La palabra «sacramento» aparece sin cesar en la vida de la Iglesia: se habla del sacramento del Bautismo, del sacramento del Matrimonio, del «santísimo sacramento» del altar. Pero ¿qué es, en rigor, un sacramento? Muchos lo imaginan como una ceremonia más, un rito simbólico destinado a marcar una etapa de la vida, a modo de cumpleaños religioso. Eso se queda corto.
Para la Iglesia católica, un sacramento es un signo sensible y eficaz de la gracia, instituido por Cristo y confiado a la Iglesia, por el cual se nos dispensa la vida divina[1]. Cada palabra cuenta. Un sacramento es un signo — se ve, se oye, se toca. Pero es un signo eficaz: a diferencia de un símbolo ordinario, produce realmente lo que significa. El agua del Bautismo no representa solo la purificación: purifica. El pan consagrado no figura a Cristo: es Cristo.
Hay siete sacramentos, ni más ni menos: el Bautismo, la Confirmación, la Eucaristía, la Penitencia, la Unción de los enfermos, el Orden y el Matrimonio[2]. Todos fueron instituidos por Cristo mismo, y todos «contienen la gracia que significan»[3]. Recibidos con fe, son, según la doctrina católica, necesarios para la salvación[4].
Este artículo responde a la pregunta tal como se plantea más a menudo: ¿qué es un sacramento, cómo actúa y qué produce? Para la defensa de la institución divina de los siete frente a las objeciones protestantes, remítase al dosier ¿Por qué los católicos tienen siete sacramentos?; para cada sacramento en particular, a los artículos especializados señalados en el camino.
Una definición en una frase: «un signo eficaz de la gracia»
El punto de partida debe ser el texto oficial. Al término de toda su exposición sobre los sacramentos, el Catecismo de la Iglesia Católica propone una definición concentrada que hay que saber de memoria:
«Los sacramentos son signos eficaces de la gracia, instituidos por Cristo y confiados a la Iglesia, por los cuales se nos dispensa la vida divina. Los ritos visibles bajo los cuales se celebran los sacramentos significan y realizan las gracias propias de cada sacramento. Dan fruto en quienes los reciben con las disposiciones requeridas.» — Catecismo de la Iglesia Católica, § 1131[5]
Esta frase contiene toda la doctrina. Puede desplegarse en cuatro afirmaciones: un sacramento es un signo, este signo es eficaz, fue instituido por Cristo y dispensa la gracia a quien lo recibe bien dispuesto. Repasémoslas una a una.
La palabra «sacramento»: del juramento del soldado al misterio de la salvación
La palabra misma ilumina la cosa. El griego del Nuevo Testamento habla de mystêrion, el «misterio»: el designio oculto de Dios, revelado y cumplido en Cristo. Al pasar al latín, esta palabra se tradujo de dos maneras —mysterium y sacramentum[6]. El Catecismo lo señala:
«La palabra griega mysterion ha sido traducida al latín por dos términos: mysterium y sacramentum. En la interpretación posterior, el término sacramentum expresa más bien el signo visible de la realidad oculta de la salvación.» — Catecismo de la Iglesia Católica, § 774[7]
Ahora bien, sacramentum tenía, en la Roma antigua, un sentido muy concreto. Era ante todo un término militar: el juramento sagrado por el cual el soldado se comprometía a servir a su jefe hasta la muerte. Era también un término jurídico: la suma de dinero depositada en un templo por las dos partes de un pleito[8]. Cuando el escritor africano Tertuliano, hijo de soldado y jurista de formación, busca en el siglo II una palabra latina para expresar el misterio cristiano, elige sacramentum: el Bautismo es un compromiso sagrado, un juramento de fidelidad a un nuevo Señor[9]. De esta doble herencia, el sacramento conserva algo: es a la vez don de Dios y compromiso del hombre, signo visible de una realidad invisible y sagrada.
«Signo sensible»: por qué Dios pasa por el agua, el pan y el aceite
Un sacramento es ante todo un signo, es decir, una realidad visible que designa otra, invisible. San Agustín lo definía ya como «el signo de una cosa sagrada», y santo Tomás de Aquino precisará: el sacramento es el signo de una cosa santa en cuanto santifica al hombre[10]. El sacramento no es, pues, un signo cualquiera: significa la gracia, y la significa dándola.
¿Por qué elige Dios pasar por agua, aceite, pan, gestos y palabras? Porque el hombre no es un puro espíritu. El Catecismo lo recuerda: «El hombre, siendo un ser a la vez corporal y espiritual, expresa y percibe las realidades espirituales a través de signos y símbolos materiales»[11]. Dios, que creó al hombre cuerpo y alma, lo alcanza por su cuerpo para llegar a su alma. Es la lógica misma de la Encarnación: el Verbo se hizo carne, y sigue haciéndose presente por realidades sensibles. Las cosas más humildes —lavar, ungir, partir el pan, compartir la copa— se convierten en «el lugar de expresión de la acción de Dios que santifica a los hombres»[12].
«Eficaz»: la diferencia decisiva con un simple símbolo
He aquí el punto que separa radicalmente la doctrina católica de una visión puramente simbólica: el signo sacramental es eficaz. No se contenta con evocar la gracia, ni con expresarla, ni con despertarla en el corazón del creyente: la produce. El Catecismo es inequívoco:
«Celebrados dignamente en la fe, los sacramentos confieren la gracia que significan. Son eficaces porque en ellos Cristo mismo está obrando: es Él quien bautiza, es Él quien actúa en sus sacramentos para comunicar la gracia que el sacramento significa.» — Catecismo de la Iglesia Católica, § 1127[13]
Esta eficacia fue definida solemnemente por el Concilio de Trento contra los Reformadores, que reducían los sacramentos a simples «marcas» exteriores de la fe ya recibida. El concilio responde con un anatema:
«Si alguno dijere que los sacramentos de la Ley nueva no contienen la gracia que significan, o que no confieren esa misma gracia a quienes no ponen óbice, como si no fuesen más que signos externos de la gracia recibida por la fe: sea anatema.» — Concilio de Trento, sesión VII, canon 6[14]
La distinción es nítida. Una alianza en el dedo simboliza un amor, pero no lo crea. Un sacramento, en cambio, contiene y da lo que muestra. Por eso la Iglesia habla de los sacramentos como «obras maestras de Dios» en la nueva Alianza[15]: no ceremonias humanas, sino canales reales de la vida divina.
La fórmula de san Agustín: «la palabra se une al elemento»
¿Cómo puede un signo «contener» la gracia? La tradición lo explica por el encuentro de dos componentes: una cosa (el agua, el pan, el aceite) y una palabra (las palabras pronunciadas). San Agustín fijó la fórmula, a propósito del Bautismo, en una frase que se ha hecho clásica:
«La palabra se une al elemento material, y esto se convierte en sacramento.» — San Agustín, Comentario al Evangelio de san Juan, tratado 80, 3[16]
Sola, el agua lava el cuerpo; sola, la palabra sigue siendo un sonido. Pero cuando la palabra de Cristo se une al elemento, el gesto se vuelve portador de la gracia. La teología medieval llamará a estos dos componentes la materia y la forma del sacramento: la materia es la realidad sensible empleada; la forma, las palabras que determinan su sentido. Volveremos a ello más abajo, pues es la clave del «mecanismo» sacramental.
¿Quién instituyó los sacramentos? Cristo, no la Iglesia
Una objeción vuelve a menudo: ¿y si los sacramentos no fueran más que una construcción de la Iglesia, ritos añadidos a lo largo de los siglos? La respuesta católica es firme: ningún hombre, ninguna institución tiene el poder de crear un canal de la gracia divina. Solo Dios puede. Los siete sacramentos se remontan, pues, al Cristo mismo.
«Fuerzas que salen» de Cristo
Todo, en la vida de Cristo, era ya fuente de salvación. El Catecismo explica que las palabras y las acciones de Jesús «anticipaban la potencia de su misterio pascual» y preparaban lo que iba a dar a su Iglesia[17]. Los sacramentos prolongan estos gestos: son como las «fuerzas que salen» del Cuerpo de Cristo, siempre vivo y vivificante[18]. Cuando el sacerdote bautiza, absuelve o consagra, no es ante todo él quien actúa: es Cristo, a través de él. «Lo que era visible en nuestro Salvador ha pasado a sus misterios», decía san León Magno[19].
Trento: «todos instituidos por nuestro Señor Jesucristo»
Contra los Reformadores, que solo retenían dos sacramentos (Bautismo y Cena) con el pretexto de que los demás serían invenciones humanas, el Concilio de Trento definió como dogma la institución divina de los siete:
«Si alguno dijere que los sacramentos de la Ley nueva no fueron todos instituidos por Jesucristo nuestro Señor, o que hay más o menos de siete —a saber: el Bautismo, la Confirmación, la Eucaristía, la Penitencia, la Extremaunción, el Orden y el Matrimonio— o también que alguno de estos siete no es verdadera y propiamente sacramento: sea anatema.» — Concilio de Trento, sesión VII, canon 1[20]
Lo que está en juego no es un capricho de número. Si un sacramento viniera de los hombres, no daría la gracia, pues los hombres no disponen de la gracia de Dios. Es precisamente porque vienen de Cristo por lo que los sacramentos son eficaces. La argumentación detallada —dónde instituye Cristo cada uno de los siete, y cómo lo atestigua la Escritura— se desarrolla en el artículo ¿Por qué los católicos tienen siete sacramentos?.
Lo que la Iglesia recibió como administradora
Si Cristo instituyó los sacramentos, la Iglesia, por su parte, recibió su custodia y su dispensación. El Catecismo precisa: «La Iglesia ha reconocido poco a poco este tesoro recibido de Cristo y ha precisado su dispensación, como lo hizo con el canon de las santas Escrituras»[21]. Esto explica un hecho histórico a veces mal comprendido: la cifra de siete no se impuso en el vocabulario hasta la Edad Media. No es que los sacramentos fueran «inventados» entonces, sino que la Iglesia tardó en contarlos y en distinguirlos con nitidez de los numerosos ritos sagrados (los futuros sacramentales). La lista de los siete se fija en el siglo XII, sobre todo en el teólogo Pedro Lombardo; luego es confesada por los concilios, hasta la definición dogmática de Trento.
- hacia 1150Pedro Lombardo fija la lista de los siete
En el cuarto libro de sus Sentencias, el teólogo Pedro Lombardo enumera y ordena los siete sacramentos. Su manual se convierte en la referencia de las escuelas: el número de siete se impone desde entonces en toda la teología latina.
- 1274El II Concilio de Lyon confiesa los siete
La profesión de fe del emperador Miguel Paleólogo, recibida por el concilio, enumera oficialmente los siete sacramentos de la Iglesia —primera mención conciliar de la lista completa.
- 22 de noviembre de 1439El Concilio de Florencia define materia, forma y ministro
El decreto para los armenios, Exsultate Deo, expone la doctrina común de los siete sacramentos y fija sus tres constituyentes: la materia, la forma y el ministro.
- 3 de marzo de 1547El Concilio de Trento define el dogma
Frente a la Reforma, la sesión VII define solemnemente, en trece cánones, la institución divina de los siete sacramentos, su eficacia ex opere operato y el carácter indeleble de tres de ellos.
¿Cómo «funciona» un sacramento? Materia, forma y ministro
Si se pregunta de forma concreta qué hace falta para que un sacramento «tenga lugar», la respuesta más clara viene del Concilio de Florencia, en 1439. Para celebrar la unión con los armenios, el concilio resumió la doctrina sacramental común en una fórmula de gran nitidez.
Los tres constituyentes según el Concilio de Florencia
«Todos estos sacramentos se realizan por tres constituyentes: cosas que son como su materia, palabras que son como su forma, y la persona del ministro que confiere el sacramento con la intención de hacer lo que hace la Iglesia. Si falta uno de estos constituyentes, el sacramento no se realiza.» — Concilio de Florencia, decreto para los armenios Exsultate Deo[22]
Tres cosas son, pues, necesarias, y el fallo de una sola basta para invalidar el sacramento. Este trípode —materia, forma, ministro— estructura toda la práctica sacramental de la Iglesia.
La materia y la forma: la cosa y las palabras
La materia es la realidad sensible empleada; la forma, las palabras que precisan su sentido. Reencontramos aquí la fórmula de Agustín: «la palabra se une al elemento». Algunos ejemplos concretos, tomados del mismo decreto de Florencia y de la práctica constante de la Iglesia:
| Sacramento | Materia (la cosa) | Forma (las palabras esenciales) |
|---|---|---|
| Bautismo | El agua natural derramada | «Yo te bautizo en el nombre del Padre, y del Hijo, y del Espíritu Santo» |
| Confirmación | El santo crisma (óleo perfumado) | «Sé marcado con el Espíritu Santo, don de Dios» |
| Eucaristía | El pan de trigo y el vino de la vid | «Esto es mi cuerpo… Esta es mi sangre…» |
| Unción de los enfermos | El óleo bendecido | La oración de unción sobre el enfermo |
| Orden | La imposición de las manos del obispo | La oración consagratoria propia de cada grado |
Para el Bautismo, el Concilio de Florencia lo dice explícitamente: «La materia de este sacramento es el agua verdadera y natural… Su forma es: "yo te bautizo en el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo."»[23]. Cambiar la materia (bautizar con leche) o la forma (omitir la invocación de la Trinidad) haría nulo el sacramento: ya no sería el gesto querido por Cristo.
El ministro y la intención «de hacer lo que hace la Iglesia»
El tercer constituyente es el ministro: quien realiza el gesto en nombre de Cristo y de la Iglesia. No basta con imitar los gestos; hay que ponerlos con la intención de hacer lo que hace la Iglesia[24]. Un actor que simulara un bautismo en una escena de teatro, sin ninguna intención de bautizar, evidentemente no administraría el sacramento. El Concilio de Trento elevó esta exigencia de intención al rango de dogma:
«Si alguno dijere que en los ministros, cuando realizan y confieren los sacramentos, no se requiere la intención de hacer al menos lo que hace la Iglesia: sea anatema.» — Concilio de Trento, sesión VII, canon 11[25]
El ministro ordinario varía según los sacramentos: el obispo para el Orden y la Confirmación, el sacerdote para la Eucaristía y la Penitencia, el obispo o el sacerdote para la Unción. Pero en dos casos, el ministro no es un sacerdote: para el Bautismo, en caso de necesidad, «incluso un laico o una mujer» puede bautizar válidamente, con tal de que respete la forma y tenga la intención de la Iglesia[26]; y para el Matrimonio, los esposos son ellos mismos los ministros del sacramento, que se confieren el uno al otro.
«Ex opere operato»: la gracia no depende de la santidad del sacerdote
He aquí una de las afirmaciones más liberadoras —y más mal comprendidas— de la doctrina sacramental. La validez y la eficacia de un sacramento no dependen en absoluto de la santidad personal del ministro. Un sacerdote tibio, incluso en estado de pecado, da un verdadero Bautismo, una verdadera absolución, una verdadera Eucaristía. Esto es lo que expresa la fórmula latina ex opere operato.
Qué quiere decir la expresión
La expresión, literalmente, significa «por el hecho mismo de realizarse la acción». El Catecismo la define así:
«Los sacramentos actúan ex opere operato (literalmente: "por el hecho mismo de realizarse la acción"), es decir, en virtud de la obra salvífica de Cristo, realizada una vez por todas. De ahí se sigue que "el sacramento no se realiza por la justicia del hombre que lo da o lo recibe, sino por el poder de Dios".» — Catecismo de la Iglesia Católica, § 1128[27]
Dicho de otro modo, no es el sacerdote quien «fabrica» la gracia: es Cristo quien actúa a través del sacramento. El ministro no es más que un instrumento. Del mismo modo que un pincel mediocre puede servir a un gran pintor, la indignidad del ministro no impide a Cristo actuar, con tal de que el sacramento se realice válidamente y con la intención de la Iglesia[28].
¿Un ministro pecador da un verdadero sacramento?
La pregunta no es nueva: dividió a la Iglesia ya en el siglo IV, durante la crisis donatista. Los donatistas sostenían que los sacramentos administrados por obispos que habían traicionado durante la persecución eran nulos. San Agustín les respondió sentando el principio decisivo: es Cristo quien bautiza, sea cual sea el ministro. La gracia pasa por el canal, sin depender de la pureza del canal. El Concilio de Trento confirmó esta posición:
«Si alguno dijere que un ministro en estado de pecado mortal, con tal de que observe todo lo esencial respecto a la realización del sacramento, no realiza ni confiere sacramento: sea anatema.» — Concilio de Trento, sesión VII, canon 12[29]
Es un inmenso consuelo para el fiel: no tiene que investigar la vida privada del sacerdote antes de comulgar o de confesarse. La validez de su sacramento reposa en Cristo, no en un hombre.
Pero el fruto depende de las disposiciones de quien recibe
Ex opere operato no significa, sin embargo, que el sacramento actuara mágicamente, sin el compromiso del corazón. El mismo párrafo del Catecismo añade enseguida una reserva capital: «los frutos de los sacramentos dependen también de las disposiciones de quien los recibe»[30]. La definición del § 1131 lo confirma: los sacramentos «dan fruto en quienes los reciben con las disposiciones requeridas»[31].
Hay que distinguir, pues, dos niveles. El sacramento es válido con independencia del fervor del fiel (un Bautismo recibido sin gran fe sigue siendo un verdadero Bautismo). Pero es fructuoso en la medida en que el fiel lo acoge con fe, arrepentimiento y amor. Recibir la Eucaristía en estado de pecado mortal, por ejemplo, no «rehace» un falso sacramento: es un verdadero sacramento, pero recibido sin fruto, incluso en detrimento de quien lo profana. Sobre este punto, véase ¿Se puede comulgar en estado de pecado mortal?.
Lo que los sacramentos producen: la gracia y el carácter
Si los sacramentos son eficaces, ¿qué producen exactamente? Dos efectos, principalmente: todos dan la gracia, y tres de ellos imprimen además un carácter indeleble.
La gracia sacramental
El primer efecto de todo sacramento es la gracia: la vida misma de Dios comunicada al alma. El Catecismo habla de una «gracia sacramental», propia de cada sacramento:
«La "gracia sacramental" es la gracia del Espíritu Santo dada por Cristo y propia de cada sacramento. El Espíritu cura y transforma a quienes lo reciben conformándolos al Hijo de Dios.» — Catecismo de la Iglesia Católica, § 1129[32]
Cada sacramento da una gracia específica, ajustada a su fin: el Bautismo hace renacer a la vida divina, la Penitencia reconcilia al pecador, la Eucaristía alimenta, la Unción fortalece al enfermo, el Matrimonio santifica el amor de los esposos. Se distingue clásicamente la gracia santificante —el estado de vida divina en el alma, que el Bautismo infunde y que los sacramentos aumentan— de la gracia propia de cada rito. Sobre la naturaleza de esta vida divina, véase ¿Qué es la gracia santificante?.
De ahí se deriva una distinción práctica útil. Se llaman sacramentos de muertos al Bautismo y a la Penitencia, porque están hechos para devolver la vida de la gracia a un alma que estaba privada de ella (por el pecado original o por el pecado grave). Se llaman sacramentos de vivos a los otros cinco, porque presuponen la gracia y la aumentan: deben recibirse en estado de gracia, so pena de recibirlos sin fruto.
El carácter indeleble de tres sacramentos
Tres sacramentos no se reciben más que una sola vez en la vida: el Bautismo, la Confirmación y el Orden. La razón es que imprimen en el alma una marca permanente, que la tradición llama el carácter:
«Los tres sacramentos del Bautismo, de la Confirmación y del Orden confieren, además de la gracia, un carácter sacramental o "sello" por el cual el cristiano participa en el sacerdocio de Cristo. […] Esta configuración con Cristo y con la Iglesia, realizada por el Espíritu, es indeleble, permanece para siempre en el cristiano.» — Catecismo de la Iglesia Católica, § 1121[33]
Este «sello» explica por qué jamás se rebautiza a un cristiano, ni se reordena a un sacerdote: la marca recibida no se borra, ni siquiera por el pecado. El Concilio de Florencia ya lo había formulado: tres sacramentos «imprimen en el alma un carácter, es decir, un cierto signo espiritual indeleble; por eso no se reiteran. Los otros cuatro no imprimen carácter y admiten la reiteración»[34]. El Concilio de Trento lo convirtió en dogma[35].
Los siete sacramentos: un organismo de toda una vida
Los siete no son una lista arbitraria: forman, según el Catecismo, un organismo que acompaña todas las grandes etapas de la existencia humana. Santo Tomás de Aquino ya había señalado la analogía entre la vida natural y la vida espiritual[36]:
«Los siete sacramentos tocan todas las etapas y todos los momentos importantes de la vida del cristiano: dan nacimiento y crecimiento, curación y misión a la vida de fe de los cristianos.» — Catecismo de la Iglesia Católica, § 1210[37]
La Iglesia los agrupa en tres familias: los sacramentos de la iniciación, los de la curación y los del servicio de la comunión[38]. El Concilio de Florencia proponía otra clave de lectura: «Los cinco primeros fueron ordenados para la perfección espiritual de cada hombre en sí mismo; los dos últimos, para la conducción y la multiplicación de la Iglesia entera.»[39]
| Familia | Sacramentos | Lo que obran en la vida |
|---|---|---|
| Iniciación cristiana | Bautismo · Confirmación · Eucaristía | Dan nacimiento a la vida divina, la fortalecen y la alimentan |
| Curación | Penitencia · Unción de los enfermos | Levantan al alma caída en el pecado y sostienen al enfermo |
| Servicio de la comunión | Orden · Matrimonio | Consagran al servicio de la Iglesia y a la fundación del hogar cristiano |
Los tres sacramentos de la iniciación cristiana
El Bautismo abre la puerta: borra el pecado original, hace renacer «del agua y del Espíritu» e incorpora a Cristo. La Confirmación perfecciona esta gracia bautismal dando la fuerza del Espíritu Santo para testimoniar. La Eucaristía culmina la iniciación: alimenta al bautizado con el Cuerpo y la Sangre de Cristo. El Catecismo le reserva un lugar único —«sacramento de los sacramentos», hacia el cual todos los demás están ordenados[40]. Para profundizar: ¿Es necesario el Bautismo para la salvación?, ¿Por qué la Eucaristía no es solo un símbolo? y ¿Qué es la transubstanciación?.
Los dos sacramentos de curación
Porque el bautizado sigue siendo débil y puede recaer, Cristo dio dos sacramentos de curación. La Penitencia (o reconciliación, o confesión) perdona los pecados cometidos después del Bautismo y devuelve la amistad de Dios. La Unción de los enfermos sostiene y fortalece a quien sufre una enfermedad grave, concediéndole consuelo, paz y, si Dios quiere, la curación. Para profundizar: ¿Es bíblica la confesión? y ¿Cómo hacer una buena confesión?.
Los dos sacramentos al servicio de la comunión
Por fin, dos sacramentos están ordenados a la salvación de los demás y a la edificación del pueblo de Dios. El Orden consagra a obispos, sacerdotes y diáconos para que sirvan a la Iglesia por la palabra y los sacramentos. El Matrimonio santifica la unión del hombre y de la mujer, la convierte en signo del amor de Cristo por su Iglesia, y la ordena a la transmisión de la vida. Para profundizar: ¿Qué dice la Iglesia sobre el matrimonio sacramental?.
Sacramento, sacramentales y «sacramento» en sentido amplio: no confundir
La palabra «sacramento» se emplea a veces para realidades que no lo son, en sentido estricto. Tres confusiones merecen ser disipadas, pues tocan cuestiones que muchos se plantean.
Los sacramentales: agua bendita, bendiciones, cirios
Junto a los siete sacramentos, la Iglesia instituyó sacramentales: signos sagrados que, «según una cierta imitación de los sacramentos», significan efectos espirituales obtenidos por la oración de la Iglesia[41]. El agua bendita, las bendiciones, los cirios, la señal de la cruz, los exorcismos, la consagración de las vírgenes son ejemplos de ello.
Pero la diferencia con los sacramentos es esencial, y sobre todo no hay que confundirlos. Los sacramentos fueron instituidos por Cristo y actúan ex opere operato: dan la gracia por sí mismos. Los sacramentales fueron instituidos por la Iglesia y actúan ex opere operantis Ecclesiae, es decir, por la oración de la Iglesia y la devoción de quien los usa: disponen a recibir la gracia, sin conferirla automáticamente. Beber agua bendita no perdona un pecado grave; solo un sacramento puede. Para profundizar: ¿Por qué usar agua bendita? y ¿Por qué bendecir objetos?.
La Iglesia y Cristo «sacramento» en sentido analógico
A veces se oye decir que «Cristo es el sacramento de Dios» o que «la Iglesia es el sacramento de la salvación». Estas expresiones son justas, pero emplean la palabra en un sentido analógico, más amplio. Cristo es el sacramento original porque en su humanidad visible se manifiesta y actúa el Dios invisible[42]. La Iglesia es «el sacramento de la acción de Cristo»[43], porque contiene y comunica la gracia que significa. Pero estos empleos no contradicen la cifra de siete: son su fuente. Los siete sacramentos son los actos por los cuales Cristo, a través de su Iglesia, «derrama la gracia» sobre los fieles[44].
Los «signos» de la Antigua Alianza: figuras, no causas
Por fin, el Antiguo Testamento conocía ritos sagrados —la circuncisión, los sacrificios, las abluciones. ¿Por qué no son sacramentos en sentido cristiano? Porque no daban la gracia: la anunciaban. El Concilio de Florencia lo explica: los sacramentos antiguos «no eran causa de la gracia; eran solo la figura de la que debía ser dada por la Pasión de Cristo. Los nuestros, en cambio, contienen la gracia y la confieren a quienes los reciben como conviene»[45]. El Concilio de Trento condenó la idea de que los sacramentos de la Ley nueva no se distinguirían de los antiguos más que por «ceremonias» diferentes[46]. La diferencia no es de forma, sino de fondo: unos prometían, los otros cumplen.
¿Son necesarios los sacramentos para la salvación?
Queda la pregunta que muchos plantean hoy, en una época en que la relación con el rito se ha distendido: ¿realmente necesitamos los sacramentos para salvarnos? La respuesta de la Iglesia es positiva, pero matizada.
«Necesarios, no superfluos»
La Iglesia enseña que, para los creyentes, los sacramentos «son necesarios para la salvación»[47]. El Concilio de Trento lo definió:
«Si alguno dijere que los sacramentos de la Ley nueva no son necesarios para la salvación, sino superfluos, y que, sin ellos o sin el deseo de ellos, los hombres obtienen de Dios la gracia de la justificación —aun admitiendo que no todos son necesarios para cada uno—: sea anatema.» — Concilio de Trento, sesión VII, canon 4[48]
Este canon es de una precisión notable. Afirma la necesidad, pero con dos reservas: no todos los sacramentos son necesarios para cada persona (un laico no necesita el Orden; un célibe consagrado, el Matrimonio), y la necesidad puede ser suplida, en ciertos casos, por el deseo del sacramento.
Necesidad del sacramento y necesidad del «deseo»
El canon de Trento desliza en efecto una fórmula decisiva: «sin ellos o sin el deseo de ellos». La Iglesia enseñó siempre que quien desea sinceramente un sacramento, pero no puede recibirlo sin que haya culpa por su parte, puede obtener la gracia por este deseo (el votum). Es la doctrina del bautismo de deseo: un catecúmeno que muriera antes de ser bautizado, o un hombre de buena voluntad que busca a Dios sin conocer el Evangelio, no queda excluido de la salvación[49]. El Bautismo sigue siendo «necesario para la salvación para aquellos a quienes se ha anunciado el Evangelio y que han tenido la posibilidad de pedir este sacramento»[50]; pero Dios no está atado a sus sacramentos hasta el punto de abandonar a quienes los ignoran sin culpa. Sobre este punto delicado, véase ¿Se puede ser salvo sin conocer a Jesús? y ¿Qué le ocurre a un niño que muere sin bautismo?.
Recibir con fruto: la fe y las disposiciones
Necesarios, los sacramentos no son por ello automatismos. Son, según una hermosa expresión del Concilio Vaticano II retomada por el Catecismo, sacramentos de la fe: «No solo suponen la fe, sino que también, por las palabras y por las cosas, la alimentan, la fortalecen, la expresan.»[51]. La fe precede al sacramento y lo acoge; el sacramento, a su vez, hace crecer la fe. Por eso la definición del Catecismo se cierra con esta condición: los sacramentos «dan fruto en quienes los reciben con las disposiciones requeridas»[52].
Tal es, en definitiva, la grandeza del sacramento: no un rito que el hombre cumpliría para alcanzar a Dios, sino un gesto en el que Dios se inclina hacia el hombre por signos que el hombre puede ver y tocar. Como escribía santo Tomás de Aquino, el sacramento «recuerda lo que precedió, a saber, la Pasión de Cristo; pone de manifiesto lo que se obra en nosotros, a saber, la gracia; y anuncia de antemano la gloria venidera»[53]. Memoria de la Cruz, presencia de la gracia, promesa del Cielo: he aquí lo que es un sacramento.
Para ir más lejos
- ¿Por qué los católicos tienen siete sacramentos? — la defensa de la institución divina de los siete, frente a las objeciones protestantes.
- ¿Es necesario el Bautismo para la salvación? — el primer sacramento, puerta de la vida cristiana.
- ¿Por qué la Eucaristía no es solo un símbolo? y ¿Qué es la transubstanciación? — el «sacramento de los sacramentos».
- ¿Es bíblica la confesión? y ¿Cómo hacer una buena confesión? — el sacramento de la curación.
- ¿Qué es la gracia santificante? — la vida divina que los sacramentos dispensan.
- ¿Se puede comulgar en estado de pecado mortal? — recibir un sacramento con o sin fruto.
Notas y referencias
Catecismo de la Iglesia Católica, § 1131 (Mame/Plon, edición latina típica de 1997). Es la definición sintética colocada «en breve» al término del artículo sobre la economía sacramental (§§ 1113-1134).
1 5 31 52Catecismo de la Iglesia Católica, § 1113: enumeración de los siete sacramentos (Bautismo, Confirmación, Eucaristía, Penitencia, Unción de los enfermos, Orden, Matrimonio), con remisión a DS 860 (Lyon II, 1274), DS 1310 (Florencia, 1439) y DS 1601 (Trento, 1547).
2Concilio de Trento, sesión VII (3 de marzo de 1547), Decreto sobre los sacramentos, canon 6 — DS 1606 (Denzinger-Hünermann, Enchiridion Symbolorum). El canon condena la reducción de los sacramentos a simples signos externos de la gracia recibida por la fe.
3 14Catecismo de la Iglesia Católica, § 1129, sobre la necesidad de los sacramentos para la salvación (remisión a Trento, DS 1604) y la definición de la «gracia sacramental».
4 32 47Catecismo de la Iglesia Católica, § 774: la palabra griega mysterion traducida al latín por mysterium y sacramentum; Cristo «sacramento de la salvación» y la Iglesia «sacramento» en sentido analógico. Cita de san Agustín, Carta 187, 11, 34 (PL 33, 845): «No hay otro misterio de Dios que Cristo.»
6 7 42 44Sobre la historia de la palabra, véase Catecismo de la Iglesia Católica, § 774, y el artículo «Sacraments» de la Catholic Encyclopedia, Nueva York, Robert Appleton Company, 1912 (vol. XIII). En la Roma antigua, sacramentum designaba o bien el juramento de compromiso del soldado (sacramentum militiae), o bien la suma consignada en un templo por las partes de un pleito. Tertuliano (h. 155-h. 220), hijo de centurión y jurista, fue el primero en aplicar este término a los misterios cristianos, en particular al Bautismo entendido como juramento de fidelidad a Cristo.
8 9Santo Tomás de Aquino, Suma Teológica, IIIª parte, cuestión 60, artículos 1-2: el sacramento es «el signo de una cosa sagrada en cuanto santifica a los hombres» (signum rei sacrae in quantum est sanctificans homines). Tomás retoma la definición de san Agustín, La Ciudad de Dios, X, 5: «El sacrificio visible es el sacramento, es decir, el signo sagrado, del sacrificio invisible.»
10Catecismo de la Iglesia Católica, § 1146: el hombre, «ser a la vez corporal y espiritual», expresa y percibe las realidades espirituales a través de signos y símbolos materiales.
11Catecismo de la Iglesia Católica, § 1148: las realidades sensibles de la creación y de la vida social (lavar, ungir, partir el pan, compartir la copa) pueden convertirse en «el lugar de expresión de la acción de Dios que santifica a los hombres».
12Catecismo de la Iglesia Católica, § 1127: la eficacia de los sacramentos, «porque en ellos Cristo mismo está obrando» (remisión a Trento, DS 1605-1606).
13Catecismo de la Iglesia Católica, § 1116: los sacramentos, «fuerzas que salen» del Cuerpo de Cristo (cf. Lc 5, 17; 6, 19; 8, 46), son «las obras maestras de Dios» en la nueva y eterna Alianza.
15 18San Agustín, Comentario al Evangelio de san Juan (In Iohannis Evangelium tractatus), tratado 80, 3 (PL 35, 1840): «Accedit verbum ad elementum, et fit sacramentum» — «La palabra se une al elemento material, y esto se convierte en sacramento». Citado por el Catecismo de la Iglesia Católica, § 1228.
16Catecismo de la Iglesia Católica, § 1115: las palabras y acciones de Jesús «anticipaban la potencia de su misterio pascual». Cita de san León Magno, Sermón 74, 2 (PL 54, 398A): «Lo que era visible en nuestro Salvador ha pasado a sus misterios.»
17 19Concilio de Trento, sesión VII (3 de marzo de 1547), Decreto sobre los sacramentos, canon 1 — DS 1601. Definición dogmática de la institución de los siete sacramentos por Jesucristo y anatema contra cualquier otro número.
20Catecismo de la Iglesia Católica, § 1117: la Iglesia ha reconocido poco a poco «este tesoro recibido de Cristo y ha precisado su dispensación», como administradora de los misterios de Dios.
21Concilio de Florencia (ecuménico), bula de unión con los armenios Exsultate Deo, 22 de noviembre de 1439 — DS 1312. Fórmula de los tres constituyentes del sacramento: la cosa (materia), las palabras (forma) y la persona del ministro, «con la intención de hacer lo que hace la Iglesia».
22 24Concilio de Florencia, Exsultate Deo, 22 de noviembre de 1439 — DS 1314: materia del Bautismo («el agua verdadera y natural») y forma («yo te bautizo en el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo»).
23Concilio de Trento, sesión VII (3 de marzo de 1547), Decreto sobre los sacramentos, canon 11 — DS 1611. Necesidad, en el ministro, de la intención de «hacer al menos lo que hace la Iglesia».
25Concilio de Florencia, Exsultate Deo, 22 de noviembre de 1439 — DS 1315: en caso de necesidad, «no solo un sacerdote o un diácono, sino incluso un laico o una mujer, más aún un pagano o un hereje» puede bautizar válidamente, con tal de que respete la forma de la Iglesia y tenga la intención de hacer lo que hace la Iglesia.
26Catecismo de la Iglesia Católica, § 1128: sentido del ex opere operato (remisión a Trento, DS 1608); cita de santo Tomás de Aquino, Suma Teológica, IIIª parte, c. 68, a. 8: «el sacramento no se realiza por la justicia del hombre que lo da o lo recibe, sino por el poder de Dios». Reserva sobre los «frutos», que dependen de las disposiciones de quien recibe.
27 30Concilio de Trento, sesión VII (3 de marzo de 1547), Decreto sobre los sacramentos, canon 8 — DS 1608: la gracia se confiere ex opere operato, y no por la sola fe en la promesa divina.
28Concilio de Trento, sesión VII (3 de marzo de 1547), Decreto sobre los sacramentos, canon 12 — DS 1612: un ministro en estado de pecado mortal, si observa lo esencial, confiere un verdadero sacramento. Confirmación de la doctrina agustiniana contra los donatistas.
29Catecismo de la Iglesia Católica, § 1121: el Bautismo, la Confirmación y el Orden confieren, además de la gracia, un «carácter sacramental» o «sello» por el cual el cristiano participa en el sacerdocio de Cristo; esta configuración con Cristo, realizada por el Espíritu, es «indeleble» y permanece para siempre (remisión a Trento, DS 1609).
33Concilio de Florencia, Exsultate Deo, 22 de noviembre de 1439 — DS 1313: tres sacramentos (Bautismo, Confirmación, Orden) imprimen un carácter indeleble y no se reiteran; los otros cuatro admiten la reiteración.
34Concilio de Trento, sesión VII (3 de marzo de 1547), Decreto sobre los sacramentos, canon 9 — DS 1609: definición dogmática del carácter indeleble impreso por el Bautismo, la Confirmación y el Orden.
35Santo Tomás de Aquino, Suma Teológica, IIIª parte, cuestión 65, artículo 1: analogía entre las etapas de la vida natural (nacimiento, crecimiento, alimento, curación…) y los siete sacramentos de la vida espiritual. Citado por el Catecismo, § 1210.
36Catecismo de la Iglesia Católica, § 1210: los siete sacramentos «tocan todas las etapas y todos los momentos importantes de la vida del cristiano».
37Catecismo de la Iglesia Católica, § 1211: los tres grupos (iniciación, curación, servicio de la comunión); la Eucaristía como «sacramento de los sacramentos» al cual todos los demás están ordenados (cita de santo Tomás de Aquino, Suma Teológica, IIIª parte, c. 65, a. 3).
38 40Concilio de Florencia, Exsultate Deo, 22 de noviembre de 1439 — DS 1311: los cinco primeros sacramentos ordenados a la perfección espiritual de cada uno, los dos últimos (Orden, Matrimonio) al gobierno y al crecimiento de la Iglesia.
39Catecismo de la Iglesia Católica, § 1667, citando el Concilio Vaticano II, Sacrosanctum Concilium, n. 60: los sacramentales son «signos sagrados por los cuales, según una cierta imitación de los sacramentos, se significan y se obtienen por la oración de la Iglesia efectos sobre todo espirituales» (cf. CIC, can. 1166).
41Catecismo de la Iglesia Católica, § 1118: los sacramentos «de la Iglesia», que es ella misma «el sacramento de la acción de Cristo»; cita de san Agustín, La Ciudad de Dios, 22, 17.
43Concilio de Florencia, Exsultate Deo, 22 de noviembre de 1439 — DS 1310: los sacramentos de la antigua Ley «no eran causa de la gracia, sino solo la figura de la que debía ser dada por la Pasión de Cristo», mientras que los de la Ley nueva «contienen la gracia y la confieren».
45Concilio de Trento, sesión VII (3 de marzo de 1547), Decreto sobre los sacramentos, canon 2 — DS 1602: anatema contra la idea de que los sacramentos de la Ley nueva no se diferenciarían de los antiguos más que por ceremonias externas.
46Concilio de Trento, sesión VII (3 de marzo de 1547), Decreto sobre los sacramentos, canon 4 — DS 1604: los sacramentos son necesarios para la salvación, no superfluos; matiz del «deseo» (votum) y del hecho de que no todos son necesarios para cada uno.
48Catecismo de la Iglesia Católica, § 1257: el Bautismo «necesario para la salvación para aquellos a quienes se ha anunciado el Evangelio y que han tenido la posibilidad de pedir este sacramento» (cf. Jn 3, 5; Mt 28, 19-20); pero «Dios no está atado a sus sacramentos».
49 50Catecismo de la Iglesia Católica, § 1123, citando el Concilio Vaticano II, Sacrosanctum Concilium, n. 59: los sacramentos «se llaman sacramentos de la fe» —no solo la suponen, sino que la alimentan, la fortalecen y la expresan.
51Santo Tomás de Aquino, Suma Teológica, IIIª parte, cuestión 60, artículo 3: el sacramento como signo que «recuerda» la Pasión de Cristo, «pone de manifiesto» la gracia que se obra en nosotros, y «anuncia de antemano la Gloria venidera». Citado por el Catecismo, § 1130.
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