¿Puede un católico votar por un candidato proabortista?

La Iglesia no responde con un sí o un no automático. Votar por un candidato debido a su postura favorable al aborto es una cooperación formal con el mal, siempre prohibida; votar por él a pesar de esta postura, por razones graves y proporcionadas, puede seguir siendo lícito.

Ignispedia

Pocas preguntas de moral política se repiten tanto en la proximidad de unas elecciones: ¿puede un católico votar por un candidato favorable al aborto? La respuesta de la Iglesia no es ni un «sí» indiferente, ni un «no» automático. Es precisa, y se basa completamente en una distinción de teología moral: la que existe entre la cooperación formal y la cooperación material al mal.

El principio puede resumirse en una frase. Votar por un candidato porque es favorable al aborto — para promover esa causa — es siempre gravemente ilícito: es compartir directamente una voluntad de muerte. Pero votar por un candidato a pesar de su posición sobre el aborto, sin compartirla, por otras razones graves y proporcionadas, puede seguir siendo lícito: es una cooperación solo material y remota, que la Iglesia no condena en principio[1].

Esta respuesta no es una escapatoria diplomática. Se basa en dos afirmaciones que la Iglesia sostiene firmemente y que deben considerarse juntas. Por un lado, el aborto no es una opinión política más: es un mal intrínseco, la supresión directa de una vida humana inocente, que nada puede justificar[2]. Por otro lado, el voto es un acto moral del que el ciudadano es responsable ante Dios, y que nunca se reduce a un solo asunto, por grave que sea[3].

Este artículo expone la doctrina católica sobre el voto ante el aborto: por qué no todas las cuestiones morales tienen el mismo peso, qué significan las famosas «razones proporcionadas», qué pide la Iglesia tanto al legislador como al elector, y cómo discernir cuando ningún candidato es plenamente aceptable. Para el fundamento mismo de la condena del aborto, se remite al artículo dedicado; aquí, el objeto es el discernimiento del votante.

Una pregunta mal planteada — y la respuesta de la Iglesia

Por qué la respuesta no es ni «sí» ni «no»

La pregunta tal como se formula en los medios — «¿tiene un católico derecho a votar por tal candidato?» — casi siempre está mal planteada, porque espera una respuesta binaria a un problema que depende de la intención y de las circunstancias. La moralidad de un acto humano no se juzga solo por su objeto, sino también por el fin buscado y las circunstancias[4]. Una misma papeleta depositada en la urna puede ser un pecado grave o un acto lícito según lo que el elector quiere y según lo que está en su poder.

Por eso la Iglesia no publica una lista de candidatos autorizados. Enseña principios y forma conciencias, dejando a cada fiel la responsabilidad del juicio prudencial concreto. El papel de los pastores no es decir por quién votar, sino recordar lo que nunca se negocia y lo que queda a la libre apreciación[5].

La trampa del voto de un solo asunto y del «mal menor»

Dos atajos opuestos falsean el debate. El primero reduce el voto a un único asunto: «voto contra el aborto, así que todo lo demás me da igual». El segundo disuelve el aborto en una lista indiferenciada de asuntos: «el aborto, la economía, la ecología, la inmigración… todo vale igual, elijo según mis preferencias». La Iglesia rechaza ambos.

La distinción decisiva: compartir la intención del mal convierte la cooperación en formal y siempre prohibida; no compartirla puede ser una cooperación material remota.

Contra el primero, recuerda que un elector no debe «usar la oposición de un candidato a un mal intrínseco para justificar la indiferencia o la falta de atención a otras cuestiones morales importantes que afectan la vida y la dignidad humanas»[6]. Contra el segundo, recuerda que no todas las cuestiones tienen el mismo peso moral: no se pone al mismo nivel la protección del inocente y un desacuerdo sobre los tipos impositivos. Mantener ambos extremos es exactamente lo que la doctrina católica del voto exige.

El aborto: un mal intrínseco, no una opinión más

Lo que la Iglesia sostiene desde el primer siglo

Antes de hablar del voto, hay que medir la gravedad de lo que se habla. La Iglesia no clasifica el aborto entre los temas discutibles: lo considera un mal intrínseco, es decir, un acto malo por su mismo objeto, que ninguna intención ni circunstancia puede hacer bueno. Esta enseñanza es constante desde los orígenes cristianos:

«Desde el primer siglo, la Iglesia ha afirmado la malicia moral de todo aborto provocado. Esta enseñanza no ha cambiado. Permanece invariable. El aborto directo, es decir, querido como fin o como medio, es gravemente contrario a la ley moral.» — Catecismo de la Iglesia Católica, § 2271[7]

El Concilio Vaticano II, lejos de atenuar esta línea, la reafirmó solemnemente al incluir el aborto entre los atentados más graves contra la vida:

«La vida, desde su concepción, debe ser salvaguardada con sumo cuidado; el aborto y el infanticidio son crímenes abominables.» — Concilio Vaticano II, constitución Gaudium et Spes, § 51[8]

Esta calificación — crimen abominable — no es un exceso retórico: sitúa el aborto en la categoría de actos que la ley moral prohíbe de manera absoluta, sin excepción posible.

Un derecho que la ley civil debería proteger

Para la doctrina católica, el derecho a la vida del niño por nacer no es una creencia confesional reservada a los fieles: es un derecho natural, inscrito en la dignidad de toda persona humana, que la autoridad política tiene el deber de reconocer y proteger.

«Los derechos inalienables de la persona deben ser reconocidos y respetados por la sociedad civil y la autoridad política. Estos derechos humanos no dependen ni de los individuos ni de los padres, y tampoco representan una concesión de la sociedad y del Estado: pertenecen a la naturaleza humana y son inherentes a la persona.» — Catecismo de la Iglesia Católica, § 2273[9]

Es precisamente porque este derecho pertenece a la ley natural — accesible a la razón de todos, creyentes o no — que un ciudadano católico puede defenderlo en la ciudad sin imponer un dogma a nadie. El argumento pro-vida más riguroso no es religioso: se basa en un dato biológico simple — el embrión humano es, desde la concepción, un organismo humano individual vivo — y en un principio moral universal: es injusto matar a un ser humano inocente[10].

Por qué no todas las cuestiones tienen el mismo peso moral

Aquí se juega todo el discernimiento electoral. El cardenal Joseph Ratzinger, entonces prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe, lo formuló con una claridad decisiva:

«No todas las cuestiones morales tienen el mismo peso moral que el aborto y la eutanasia. Por ejemplo, si un católico estuviera en desacuerdo con el Santo Padre sobre la aplicación de la pena de muerte o sobre la decisión de hacer la guerra, no sería por ello considerado indigno de presentarse para recibir la santa comunión. (…) Puede existir una diversidad legítima de opiniones, incluso entre católicos, sobre hacer la guerra o aplicar la pena de muerte, pero no en lo que respecta al aborto y la eutanasia.» — Cardenal Joseph Ratzinger, Nota sobre la digna recepción de la santa comunión, 2004, punto 3[11]

Benedicto XVI, ya como Papa, dio a esta jerarquía su expresión más conocida hablando de valores no negociables:

«Estos valores no son negociables. Así, por ejemplo, cuando la vida política pretende tocar los fundamentos antropológicos, el respeto y la defensa de la vida humana desde la concepción hasta la muerte natural (…) se convierten en puntos sobre los que no se puede transigir.» — Benedicto XVI, exhortación apostólica Sacramentum Caritatis, § 83 (2007)[12]

Tres principios son así no negociables: la protección de la vida desde la concepción hasta la muerte natural, el reconocimiento de la familia fundada en el matrimonio entre un hombre y una mujer, y el derecho de los padres a educar a sus hijos[13]. En cuanto al resto — fiscalidad, política económica, modalidades de acogida migratoria, estrategia energética — la Iglesia reconoce una «legítima pluralidad de opciones temporales»[14]. En estos temas, católicos sinceros pueden votar diferente; en el aborto, no.

Madre Teresa de Calcuta, ante el presidente de los Estados Unidos reunido con el Congreso, dijo lo mismo en el lenguaje de los pobres:

Santa Madre Teresa en Bonn en 1986, durante un encuentro pro-vida. Foto Wikimedia Commons.

«Siento que el mayor destructor de la paz hoy es el aborto, porque es una guerra directa, un asesinato directo cometido por la propia madre.» — Santa Madre Teresa, discurso en el National Prayer Breakfast, Washington, 3 de febrero de 1994[15]

El deber de votar y los límites de la obediencia civil

Votar, un acto moral y un deber

La abstención sistemática no es, para la Iglesia, una posición neutral. Participar en la vida pública corresponde a la responsabilidad del cristiano hacia el bien común. El Catecismo incluye explícitamente el voto entre los deberes del ciudadano:

«La sumisión a la autoridad y la corresponsabilidad del bien común exigen moralmente el pago de impuestos, el ejercicio del derecho al voto, la defensa del país.» — Catecismo de la Iglesia Católica, § 2240[16]

La Congregación para la Doctrina de la Fe va más allá: «los fieles laicos no pueden en absoluto renunciar a la participación en la "política"», es decir, a la acción multiforme al servicio del bien común[17]. Por tanto, el voto no es un pasatiempo cívico opcional: es, para el bautizado, un lugar de ejercicio de la caridad y la justicia.

Nadie puede hacer el mal para que resulte un bien

Pero este deber tiene un límite absoluto, que es también un principio fundamental de toda la moral cristiana:

«Nunca está permitido hacer el mal para que resulte un bien.» — Catecismo de la Iglesia Católica, § 1789[18]

Y cuando la ley civil contradice la ley moral, la obediencia deja de ser un deber para convertirse en una falta:

«El ciudadano está obligado en conciencia a no seguir las prescripciones de las autoridades civiles cuando estos preceptos son contrarios a las exigencias del orden moral, a los derechos fundamentales de las personas o a las enseñanzas del Evangelio.» — Catecismo de la Iglesia Católica, § 2242[19]

El cardenal Joseph Ratzinger en Roma en 1988. Prefecto de la CDF, formuló en 2004 el principio más citado sobre el voto católico frente al aborto. Foto Wikimedia Commons.

Votar para hacer avanzar un mal intrínseco equivaldría precisamente a hacer el mal — no a sufrirlo. Esto es lo que se va a precisar a continuación.

La clave doctrinal: cooperación formal y cooperación material

Toda la respuesta de la Iglesia se basa en una distinción que la teología moral ha elaborado durante siglos para juzgar las situaciones en las que se contribuye, de cerca o de lejos, al pecado ajeno: la cooperación al mal. Un elector no comete él mismo el aborto; pero al llevar al poder a alguien que lo promueve, coopera de alguna manera. La cuestión es saber cómo.

Cooperar «formalmente» al mal: siempre ilícito

Se habla de cooperación formal cuando se comparte la intención mala de quien actúa — cuando se quiere, también uno mismo, que el mal se realice. Esta cooperación es siempre y sin excepción prohibida, porque nos convierte en cómplices voluntarios del mal mismo.

«Nunca es lícito cooperar formalmente al mal. Esta cooperación ocurre cuando la acción realizada, por su misma naturaleza o por la forma que adopta en un contexto determinado, se califica como una participación directa en un acto contra la vida humana inocente, o como un compartir la intención inmoral del agente principal.» — Juan Pablo II, encíclica Evangelium Vitae, § 74[20]

Aplicado al voto, esto significa: si voto por un candidato porque hará avanzar el aborto — porque eso es lo que espero y quiero de él — comparto su intención. Coopero formalmente. Es gravemente pecaminoso.

Cooperar «materialmente»: a veces permitido

Se habla de cooperación material cuando no se comparte la intención mala, pero nuestro acto contribuye, sin embargo, indirectamente, a que el mal se produzca. Esta cooperación puede ser más o menos cercana o remota al acto malo. Cuando es remota, puede volverse lícita si existe una razón proporcionada — es decir, un bien a obtener o un mal a evitar suficientemente grave para justificar que se tolere esta contribución indirecta.

El voto pertenece como máximo a esta categoría: el elector no decide él mismo el aborto, elige a un representante cuyos poderes son múltiples y cuyos actos futuros son inciertos. Su cooperación, si rechaza interiormente la posición abortista, es material y remota.

El principio de Ratzinger (2004) aplicado al voto

Esto es exactamente lo que resolvió el cardenal Ratzinger en el pasaje más citado sobre esta cuestión, una nota dirigida en 2004 a los obispos estadounidenses:

«Un católico sería culpable de cooperación formal al mal, y por tanto indigno de presentarse a la santa comunión, si votara deliberadamente por un candidato precisamente por la posición permisiva del candidato sobre el aborto o la eutanasia. Cuando un católico no comparte la posición de un candidato a favor del aborto o la eutanasia, pero vota por ese candidato por otras razones, esto se considera una cooperación material remota, que puede permitirse en presencia de razones proporcionadas.» — Cardenal Joseph Ratzinger, Nota sobre la digna recepción de la santa comunión, 2004, nota bene del punto 6[21]

La misma papeleta no tiene el mismo alcance moral según la intención: votar a causa de la posición pro-aborto está prohibido; votar a pesar de esta posición puede ser lícito por una razón proporcionada.

Todo está ahí. La misma acción exterior — votar por ese candidato — está prohibida si está motivada por la posición abortista, y permitida si se hace a pesar de ella, por razones graves. La frontera está en el corazón.

« Votar a causa de » contra « votar a pesar de »

El caso prohibido: elegir a un candidato precisamente por su posición proabortista

El primer caso es el más claro. Un elector católico que eligiera a un candidato porque promete ampliar el aborto, y que viera en esta promesa un motivo para su voto, asumiría la intención de suprimir vidas humanas. No importa que él mismo nunca tome un instrumento: él quiere el resultado. Esta es la definición misma de la cooperación formal, «siempre ilícita»[22]. Las conferencias episcopales lo expresan sin rodeos:

«Un católico no puede votar por un candidato que apoye una política que favorezca un acto intrínsecamente malo, como el aborto (…), si la intención del elector es apoyar esa posición.» — Conferencia de Obispos de Estados Unidos, Formar la conciencia para una ciudadanía fiel, § 34[23]

El caso permitido: votar a pesar de esa posición, por razones proporcionadas

El segundo caso es el de la mayoría de las situaciones reales, donde ningún candidato es perfecto. Un elector puede rechazar la posición abortista de un candidato y votar por él de todos modos, debido a otros asuntos de gravedad suficiente.

«Puede ocurrir que un católico que rechaza la posición inaceptable de un candidato, incluso en políticas que favorecen un acto intrínsecamente malo, decida razonablemente votar por ese candidato por otras razones moralmente graves. Votar así solo estaría permitido por razones moralmente verdaderamente graves, no para servir intereses estrechos o preferencias partidistas, ni para ignorar un mal moral fundamental.» — Conferencia de Obispos de Estados Unidos, Formar la conciencia para una ciudadanía fiel, § 35[24]

El elector, en este caso, no quiere el aborto; lo lamenta, lo combate por otros medios, pero juzga que renunciar a votar por ese candidato causaría un mal aún mayor. Es una cooperación material remota, lícita si la razón es proporcionada.

¿Qué es una «razón proporcionada»?

El término se invoca a menudo erróneamente, como una llave que justifica cualquier voto. Sin embargo, una razón proporcionada no es un simple desacuerdo político, ni una preferencia económica o partidista. Para ser proporcionada a la gravedad del aborto —la supresión directa de vidas humanas inocentes por millones—, debe ella misma afectar bienes de gravedad comparable.

Los moralistas católicos establecen varios criterios para evaluar esta proporción:

Criterio del juicioPregunta a plantearseEfecto sobre la licitud del voto
Gravedad del mal tolerado¿El aborto promovido es marginal o masivo, regulado o ilimitado?Cuanto más grave es el mal, más grave debe ser la razón contraria
Poder real del candidato¿Podrá el candidato realmente ampliar el aborto, o su papel es limitado?Un poder débil disminuye la cooperación
Existencia de una alternativa¿Existe otro candidato creíble, menos dañino para la vida?Si existe, la razón para apoyar al peor se debilita
Bienes en juego por otro lado¿Los otros asuntos afectan la vida, la dignidad, la paz, la justicia fundamental?Solo bienes graves pueden compensar
Intención del elector¿Quiero el mal, o solo lo tolero a pesar mío?La intención de promover el mal hace todo ilícito

Concretamente: invocar una bajada de impuestos o una reforma administrativa para apoyar a un candidato que haría el aborto ilimitado no constituye una razón proporcionada. En cambio, la preocupación por evitar una catástrofe humanitaria, una guerra injusta, la persecución de poblaciones enteras, o proteger otras vidas amenazadas, puede alcanzar ese umbral. El juicio sigue siendo prudencial: no se deduce mecánicamente, pero tampoco es arbitrario.

El caso particular del legislador: Evangelium Vitae 73

Un caso cercano aclara aún más la doctrina: el del elegido que, no pudiendo derogar una ley permisiva, ¿puede votar una ley menos permisiva? Juan Pablo II respondió en un pasaje famoso de Evangelium Vitae, aplicado a menudo por analogía al elector:

Juan Pablo II en 1979. En Evangelium Vitae, distingue la aprobación de una ley injusta y el apoyo limitado a una medida que reduce un mal ya existente. Foto Wikimedia Commons.

«Cuando no fuera posible derogar completamente una ley que permite el aborto o poner fin a su aplicación, un parlamentario, cuya oposición personal absoluta al aborto fuera manifiesta y conocida por todos, podría lícitamente apoyar propuestas destinadas a limitar los perjuicios de dicha ley y así disminuir sus efectos negativos en el plano de la cultura y la moral pública.» — Juan Pablo II, encíclica Evangelium Vitae, § 73[25]

El principio es claro: no se vota una ley inicua, pero se puede reducir un mal que no se puede suprimir, con dos condiciones estrictas — que la oposición de fondo al aborto sea clara y pública, y que el objetivo sea realmente limitar el mal, no avalarlo. Trasladado al elector, este razonamiento justifica la elección de un candidato menos favorable al aborto frente a uno más favorable, cuando ningún candidato plenamente pro-vida puede ganar. No es aprobar un mal: es limitar su extensión.

¿Y cuando ningún candidato es aceptable?

Jerarquizar sin relativizar

En muchas elecciones, ningún candidato defiende plenamente la dignidad de la vida. El elector católico se encuentra entonces ante posiciones todas imperfectas. La regla no es renunciar al discernimiento, sino jerarquizar: sopesar la gravedad de los males promovidos, el poder real de cada candidato y los bienes que protegen por otro lado. El voto por el candidato menos desfavorable a la vida — no porque se aprueben sus faltas, sino para impedir un mal mayor — es entonces una aplicación directa del principio de Evangelium Vitae 73.

El voto en blanco, la abstención, el candidato menos dañino

Se abren tres opciones cuando todos los candidatos son gravemente deficientes: votar por el menos dañino, votar en blanco o abstenerse. Ninguna es impuesta por la Iglesia, que deja aquí un verdadero espacio para el juicio prudencial. El deber de participar (CEC § 2240) inclina a no desertar la cabina electoral; pero nadie está obligado a avalar un mal que juzga insoportable. Lo que se excluye es la indiferencia: negarse a discernir, votar por hábito o por interés estrecho cerrando los ojos ante la vida.

La tentación inversa: instrumentalizar el aborto para ignorar lo demás

Simétricamente, la Iglesia advierte contra una deriva opuesta: usar la etiqueta «pro-vida» de un candidato como un cheque en blanco que exime de examinar el resto de su programa.

«Un elector no debería usar la oposición de un candidato a un mal intrínseco para justificar la indiferencia o la falta de atención a otras cuestiones morales importantes que afectan la vida y la dignidad humanas.» — Conferencia de Obispos de Estados Unidos, Formar la conciencia para una ciudadanía fiel, § 37[26]

La defensa de la vida naciente no exime de la justicia hacia los pobres, del respeto al migrante, del rechazo a la tortura o a la guerra injusta. La coherencia pro-vida es global: comienza en la concepción, pero no se detiene ahí.

Conciencia, prudencia y sus límites

Una conciencia bien formada no es un pretexto

El argumento «voto según mi conciencia» es justo — pero a menudo se malinterpreta. La conciencia no es una libertad para decidir lo que está bien o mal; es el juicio por el cual se reconoce el bien y el mal ya inscritos en la ley moral[27]. Una conciencia bien formada se deja instruir por la Palabra de Dios, por la enseñanza de la Iglesia y por la razón recta. Invocar la conciencia para apoyar activamente el aborto no es seguir la conciencia: es deformarla.

«Una conciencia bien formada nunca llevará a nadie a concluir que está permitido votar por una política en contradicción frontal con la ley moral.» — Conferencia de Obispos de Estados Unidos, Formar la conciencia para una ciudadanía fiel, § 34[28]

El juicio prudencial sigue siendo personal — pero no arbitrario

Una vez establecidos los principios — el aborto es un mal intrínseco, nunca se vota a favor de él, una cooperación material exige una razón proporcionada —, su aplicación a una elección concreta sigue siendo un acto de prudencia personal. Dos católicos igualmente fieles pueden evaluar de manera diferente el poder real de un candidato o la gravedad comparativa de los asuntos, y llegar a votos distintos sin que uno traicione la fe. Pero esta libertad tiene un límite: nunca cubre la aprobación del aborto mismo. La prudencia discierne los medios; no renegocia los fines.

Objeciones frecuentes

«Personalmente estoy en contra, pero no quiero imponerlo»

Es la fórmula clásica. Confunde dos cosas: una convicción privada y una verdad de justicia. Se puede decir «personalmente estoy en contra del robo, pero no lo impongo» sin incoherencia solo si el robo no hace víctima — lo cual es falso. De igual modo, el aborto no es una opción de vida privada sin terceros afectados: hay una víctima, el niño. Defender su derecho a la vida no es imponer una religión; es la exigencia elemental de la justicia hacia el más débil, que toda sociedad tiene el deber de proteger[29].

«Es un voto de un solo tema»

Reprochar al católico que reduzca la política a un solo tema sería justificado si se tratara de un tema menor. Pero el aborto afecta el derecho más fundamental — aquel sin el cual ningún otro derecho tiene sujeto: no se goza ni de la libertad, ni de la igualdad, ni de la salud si primero se ha sido eliminado. No es un tema entre otros: es la condición de posibilidad de todos los demás. Sin embargo, la Iglesia no pide subordinar mecánicamente todo a él: pide reconocer su peso real, y nunca ponerlo a la par con un debate puramente técnico.

La legalidad de un acto nunca funda su moralidad. Una ley puede ser injusta — y lo es cuando contradice el derecho natural. «Una ley que no fuera justa no parece ser una ley», ya escribía san Agustín, retomado por santo Tomás de Aquino[30]. El Catecismo extrae la consecuencia directa: ante una prescripción contraria al orden moral, el ciudadano está «obligado en conciencia a no seguirla»[31]. Que algo esté permitido por la ley civil no obliga en absoluto a la conciencia a considerarlo bueno — y menos aún a promoverlo con su voto.

«¿Y la coherencia de vida: guerra, pobreza, migrantes, pena de muerte?»

Una brújula práctica para la cabina electoral: excluir toda aprobación del aborto, luego discernir la existencia real de una razón grave y proporcionada.

La objeción es seria y la Iglesia la asume — con una matización. Todos estos temas comprometen la dignidad humana y obligan a la conciencia católica. Pero no todos son del mismo orden moral. La guerra y la pena de muerte pertenecen a juicios donde «una diversidad legítima de opiniones» es posible entre católicos[32]: se puede debatir su aplicación sin dejar de ser fiel. El aborto y la eutanasia, en cambio, son males intrínsecos: no hay un «buen uso» de la supresión directa de un inocente. Reconocer esta diferencia de naturaleza no es despreciar las otras causas: es negarse a ahogar la más grave en la masa de las demás.

En resumen: una brújula para la cabina de votación

La doctrina católica sobre el voto frente al aborto puede resumirse en cuatro puntos simples, que deben considerarse juntos:

  1. Nunca se vota por un candidato a causa de su posición favorable al aborto. Esto sería una cooperación formal con el mal, siempre prohibida[33].
  2. Se puede votar por un candidato a pesar de esta posición, por razones graves y proporcionadas, sin compartirla: es una cooperación material remota, lícita[34].
  3. No todas las cuestiones tienen el mismo peso. La vida, el matrimonio y la educación son valores no negociables; el resto suele depender del juicio prudencial[35].
  4. La conciencia obliga, pero se forma. Nunca justifica la aprobación de un mal intrínseco, ni exime del deber de participar en la vida de la ciudad[36].

Votar como católico no significa cerrar los ojos ni lavarse las manos. Es llevar a la cabina de votación una conciencia iluminada por la verdad y ordenada al bien común — empezando por el bien de quien no puede votar: el niño por nacer.

Para profundizar

Notas y referencias

  1. Cardenal Joseph Ratzinger, Worthiness to Receive Holy Communion — General Principles (Nota sobre la digna recepción de la santa comunión), Congregación para la Doctrina de la Fe, julio 2004, punto 6 y su nota bene. Texto original: « Un católico sería culpable de cooperación formal en el mal, y por tanto indigno de presentarse a la Santa Comunión, si votara deliberadamente por un candidato precisamente por la postura permisiva de éste sobre el aborto y/o la eutanasia. Cuando un católico no comparte la postura de un candidato a favor del aborto y/o la eutanasia, pero vota por ese candidato por otras razones, se considera cooperación material remota, que puede permitirse en presencia de razones proporcionadas. »

    1 21 33
  2. Catecismo de la Iglesia Católica, § 2271. Cf. Didaché 2, 2; Epístola de Bernabé 19, 5; Tertuliano, Apologético 9, 8, sobre la condena del aborto desde los primeros siglos.

    2 7
  3. Conferencia de Obispos Católicos de los Estados Unidos (USCCB), Forming Consciences for Faithful Citizenship, edición revisada 2019, § 37. Traducción al francés del autor.

    3 6 26
  4. Catecismo de la Iglesia Católica, §§ 1750-1754, sobre las fuentes de la moralidad (objeto, intención, circunstancias).

    4
  5. Congregación para la Doctrina de la Fe, Nota doctrinal sobre algunas cuestiones relativas al compromiso y comportamiento de los católicos en la vida política, 24 de noviembre de 2002, § 3, sobre la « legítima pluralidad de opciones temporales ». Documento firmado por el cardenal Joseph Ratzinger, prefecto.

    5 14
  6. Concilio ecuménico Vaticano II, constitución pastoral Gaudium et Spes, 7 de diciembre de 1965, § 51: « el aborto y el infanticidio son crímenes abominables » (« abortus necnon infanticidium nefanda sunt crimina »).

    8
  7. Catecismo de la Iglesia Católica, § 2273. Cita Congregación para la Doctrina de la Fe, instrucción Donum Vitae (1987), III.

    9
  8. Para el detalle del argumento pro-vida no religioso (el embrión humano es un organismo humano individual desde la concepción; es inmoral matar a un ser humano inocente), ver Matthieu Lavagna, La Raison est pro-vie. Arguments non religieux contre l'avortement. Cf. también Robert P. George & Christopher Tollefsen, Embryo: A Defense of Human Life, Doubleday, 2008.

    10
  9. Cardenal Joseph Ratzinger, Worthiness to Receive Holy Communion — General Principles, CDF, 2004, punto 3. Texto original: « No todos los problemas morales tienen el mismo peso moral que el aborto y la eutanasia. (…) Puede haber una legítima diversidad de opinión incluso entre católicos sobre la guerra y la aplicación de la pena de muerte, pero no en cuanto al aborto y la eutanasia. »

    11 32
  10. Benito XVI, exhortación apostólica postsinodal Sacramentum Caritatis, 22 de febrero de 2007, § 83. Texto original italiano: « Questi valori non sono negoziabili. »

    12 35
  11. Benito XVI, Discurso a los participantes en el Congreso organizado por el Partido Popular Europeo, 30 de marzo de 2006: protección de la vida desde la concepción hasta la muerte natural, familia fundada en el matrimonio entre un hombre y una mujer, derecho de los padres a educar a sus hijos — « principios que no son negociables ».

    13
  12. Madre Teresa de Calcuta, discurso en el National Prayer Breakfast, Washington D.C., 3 de febrero de 1994. Texto original: « Siento que el mayor destructor de la paz hoy es el aborto, porque es una guerra contra el niño, un asesinato directo del niño inocente, asesinato por la propia madre. »

    15
  13. Catecismo de la Iglesia Católica, § 2240.

    16 36
  14. Congregación para la Doctrina de la Fe, Nota doctrinal (…) en la vida política, 24 de noviembre de 2002, § 1, citando el Concilio Vaticano II, Apostolicam Actuositatem.

    17
  15. Catecismo de la Iglesia Católica, § 1789, enunciando un principio constante de la moral cristiana (cf. Rm 3, 8: « ¿Hagamos el mal para que venga el bien? »).

    18
  16. Catecismo de la Iglesia Católica, § 2242. Cf. Hch 5, 29: « Es necesario obedecer a Dios antes que a los hombres. »

    19
  17. Juan Pablo II, encíclica Evangelium Vitae, 25 de marzo de 1995, § 74, sobre la prohibición absoluta de la cooperación formal con el mal.

    20 22
  18. USCCB, Forming Consciences for Faithful Citizenship, 2019, § 34. Traducción al francés del autor.

    23
  19. USCCB, Forming Consciences for Faithful Citizenship, 2019, § 35. Traducción al francés del autor. Texto original: « Votar de esta manera sería permisible solo por razones morales verdaderamente graves, no para promover intereses estrechos o preferencias partidistas o para ignorar un mal moral fundamental. »

    24 34
  20. Juan Pablo II, encíclica Evangelium Vitae, 25 de marzo de 1995, § 73, sobre el apoyo lícito de un parlamentario a una ley que limita los perjuicios de una ley abortiva existente.

    25
  21. Catecismo de la Iglesia Católica, § 1778, sobre la conciencia moral como juicio de la razón.

    27
  22. USCCB, Forming Consciences for Faithful Citizenship, 2019, § 34, sobre la conciencia bien formada. Traducción al francés del autor.

    28
  23. Catecismo de la Iglesia Católica, § 2273, sobre el deber de la sociedad civil y de la autoridad política de reconocer y proteger los derechos inalienables de la persona.

    29
  24. Santo Tomás de Aquino, Suma Teológica, Iª-IIae, q. 95, a. 2, citando a San Agustín, De libero arbitrio, I, 5: « lex iniusta non videtur esse lex » (« una ley injusta no parece ser ley »).

    30
  25. Catecismo de la Iglesia Católica, § 2242, op. cit.

    31