuestra por gracia:
«[La causa formal es] la justicia de Dios, no aquella por la que él mismo es justo, sino aquella por la que nos hace justos, a saber, aquella con la que, agraciados por él, somos renovados en el espíritu de nuestra alma.» — Concilio de Trento, sesión VI, cap. 7[17]
La causa instrumental: el Bautismo, «sacramento de la fe»
Concretamente, la justificación entra en una vida por el Bautismo, al que Trento llama «el instrumento» de la primera justificación y «el sacramento de la fe, sin la cual nadie ha obtenido jamás la justificación»[18]. Es el sentido de la palabra de Pablo: «habéis sido lavados, habéis sido santificados, habéis sido justificados en el nombre del Señor Jesucristo y por el Espíritu de nuestro Dios» (1 Cor 6, 11)[19]. Sobre este sacramento como puerta de la salvación, ver ¿Es necesario el Bautismo para la salvación? y ¿Por qué bautizar a los bebés?.
Una gracia que diviniza, no un simple perdón
La justicia recibida en la justificación no es una cualidad exterior: es la gracia santificante, una participación en la vida misma de Dios, que hace del justificado un «hijo adoptivo» y un «heredero» (Rom 8, 17)[20]. El Catecismo precisa: «La justificación comporta, pues, la remisión de los pecados, la santificación y la renovación del hombre interior», y esta gracia «nos hace "agradables a Dios"»[21]. Para la vida divina así dada, ver ¿Qué es la gracia santificante?; para los socorros puntuales de Dios que preparan y sostienen la conversión, ver ¿Qué es la gracia actual?.
El papel de la fe
Si la justificación es un don, ¿cómo se recibe? La respuesta de Pablo, retomada por toda la tradición, cabe en una palabra: por la fe. Pero esta palabra, mal comprendida, ha sido la fuente del mayor malentendido de la historia cristiana. Hay que precisar, pues, lo que la fe hace en la justificación.
«El comienzo, el fundamento y la raíz»
El Concilio de Trento da a la fe un lugar absolutamente primero, en una fórmula célebre:
«La fe es el comienzo de la salvación humana, el fundamento y la raíz de toda justificación, sin la cual es imposible agradar a Dios.» — Concilio de Trento, sesión VI, cap. 8[22]
La fe no es, por tanto, un elemento entre otros: es la raíz de donde todo parte. Por ella el hombre acoge libremente la llamada de Dios, cree en la verdad revelada y se vuelve hacia el Redentor. Nada, en el orden de la salvación, comienza sin ella. En esto, católicos y protestantes están profundamente de acuerdo: «el hombre es justificado por la fe».
Una fe que actúa por la caridad
El desacuerdo surge en una sola palabra: ¿basta la fe sola o hace falta una fe que actúe por la caridad? La tradición católica se niega a oponer la fe y el amor como dos vías rivales. La fe que justifica no es una simple confianza que dejaría el corazón frío: es una fe viva, animada por la caridad, que «actúa por el amor» (Gál 5, 6)[23]. Santiago lo dijo sin rodeos:
«Ya lo veis: el hombre es justificado por las obras, y no solo por la fe.» — Carta de Santiago 2, 24[24]
Esta frase, que Lutero juzgaba difícil de conciliar con Pablo, no lo contradice: Pablo excluye las obras antes de la justificación (no se compra), Santiago exige las obras después (una fe sin frutos está muerta, Sant 2, 17). El Concilio de Trento mantiene ambas juntas: la primera justificación se recibe sin mérito, pero la fe que la recibe debe ser una fe «que no está muerta», ordenada al amor[25]. El debate propio de la fórmula «por la fe sola» —su sentido exacto, sus versículos, sus límites— se trata en detalle en el artículo dedicado ¿Somos salvos solo por la fe?.
¿Justicia imputada o justicia infusa? El gran debate
Tocamos aquí el nervio de la Reforma. El desacuerdo del siglo XVI no versó ante todo sobre «¿hace falta la fe?» (todos respondían que sí), sino sobre la naturaleza de la justicia recibida: ¿nos cubre Dios con una justicia que sigue siendo extraña, o nos comunica una justicia que llega a ser realmente nuestra?
La tesis de Lutero: una justicia imputada
Para Martín Lutero (1483-1546), el hombre sigue siendo pecador en el fondo de sí mismo, incluso tras la justificación: es «simul iustus et peccator», a la vez justo y pecador. Justo, porque Dios le imputa la justicia de Cristo y lo trata como si fuera justo; pecador, porque su naturaleza sigue herida. Lutero afirma bien que una renovación real comienza ya aquí abajo, pero la justificación misma sigue siendo un veredicto: la justicia sigue siendo una justicia extraña (iustitia aliena), imputada desde fuera más que comunicada por dentro. El hombre es declarado justo ante el tribunal de Dios por una sentencia de gracia, captada por la sola fe confiada. Es la doctrina de la justificación forense o imputada[26].
La respuesta católica: una justicia realmente dada
La Iglesia reconoció lo que esta tesis quería salvaguardar —la pura gratuidad de la salvación, contra toda pretensión de autojustificarse— pero juzgó que rebajaba la potencia de la gracia. Porque si Dios lo puede todo, ¿por qué se contentaría con «cubrir» el pecado sin quitarlo? Trento condena, pues, la idea de que los hombres serían justificados por la sola imputación de la justicia de Cristo, o por la sola remisión de los pecados, con exclusión de la gracia y de la caridad derramadas en los corazones:
«Si alguno dijere que los hombres son justificados o por la sola imputación de la justicia de Cristo, o por la sola remisión de los pecados, con exclusión de la gracia y de la caridad que es derramada en sus corazones por el Espíritu Santo y les es inherente [...], sea anatema.» — Concilio de Trento, sesión VI, canon 11[27]
Para la fe católica, pues, el pecador justificado no solo es «mirado como» justo: ha llegado a serlo, porque Dios ha cambiado realmente su corazón. El pecado mortal está realmente borrado, no simplemente disimulado, y la gracia habita en el alma. Esto es más fuerte, no menos fuerte, que la imputación: Dios no hace trampas con lo real, lo recrea.
La Declaración conjunta de 1999: una convergencia real
Este debate, largo tiempo fijado, conoció un avance mayor. El 31 de octubre de 1999, en Augsburgo, la Federación Luterana Mundial y la Iglesia católica firmaron una Declaración conjunta sobre la doctrina de la justificación (Joint Declaration on the Doctrine of Justification). Tras décadas de diálogo, ambas partes pudieron confesar juntas un núcleo común:
«Juntos confesamos: solo por gracia, en la fe en la obra salvífica de Cristo y no por mérito alguno de nuestra parte, somos aceptados por Dios y recibimos el Espíritu Santo, que renueva nuestros corazones, capacitándonos y llamándonos a las buenas obras.» — Declaración conjunta sobre la doctrina de la justificación, § 15[28]
Este texto permitió reconocer que las condenas recíprocas del siglo XVI, en este punto preciso, ya no alcanzaban la enseñanza del otro tal como hoy se presenta. No se trata de un borrado de las diferencias —subsisten divergencias sobre el papel de las obras, el mérito, la certeza de la salvación y la cooperación humana, que la propia Declaración enumera honestamente[29]. Pero muestra que el fondo bíblico —«justificados gratuitamente por su gracia» (Rom 3, 24)— es confesado por ambas partes. Sobre las relaciones doctrinales con el mundo de la Reforma, ver ¿Qué dice la Iglesia sobre los protestantes?.
Gracia y libertad en la justificación
Si todo, en la justificación, es gracia, ¿no tiene el hombre nada que hacer? La fe católica mantiene juntas, aquí también, dos verdades que a menudo se han enfrentado: la iniciativa es siempre de Dios y, sin embargo, la respuesta libre del hombre cuenta realmente.
La gracia preveniente: condena del semipelagianismo
Ya en el siglo VI, la Iglesia zanjó una cuestión decisiva: ¿de dónde viene el primer paso hacia Dios? ¿Es el hombre quien, por sus solas fuerzas, comienza a creer, viniendo Dios después a ayudarlo? El Concilio de Orange (529) lo negó firmemente, condenando el semipelagianismo: incluso el deseo de creer, incluso el comienzo de la fe, son ya un efecto de la gracia preveniente de Dios, que siempre va por delante de nosotros[30]. El Catecismo lo confirma: «nadie puede merecer la gracia primera, en el origen de la conversión»[31]. El hombre no se arranca a sí mismo del pecado; es Dios quien, primero, lo atrae.
«No te justificará sin ti»
Y sin embargo, esta primera gracia no actúa como sobre una piedra. Despierta y solicita una libertad que respeta. El Catecismo lo enuncia claramente:
«La justificación establece la colaboración entre la gracia de Dios y la libertad del hombre. Por parte del hombre se expresa en el asentimiento de la fe a la Palabra de Dios [...] y en la cooperación de la caridad a la moción del Espíritu Santo que previene y custodia.» — Catecismo de la Iglesia Católica, § 1993[32]
Es la famosa fórmula de san Agustín, a menudo citada: «Quien te creó sin ti no te justificará sin ti»[33]. Dios no salva al hombre a pesar suyo, como a un objeto, sino con él, como a un hijo que dice sí. La gracia no suprime la libertad: la cura y la libera para que pueda por fin amar.
Los tres momentos de la justificación en una vida
Fijar la doctrina no basta si no se ve cuándo y cómo la justificación toca una existencia concreta. La tradición distingue tres momentos: la primera justificación, su crecimiento y su restauración tras una caída.
La primera justificación: el Bautismo
En el punto de partida está la primera justificación, recibida en el Bautismo —o, para quien no puede recibirlo, en el deseo del sacramento unido a la fe y a la conversión[34]. Allí, gratuitamente, Dios perdona todos los pecados —incluido el pecado original— e infunde la gracia santificante. El hombre, que «nace hijo del primer Adán», llega a ser «hijo adoptivo de Dios». Es el «traslado» del que habla Trento: un instante que lo cambia todo, en que el pecador es hecho justo. En nada se la merece; se la recibe.
El crecimiento de la justificación
La justificación no es un estado fijado: está llamada a crecer. Trento enseña, contra la idea de una justicia recibida una vez por todas e inmutable, que los justificados «crecen» en la justicia recibida y llegan a ser «más justos» por la observancia de los mandamientos, las buenas obras y los sacramentos[35]. Es la vertiente que la tradición llama la santificación: bajo la moción del Espíritu, el justificado puede desde ahora «merecer» las gracias útiles para su crecimiento —un mérito que, él mismo, «corresponde a Dios», fuente de todo bien en nosotros[36]. Este despliegue en la duración es el objeto propio del artículo ¿Qué es la santificación?.
La justificación recobrada: el sacramento de la Penitencia
Por fin, la justificación recibida puede perderse. Por el pecado mortal, el bautizado rechaza la gracia santificante y pierde el estado de justicia —sin perder el carácter del Bautismo, ni necesariamente la fe (solo un pecado directamente contra la fe la destruye). Pero Dios, rico en misericordia, ha previsto un camino de regreso: el sacramento de la Penitencia, al que los Padres llamaban «la segunda tabla de salvación tras el naufragio de la gracia perdida»[37]. La confesión no es un segundo bautismo, sino una segunda justificación: Dios hace en ella de nuevo justo al pecador arrepentido. Sobre esta pérdida y este regreso, ver ¿Se puede perder la salvación?, ¿Puede un cristiano perder su salvación? y ¿Qué es la reconciliación con Dios?; sobre el camino concreto, ¿Cómo hacer una buena confesión?.
¿Se puede estar seguro de estar justificado?
Queda una pregunta que pesó mucho en el debate: ¿puedo tener la certeza de estar en estado de gracia? Trento responde con matiz: sin una revelación especial, nadie puede tener una certeza de fe absoluta de su propia justificación, porque nadie conoce el fondo de su corazón con una evidencia infalible[38]. Pero esta prudencia no es ni angustia ni duda corrosiva: llama a una esperanza firme, fundada no en nuestros méritos sino en la fidelidad de Dios. El justo debe «esperar firmemente» en el socorro divino, trabajando a la vez en su salvación «con temor y temblor» (Flp 2, 12)[39]. Este justo equilibrio —entre presunción y desesperación— se desarrolla en ¿Es bíblica la seguridad de la salvación?.
En resumen: la justificación en pocas frases
La justificación es el acto por el cual Dios, por pura gracia y en virtud de la Pasión de Cristo, hace pasar al pecador del estado de pecado al estado de gracia: le perdona sus pecados y, en el mismo movimiento, lo hace realmente justo, lo santifica y lo adopta como hijo suyo. No es ni una ficción jurídica —Dios no se contenta con «cubrir» un corazón que seguiría siendo pecador— ni un salario ganado por nuestras obras. Según el Concilio de Trento, comporta la remisión de los pecados y la renovación del hombre interior; su causa formal es una justicia «por la que Dios nos hace justos», no una justicia solo imputada desde fuera. Tiene por raíz la fe —pero una fe viva, que actúa por la caridad. Se recibe primero en el Bautismo, crece por la santificación y se recobra, tras una caída grave, por el sacramento de la Penitencia. Todo en ella es gracia, y sin embargo la libertad responde en ella realmente: «Quien te creó sin ti no te justificará sin ti.» Y esta obra, dice san Agustín, es mayor que la creación del cielo y de la tierra —porque un alma hecha justa permanece para la eternidad.
Para ir más lejos
- ¿Qué es la salvación? — el conjunto de la obra cuya justificación es el primer tiempo.
- ¿Qué es la Redención? — el acto de Cristo que hace posible la justificación.
- ¿Qué es la santificación? — la justificación que crece en la duración.
- ¿Somos salvos solo por la fe? — el debate detallado sobre la fe y las obras.
- ¿Qué es la gracia santificante? — la vida divina recibida en la justificación.
- ¿Qué es la gracia actual? — los socorros de Dios que preparan y sostienen la conversión.
- ¿Qué es la reconciliación con Dios? — la amistad rota y rehecha.
- ¿Qué es el arrepentimiento? — el vuelco del corazón que acoge la justificación.
- ¿Se puede perder la salvación? — por qué la justificación puede perderse y recobrarse.
- ¿Es bíblica la seguridad de la salvación? — esperanza firme sin presunción.
- ¿Es necesario el Bautismo para la salvación? — el Bautismo, instrumento de la primera justificación.
- ¿Qué dice la Iglesia sobre los protestantes? — las relaciones doctrinales con el mundo de la Reforma.
Notas y referencias
Carta a los Romanos 5, 1 (traducción litúrgica oficial francófona AELF): «Estamos, pues, justificados por la fe; estamos en paz con Dios por nuestro Señor Jesucristo.» Cf. CEC § 1992.
1Catecismo de la Iglesia Católica (ed. definitiva 1997), § 1987: «La gracia del Espíritu Santo tiene el poder de justificarnos, es decir, de lavarnos de nuestros pecados y de comunicarnos "la justicia de Dios por la fe en Jesucristo" (Rom 3, 22) y por el Bautismo.»
2Sobre el sentido de iustificare como «hacer justo» (y no solo «declarar justo»), ver Concilio de Trento, sesión VI (1547), Decreto sobre la justificación, cap. 7: la causa formal es «la justicia de Dios, no aquella por la que él mismo es justo, sino aquella por la que nos hace justos» (Denzinger-Schönmetzer [DS] 1529).
3El griego dikaioô (δικαιόω, «hacer justo, justificar») y dikaiosynê (δικαιοσύνη, «justicia») traducen el hebreo tsadaq / tsedaqah. En la Biblia, la «justicia de Dios» (tsedaqah, griego dikaiosynê theou) designa menos una justicia punitiva que la fidelidad salvífica de Dios a su alianza, que restablece y salva (cf. Is 45, 8; 46, 13; Sal 98, 2). Cf. CEC § 1991-1992.
4Carta a los Romanos 3, 23-24 (AELF): «Todos, en efecto, pecaron, están privados de la gloria de Dios, y son justificados gratuitamente por su gracia, en virtud de la redención realizada en Cristo Jesús.» Cf. CEC § 1987.
5Carta a los Gálatas 2, 16 (AELF): «sabemos que el hombre no puede llegar a ser justo por la práctica de la Ley, sino solo por la fe en Jesucristo.» Cf. Rom 3, 28.
6Concilio de Trento, sesión VI, cap. 8 (DS 1532): la fe es llamada «gratuita» precisamente porque «nada de lo que precede a la justificación, ni la fe ni las obras, merece la gracia misma de la justificación». Cf. también canon 1 (DS 1551) y canon 3 (DS 1553).
7Libro de Jeremías 23, 6 (AELF): «En aquellos días, Judá será salvo, Israel habitará seguro. Y este es el nombre que le darán: "El-Señor-es-nuestra-justicia".» Anuncio del Mesías que será él mismo la justicia de su pueblo.
8Libro de Ezequiel 36, 26 (AELF): «Os daré un corazón nuevo, pondré en vosotros un espíritu nuevo. Quitaré de vuestra carne el corazón de piedra, os daré un corazón de carne.» Promesa de la renovación interior que la justificación cumple.
9Concilio de Trento, sesión VI, Decreto sobre la justificación (Decretum de iustificatione), promulgado el 13 de enero de 1547: dieciséis capítulos doctrinales seguidos de treinta y tres cánones (DS 1520-1583). Es la síntesis magisterial más completa sobre la justificación; el Catecismo de la Iglesia Católica (§ 1987-1995) retoma lo esencial. Texto de referencia: H. Denzinger, Symboles et définitions de la foi catholique, ed. P. Hünermann, Cerf.
10Concilio de Trento, sesión VI, cap. 4 (DS 1524): «[la justificación] es un traslado del estado en que el hombre nace hijo del primer Adán al estado de gracia y de adopción de hijos de Dios (cf. Rom 8, 15), por el segundo Adán Jesucristo nuestro Salvador.»
11 34Concilio de Trento, sesión VI, cap. 7 (DS 1528): «la justificación [...] no es solo remisión de los pecados, sino también santificación y renovación del hombre interior por la recepción voluntaria de la gracia y de los dones.»
12Catecismo de la Iglesia Católica, § 1989, citando al Concilio de Trento, sesión VI, cap. 7 (DS 1528): «La justificación comporta, pues, la remisión de los pecados, la santificación y la renovación del hombre interior.»
13Carta a los Romanos 5, 5 (AELF): «Y la esperanza no defrauda, porque el amor de Dios ha sido derramado en nuestros corazones por el Espíritu Santo que nos fue dado.» Versículo citado por el Concilio de Trento (cap. 7) y CEC § 1991, § 733.
14Catecismo de la Iglesia Católica, § 1994: «La justificación es la obra más excelente del amor de Dios manifestado en Cristo Jesús.» El § cita a san Agustín, In Iohannis Evangelium tractatus 72, 3 (PL 35, 1823): «Que el impío sea justificado es una obra mayor que la creación del cielo y de la tierra, porque el cielo y la tierra pasarán, mientras que la salvación y la justificación de los predestinados [...] permanecerán.»
15Concilio de Trento, sesión VI, cap. 7 (DS 1529) enumera las causas de la justificación: causa final (la gloria de Dios y de Cristo y la vida eterna), causa eficiente (Dios misericordioso que lava y santifica gratuitamente), causa meritoria (Cristo amado que, por su santísima Pasión, nos mereció la justificación), causa instrumental (el sacramento del Bautismo, «sacramento de la fe»), y causa formal (la justicia de Dios por la que nos hace justos).
16Concilio de Trento, sesión VI, cap. 7 (DS 1529): «la causa formal única [de la justificación] es la justicia de Dios, no aquella por la que él mismo es justo, sino aquella por la que nos hace justos, a saber, aquella con la que, agraciados por él, somos renovados en el espíritu de nuestra alma.»
17Concilio de Trento, sesión VI, cap. 7 (DS 1529): la causa instrumental de la primera justificación es «el sacramento del Bautismo, que es el sacramento de la fe, sin la cual nadie ha obtenido jamás la justificación.»
18Primera Carta a los Corintios 6, 11 (AELF): «Y esto erais, al menos algunos de vosotros. Pero habéis sido lavados, habéis sido santificados, habéis llegado a ser justos en el nombre del Señor Jesucristo y en el Espíritu de nuestro Dios.»
19Carta a los Romanos 8, 17 (AELF): «Y si somos hijos, somos también herederos: herederos de Dios, herederos con Cristo.» Cf. Rom 8, 15 («el Espíritu que hace de vosotros hijos adoptivos») y CEC § 1996-1997.
20Catecismo de la Iglesia Católica, § 1999-2000: «La gracia de Cristo es el don gratuito que Dios nos hace de su vida [...]. La gracia santificante es un don habitual, una disposición estable y sobrenatural que perfecciona al alma misma para hacerla capaz de vivir con Dios, de actuar por su amor.» Cf. § 1266.
21Concilio de Trento, sesión VI, cap. 8 (DS 1532): «somos llamados justificados por la fe, porque la fe es el comienzo de la salvación del hombre, el fundamento y la raíz de toda justificación, sin la cual es imposible agradar a Dios (Heb 11, 6).»
22Carta a los Gálatas 5, 6 (AELF): «lo que cuenta es la fe que se hace operante por la caridad.» Versículo clave de la doctrina católica de la «fe que obra por el amor» (fides caritate formata).
23Carta de Santiago 2, 24 (AELF): «Ya lo veis: el hombre llega a ser justo por las obras, y no solo por la fe.» Léase con Sant 2, 14-26 («la fe sin obras está muerta»).
24Concilio de Trento, sesión VI, cap. 7 (DS 1530-1531) y canon 11 (DS 1561): en la justificación, el hombre recibe, con la remisión de los pecados, «la fe, la esperanza y la caridad infusas»; una fe no unida a la esperanza y a la caridad «no une perfectamente a Cristo ni hace miembro vivo de su cuerpo» (cf. cap. 7). De ahí el rechazo católico de la fórmula «la fe sola» tomada en el sentido de una fe sin caridad.
25Sobre la doctrina luterana de la justicia imputada y del «simul iustus et peccator» (a la vez justo y pecador), ver M. Lutero, Comentario de la Carta a los Romanos (1515-1516) y De la libertad del cristiano (1520). La justicia del creyente es en ellos una iustitia aliena (justicia extraña) de Cristo, imputada por gracia y captada por la sola fe (sola fide). Presentación histórica en la Declaración conjunta sobre la doctrina de la justificación (1999), § 22-23.
26Concilio de Trento, sesión VI, canon 11 (DS 1561): «Si alguno dijere que los hombres son justificados o por la sola imputación de la justicia de Cristo, o por la sola remisión de los pecados, con exclusión de la gracia y de la caridad que es derramada en sus corazones por el Espíritu Santo (cf. Rom 5, 5) y les es inherente, o también que la gracia por la que somos justificados no es más que el favor de Dios: sea anatema.»
27Declaración conjunta sobre la doctrina de la justificación (Joint Declaration on the Doctrine of Justification), Federación Luterana Mundial y Consejo Pontificio para la Unidad de los Cristianos, firmada en Augsburgo el 31 de octubre de 1999, § 15: «Juntos confesamos: solo por gracia, en la fe en la obra salvífica de Cristo y no por mérito alguno de nuestra parte, somos aceptados por Dios y recibimos el Espíritu Santo que renueva nuestros corazones, capacitándonos y llamándonos a las buenas obras.» (traducción del texto oficial inglés, verificado: «Together we confess: By grace alone, in faith in Christ's saving work and not because of any merit on our part, we are accepted by God and receive the Holy Spirit, who renews our hearts while equipping and calling us to good works.»)
28Declaración conjunta (1999), § 5 y § 18-39: el texto reconoce un «consenso sobre las verdades fundamentales de la doctrina de la justificación» enumerando a la vez los puntos donde los acentos siguen siendo diferentes (la cooperación humana, la naturaleza del pecado en el justificado, la certeza de la salvación, el mérito y las buenas obras). El consenso alcanzado no suprime estas diferencias pero establece que ya no justifican las condenas doctrinales del siglo XVI en este punto.
29Concilio de Orange II (529), cánones 3-7 (DS 373-377), contra el semipelagianismo: el comienzo mismo de la fe y el deseo de creer (initium fidei, pius credulitatis affectus) son ya efecto de la gracia preveniente, no una producción de la sola naturaleza. Este concilio, confirmado por el papa Bonifacio II en 531, fija la doctrina de la gracia preveniente retomada por CEC § 1998 y § 2010.
30Catecismo de la Iglesia Católica, § 2010: «Perteneciendo a Dios la iniciativa en el orden de la gracia, nadie puede merecer la gracia primera, en el origen de la conversión, del perdón y de la justificación.»
31Catecismo de la Iglesia Católica, § 1993: «La justificación establece la colaboración entre la gracia de Dios y la libertad del hombre. Por parte del hombre se expresa en el asentimiento de la fe a la Palabra de Dios que lo invita a la conversión y en la cooperación de la caridad a la moción del Espíritu Santo que lo previene y lo custodia.»
32San Agustín, Sermón 169, 11, 13 (PL 38, 923): «Qui ergo fecit te sine te, non te iustificat sine te» — «Quien, pues, te creó sin ti no te justifica sin ti.» Citado a menudo bajo la forma «Quien te creó sin ti no te salvará sin ti»; cf. CEC § 1847.
33Concilio de Trento, sesión VI, cap. 10 (DS 1535) y canon 24 (DS 1574): contra la idea de una justicia recibida una vez por todas y sin crecimiento, el concilio enseña que los justificados, «observando los mandamientos de Dios y de la Iglesia, crecen por las buenas obras [...] en esta justicia recibida por la gracia de Cristo, y son más justificados.»
35Catecismo de la Iglesia Católica, § 2010: «Bajo la moción del Espíritu Santo y de la caridad, podemos después merecer para nosotros mismos y para los demás las gracias útiles para nuestra santificación, para el crecimiento de la gracia y de la caridad como para la obtención de la vida eterna.» Cf. § 2008: «El mérito del hombre ante Dios [...] proviene de que Dios ha dispuesto libremente asociar al hombre a la obra de su gracia.»
36Concilio de Trento, sesión VI, cap. 14 (DS 1542) y sesión XIV, cap. 2 (DS 1672): el sacramento de la Penitencia es llamado, tras san Jerónimo, «la segunda tabla tras el naufragio» (secunda post naufragium tabula) —el medio por el cual los caídos tras el Bautismo pueden recobrar la justicia perdida. Cf. CEC § 1446.
37Concilio de Trento, sesión VI, cap. 9 (DS 1533-1534) y canon 13 (DS 1563): sin una revelación particular, nadie puede tener la certeza de fe absoluta e infalible de estar en estado de gracia; pero cada uno debe guardar una «firme esperanza» en el socorro de Dios. Esta prudencia excluye a la vez la presunción y la desesperación.
38Carta a los Filipenses 2, 12-13 (AELF): «trabajad en vuestra salvación con temor y profundo respeto, porque es Dios quien obra en vosotros el querer y el hacer, según su designio benevolente.» El «temor» bíblico no es la angustia sino el respeto vigilante del don recibido; cf. CEC § 1949.
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