La confirmación es, en la fe católica, el segundo de los siete sacramentos y el segundo de la iniciación cristiana, entre el Bautismo y la Eucaristía. Por ella, el bautizado recibe la efusión especial del Espíritu Santo, «como fue concedida antaño a los Apóstoles el día de Pentecostés»[1]. El Catecismo de la Iglesia Católica enseña que este sacramento «es necesario para la plenitud de la gracia bautismal»[2].
El rito esencial es de una gran sencillez: el obispo (o el sacerdote encargado de ello) impone la mano y traza una cruz de santo crisma en la frente del confirmando diciendo «Recibe por esta señal el Don del Espíritu Santo»[3]. Bajo este gesto, la Iglesia ve renovarse Pentecostés: el confirmado queda «enriquecido con una fortaleza especial del Espíritu Santo» y «obligado así más estrictamente a difundir y defender la fe con la palabra y con las obras, como verdadero testigo de Cristo»[4].
Como el Bautismo, la confirmación solo se recibe una vez, pues imprime en el alma un «carácter» indeleble[5]. Prolonga un movimiento que atraviesa toda la historia de la salvación: el Espíritu prometido al Mesías, derramado sobre la Iglesia en Pentecostés, comunicado por los Apóstoles mediante la imposición de las manos (Hch 8, 14-17), y luego significado por la unción del crisma — el rito que dio a los bautizados su propio nombre de «cristianos», es decir, de «ungidos»[6].
Este artículo presenta el sacramento en su conjunto: su nombre y su naturaleza, su arraigo bíblico, la diferencia entre las prácticas oriental y occidental, sus signos y su rito, sus efectos, su sujeto y su ministro, y cómo vivir la gracia recibida. Para la noción general de sacramento, ver ¿Qué es un sacramento?; para el carácter impreso, ver El carácter sacramental.
¿Qué es la confirmación? El sacramento que «completa» el Bautismo
Antes de todo debate, hay que escuchar lo que la Iglesia dice de la confirmación en sí misma. El Catecismo la define desde el principio por su vínculo con los otros dos sacramentos de la iniciación, cuya «unidad debe salvaguardarse»[7].
El segundo sacramento de la iniciación cristiana
«Con el Bautismo y la Eucaristía, el sacramento de la Confirmación constituye el conjunto de los "sacramentos de la iniciación cristiana", cuya unidad debe salvaguardarse. Es necesario, por tanto, explicar a los fieles que la recepción de este sacramento es necesaria para la plenitud de la gracia bautismal.» — Catecismo de la Iglesia Católica, § 1285[8]
La confirmación no es, pues, un sacramento aislado ni facultativo: forma con el Bautismo y la Eucaristía un solo edificio. El Bautismo hace renacer, la confirmación fortalece, la Eucaristía alimenta. «Por el Bautismo y la Confirmación, escribe el Catecismo a propósito de la iniciación, los fieles son configurados con Cristo», y luego conducidos a la mesa eucarística[9]. El confirmado recibe lo que aún falta a su iniciación: no una gracia de otro orden, sino la plenitud de la que recibió en el Bautismo.
Por eso insiste el Catecismo: «sin la Confirmación y la Eucaristía, el sacramento del Bautismo es, ciertamente, válido y eficaz, pero la iniciación cristiana queda incompleta»[10]. Un bautizado no confirmado es plenamente cristiano; pero aún no ha recibido todo lo que Cristo quiere darle para vivir y dar testimonio.
¿Por qué «confirmación»? El sentido de la palabra
El nombre del sacramento varía según las tradiciones, y cada uno ilumina un aspecto del don. En Oriente se le llama «crismación», «unción del crisma», o también «myron» — que significa «crisma». En Occidente, la palabra confirmación destaca otro efecto:
«En Occidente, el nombre de Confirmación sugiere que este sacramento confirma a la vez el Bautismo y afianza la gracia bautismal.» — Catecismo de la Iglesia Católica, § 1289[11]
El verbo latino confirmare significa «hacer firme», «afianzar». El sacramento «confirma», pues, en un doble sentido: ratifica lo que el Bautismo comenzó, y da la fortaleza (en latín fortitudo) para mantenerse en la fe. Las dos familias de palabras — la crismación oriental y la confirmación occidental — no designan dos realidades, sino un solo don considerado desde dos ángulos: la unción que consagra, y la firmeza que comunica.
«Cristianos», es decir, «ungidos»
La unción del crisma ha marcado el vocabulario cristiano hasta en el nombre de los bautizados. La palabra «cristiano» viene del griego christos, «ungido» — la misma palabra que da «Cristo».
«Esta unción ilustra el nombre de "cristiano", que significa "ungido" y que tiene su origen en el del propio Cristo, a quien "Dios ungió con el Espíritu Santo" (Hch 10, 38).» — Catecismo de la Iglesia Católica, § 1289[12]
Ser cristiano no es, por tanto, solo creer en Cristo: es estar ungido como él, participar de su unción por el Espíritu. La confirmación hace plenamente verdadero este nombre. «Por la Confirmación, los cristianos, es decir, los que son ungidos, participan más plenamente de la misión de Jesucristo y de la plenitud del Espíritu Santo de la que Él está colmado, para que toda su vida desprenda "el buen olor de Cristo"» (2 Co 2, 15)[13].
La confirmación en la historia de la salvación
La confirmación, como el Bautismo, no surgió de la nada: según la Iglesia, Dios preparó este don desde lejos, a través de la espera del Mesías, Pentecostés y la práctica de los Apóstoles. Es lo que el Catecismo llama «la Confirmación en la economía de la salvación»[14].
El Espíritu prometido al Mesías, y luego a todo el pueblo
El Antiguo Testamento anuncia primero que el Espíritu del Señor reposará sobre el Mesías. El profeta Isaías traza su retrato — son los siete dones que la confirmación vendrá a comunicar:
«Reposará sobre él el Espíritu del Señor: espíritu de sabiduría y de inteligencia, espíritu de consejo y de fortaleza, espíritu de conocimiento y de temor del Señor.» — Isaías 11, 2[15]
Esta plenitud del Espíritu «no debía quedar reservada únicamente al Mesías, sino que debía comunicarse a todo el pueblo mesiánico»[16]. Los profetas lo habían prometido: Dios derramaría su Espíritu «sobre toda carne» (Jl 3, 1-2) y daría «un corazón nuevo» y «un espíritu nuevo» (Ez 36, 25-27)[17]. En varias ocasiones, Cristo prometió esta efusión (Lc 12, 12; Jn 7, 37-39; 16, 7-15; Hch 1, 8), antes de cumplirla.
Pentecostés: la confirmación de la Iglesia
La promesa se realiza «primero el día de Pascua» (Jn 20, 22), y luego «de manera más espléndida el día de Pentecostés»[18]. Ese día, el Espíritu desciende sobre los Apóstoles reunidos; llenos de él, salen del Cenáculo y «comienzan a proclamar las maravillas de Dios» (Hch 2, 11). Pentecostés es, en cierto sentido, la confirmación de la Iglesia entera: los discípulos temerosos se convierten en testigos intrépidos.
Y este don no se detiene en los Doce. Ese mismo día, «los que entonces creyeron en la predicación apostólica y se bautizaron, recibieron a su vez el don del Espíritu Santo»[19]. A la multitud conmovida, san Pedro declara:
«Convertíos, y que cada uno de vosotros se bautice en el nombre de Jesucristo para obtener el perdón de vuestros pecados. Recibiréis entonces el don del Espíritu Santo.» — Hechos de los Apóstoles 2, 38[20]
La confirmación prolonga, pues, Pentecostés: «perpetúa, en cierto modo, en la Iglesia, la gracia de Pentecostés»[21].
La imposición de las manos de los Apóstoles
¿Cómo se transmitía este don, después de Pentecostés, a los que se convertían? Por un gesto preciso: la imposición de las manos de los Apóstoles. Es el fundamento escriturístico que la tradición católica reconoce como origen del sacramento.
«Al enterarse de que Samaría había acogido la palabra de Dios, los Apóstoles que estaban en Jerusalén enviaron allá a Pedro y a Juan. Estos bajaron a Samaría y oraron por ellos, para que recibieran el Espíritu Santo. Pues aún no había descendido sobre ninguno de ellos; solo habían sido bautizados en el nombre del Señor Jesús. Entonces Pedro y Juan comenzaron a imponerles las manos y recibían el Espíritu Santo.» — Hechos de los Apóstoles 8, 14-17[22]
El texto es decisivo: los samaritanos ya estaban bautizados, y sin embargo el Espíritu aún no les había sido dado de este modo. Era necesario que los Apóstoles vinieran a imponerles las manos. La misma escena se repite en Éfeso, donde san Pablo, tras bautizar a una docena de discípulos, «les impuso las manos, y el Espíritu Santo vino sobre ellos» (Hch 19, 5-6)[23]. Es tan fundamental que la Carta a los Hebreos incluye «la doctrina sobre los bautismos y también sobre la imposición de las manos» entre los elementos de «la primera instrucción cristiana» (Hb 6, 2)[24]. Pablo VI lo resume así:
«La imposición de las manos es reconocida con razón por la tradición católica como el origen del sacramento de la Confirmación, que perpetúa, en cierto modo, en la Iglesia, la gracia de Pentecostés.» — Pablo VI, constitución apostólica Divinae consortium naturae[25]
La unción del crisma, añadida muy pronto
A este primer gesto — la imposición de las manos — se añadió «muy pronto» un segundo signo: «para significar mejor el don del Espíritu Santo, a la imposición de las manos se añadió una unción de óleo perfumado (crisma)»[26]. Este rito de la unción «existe hasta nuestros días, tanto en Oriente como en Occidente»[27]. En el siglo III, La Tradición apostólica atribuida a san Hipólito de Roma describe ya la doble unción postbautismal[28], y los grandes catequetas del siglo IV — san Cirilo de Jerusalén en sus Catequesis mistagógicas, san Ambrosio en Milán — comentan largamente la crismación de los neófitos[29]. El sacramento no es, por tanto, una invención medieval: hunde sus raíces en la época apostólica y en la liturgia de los primeros siglos.
Oriente y Occidente: ¿por qué dos prácticas distintas?
Un hecho suele sorprender: en la Iglesia latina se recibe la confirmación años después del Bautismo, de manos del obispo; en las Iglesias de Oriente, se recibe inmediatamente después del Bautismo, de manos del sacerdote que bautiza. Esta diferencia no es una contradicción, sino fruto de una historia — y cada tradición ilumina una verdad real del sacramento.
El «sacramento doble» de san Cipriano
En los primeros siglos, Bautismo y confirmación formaban una sola celebración. San Cipriano de Cartago, en el siglo III, hablaba a su respecto de un «sacramento doble»[30]. Se era bautizado, ungido y admitido a la Eucaristía en un mismo movimiento, casi siempre en la noche de Pascua, por el obispo rodeado de su presbiterio. Es todavía hoy la práctica de la iniciación de adultos.
La separación occidental: reservar la plenitud al obispo
¿Por qué acabó Occidente separando en el tiempo los dos sacramentos? Por razones muy concretas, que el Catecismo enumera:
«La multiplicación de los bautismos de niños, y ello en todo tiempo del año, y la multiplicación de las parroquias (rurales), que agrandaban las diócesis, ya no permiten la presencia del obispo en todas las celebraciones bautismales. En Occidente, por el deseo de reservar al obispo la plenitud del Bautismo, se instaura la separación temporal de los dos sacramentos.» — Catecismo de la Iglesia Católica, § 1290[31]
Ante la elección entre mantener la unidad del rito (dejando que el sacerdote lo hiciera todo) o mantener el vínculo con el obispo (difiendo la confirmación), Occidente prefirió lo segundo. Oriente hizo lo inverso: mantuvo unidos los dos sacramentos, «de modo que la confirmación es conferida por el sacerdote que bautiza» — pero este sacerdote «solo puede hacerlo con el myron consagrado por un obispo»[32]. Así, en ambos lados permanece el vínculo con el obispo: directamente en Occidente, a través del crisma consagrado en Oriente.
| Aspecto | Tradición oriental (crismación) | Tradición latina (confirmación) |
|---|---|---|
| Momento | Inmediatamente después del Bautismo | En la «edad de la discreción» (casi siempre) |
| Ministro habitual | El sacerdote que bautiza | El obispo |
| Vínculo con el obispo | A través del myron que él consagró | A través de su presencia y su gesto |
| Lo que se subraya | La unidad de los tres sacramentos de iniciación | El vínculo apostólico y la catolicidad de la Iglesia |
Lo que cada tradición ilumina
Ninguna de las dos prácticas es «mejor»: iluminan dos verdades complementarias. «La práctica de las Iglesias de Oriente subraya más la unidad de la iniciación cristiana. La de la Iglesia latina expresa más claramente la comunión del nuevo cristiano con su obispo, garante y servidor de la unidad de su Iglesia, de su catolicidad y de su apostolicidad, y con ello, el vínculo con los orígenes apostólicos de la Iglesia de Cristo»[33]. Oriente muestra que el Espíritu completa el Bautismo sin demora; Occidente muestra que este don vincula a la Iglesia de los Apóstoles, cuyo sucesor es el obispo.
El desarrollo del rito, de los Apóstoles hasta hoy
La confirmación ha sido siempre el mismo sacramento — el don del Espíritu impuesto por los Apóstoles — pero su forma ritual y su lugar en la iniciación se han precisado a lo largo de los siglos.
- hacia 30Pentecostés y la imposición de las manos
El Espíritu desciende sobre los Apóstoles (Hch 2). Muy pronto, comunican este don por la imposición de las manos a los nuevos bautizados (Hch 8, 14-17; 19, 5-6).
- hacia 215La doble unción del crisma
La Tradición apostólica atribuida a san Hipólito de Roma describe ya la unción del crisma hecha por el obispo en la frente del neófito al salir del baño bautismal.
- hacia 250El «sacramento doble» de san Cipriano
En Cartago, san Cipriano habla de un «sacramento doble»: Bautismo y confirmación forman aún una sola celebración presidida por el obispo.
- siglos V-VILa separación occidental
En Occidente, la multiplicación de los bautismos de niños y de las parroquias rurales lleva a diferir la confirmación para reservarla al obispo; Oriente mantiene unidos los dos sacramentos.
- 22 de noviembre de 1439El concilio de Florencia
El decreto Exsultate Deo enumera la confirmación entre los siete sacramentos y fija su materia (el crisma), su forma y su ministro (el obispo).
- 3 de marzo de 1547El concilio de Trento
Sesión VII: tres cánones defienden la confirmación como verdadero sacramento, afirman la virtud del santo crisma y reservan al obispo el ministerio ordinario.
- 4 de diciembre de 1963El Vaticano II pide revisar el rito
Sacrosanctum concilium (n.º 71) pide revisar el rito para manifestar mejor su vínculo con el conjunto de la iniciación cristiana.
- 15 de agosto de 1971Pablo VI fija el rito actual
La constitución apostólica Divinae consortium naturae promulga el rito revisado y fija la forma esencial latina: «Recibe por esta señal el Don del Espíritu Santo.»
Los signos y el rito: la unción y el sello
Si se pregunta qué se necesita concretamente para confirmar, la respuesta de la Iglesia cabe en dos signos unidos: una unción de santo crisma en la frente, hecha imponiendo la mano, acompañada de palabras precisas. Es lo que la teología llama la materia y la forma del sacramento. Sobre esta distinción común a todos los sacramentos, ver La materia y la forma de los sacramentos.
La unción del óleo: sus significados bíblicos
¿Por qué el óleo? Porque, en la Biblia y en la Antigüedad, la unción es «rica en numerosos significados». El Catecismo los reúne:
«El óleo es signo de abundancia y de alegría, purifica (unción antes y después del baño) y da agilidad (la unción de los atletas y de los luchadores); es signo de curación, pues suaviza las contusiones y las heridas, y hace radiante de belleza, de salud y de fortaleza.» — Catecismo de la Iglesia Católica, § 1293[34]
Todas estas imágenes se verifican en la vida espiritual. La unción del santo crisma «es el signo de una consagración»: por ella, el cristiano es apartado para Dios y asociado más estrechamente a la misión de Cristo[35]. El óleo dice la abundancia del Espíritu, la alegría de la gracia, la fortaleza del luchador que va a entrar en el combate de la fe.
El «sello» del Espíritu Santo
Pero la unción «designa e imprime» algo más: un sello espiritual[36]. La palabra es importante. En la Antigüedad, el sello marcaba la pertenencia: se marcaba «a los soldados con el sello de su jefe y también a los esclavos con el de su señor», y autentificaba un acto o un documento[37]. San Pablo aplica esta imagen al cristiano:
«El que nos afianza con vosotros en Cristo y nos ha ungido es Dios, el cual nos ha marcado con su sello y ha puesto en nuestros corazones las arras del Espíritu.» — San Pablo, 2.ª carta a los Corintios 1, 21-22[38]
Este «sello del Espíritu Santo marca la pertenencia total a Cristo, la entrega a su servicio para siempre, pero también la promesa de la protección divina en la gran prueba escatológica» (cf. Ap 7, 2-3)[39]. El confirmado queda desde ahora «marcado» como perteneciente a Cristo — marca que nada podrá borrar, y que lo protegerá el día del juicio. Es el carácter indeleble del que se hablará más abajo. Sobre este punto, ver El carácter sacramental.
El santo crisma y su consagración
La materia de la confirmación es el santo crisma: una mezcla de aceite de oliva y bálsamo perfumado. Su consagración «forma parte», en cierto modo, del sacramento mismo[40]:
«Es el obispo quien, el Jueves Santo, durante la Misa crismal, consagra el santo crisma para toda su diócesis.» — Catecismo de la Iglesia Católica, § 1297[41]
Así, aun cuando un sacerdote confirma — en Oriente, o en caso de necesidad en Occidente — lo hace siempre con un crisma consagrado por el obispo. El sacramento permanece enraizado en el sacerdocio episcopal y, a través de él, en la sucesión apostólica. El concilio de Trento defendió además solemnemente el valor de este crisma contra quienes lo negaban:
«Si alguno dice que injurian al Espíritu Santo quienes atribuyen alguna virtud al santo crisma de la confirmación: sea anatema.» — Concilio de Trento, sesión VII, canon 2 sobre la confirmación[42]
El desarrollo de la celebración
En el rito romano, cuando la confirmación se celebra separada del Bautismo, la liturgia comienza por «la renovación de las promesas del Bautismo y por la profesión de fe de los confirmandos», para mostrar bien que «la Confirmación se sitúa en la línea del Bautismo»[43]. Luego el obispo extiende las manos sobre el conjunto de los confirmandos — «gesto que, desde el tiempo de los apóstoles, es el signo del don del Espíritu»[44] — e invoca la efusión del Espíritu con sus siete dones:
«Derrama ahora sobre ellos tu Espíritu Santo; dales en plenitud el Espíritu que reposaba sobre tu Hijo Jesús: espíritu de sabiduría e inteligencia, espíritu de consejo y fortaleza, espíritu de conocimiento y de piedad filial; llénalos del espíritu de temor de Dios.» — Ritual de la Confirmación (Ordo confirmationis, 25)[45]
Viene entonces el rito esencial, y luego el beso de la paz que «significa y manifiesta la comunión eclesial con el obispo y con todos los fieles»[46]. Cuando la confirmación se celebra durante la misa, subraya aún mejor «la unidad de los sacramentos de la iniciación cristiana»[47].
El rito esencial: «Recibe por esta señal el Don del Espíritu Santo»
En el corazón de la celebración se encuentra el gesto que hace el sacramento. Pablo VI lo fijó con precisión en 1971, tras la revisión pedida por el concilio Vaticano II[48]:
«El sacramento de la Confirmación se confiere por la unción del santo crisma en la frente, hecha imponiendo la mano, y por estas palabras: "Accipe signaculum doni Spiritus Sancti" ("Recibe por esta señal el Don del Espíritu Santo").» — Pablo VI, constitución apostólica Divinae consortium naturae[49]
Se requieren, pues, juntos tres elementos: la unción del crisma en la frente (la materia), la imposición de la mano del ministro, y la fórmula (la forma). En el Oriente bizantino, la unción se hace en varios órganos de los sentidos — frente, ojos, nariz, oídos, labios, pecho, manos, pies — con la fórmula «Sello del don del Espíritu Santo»[50]. En ambos ritos se realiza la misma realidad: el don sellado del Espíritu Santo.
¿Es la confirmación un verdadero sacramento?
Porque la confirmación sigue al Bautismo y precede a menudo a la Eucaristía en varios años, algunos quisieron ver en ella una simple ceremonia de paso, o una catequesis solemne — no un verdadero sacramento instituido por Cristo. El concilio de Trento respondió a estas objeciones en 1547, con tres cánones breves y claros.
Objeción — «no es más que una ceremonia o una catequesis»
La objeción, sostenida por algunos reformadores del siglo XVI, era que la confirmación no habría sido en su origen «nada más que una catequesis, en la que los que se acercaban a la adolescencia daban cuenta de su fe en presencia de la Iglesia»[51]. Trento la condena:
«Si alguno dice que la confirmación de los bautizados es una ceremonia vana y no más bien un sacramento verdadero y propiamente dicho, o que no fue antaño nada más que una catequesis… sea anatema.» — Concilio de Trento, sesión VII, canon 1 sobre la confirmación[52]
El argumento decisivo no es solo dogmático: es escriturístico e histórico. Los Hechos de los Apóstoles muestran un gesto — la imposición de las manos — que da realmente el Espíritu Santo a bautizados (Hch 8; Hch 19), distinto del Bautismo mismo y realizado por los Apóstoles. Un rito instituido para comunicar la gracia del Espíritu, atestiguado desde la época apostólica y practicado sin interrupción en Oriente como en Occidente, no es una catequesis: es un sacramento.
Objeción — «el santo crisma no tiene ninguna virtud»
Una segunda objeción apuntaba a la unción misma: ¿para qué el crisma, simple óleo? Trento responde, en el canon ya citado, que quienes atribuyen una «virtud» al santo crisma no injurian en modo alguno al Espíritu Santo, sino que confiesan que Dios actúa por signos sensibles[53]. Es toda la lógica sacramental: Dios no salva al hombre como a un puro espíritu, sino a través de gestos y materias que él ha elegido. El agua del Bautismo, el pan y el vino de la Eucaristía, el crisma de la confirmación no son decoraciones: son los instrumentos que emplea el poder divino.
Objeción — «nada en la Escritura funda tal sacramento»
Se objeta, por último, que la palabra «confirmación» no se lee en el Nuevo Testamento. Es verdad de la palabra — no de la realidad. El Nuevo Testamento atestigua:
- un don del Espíritu distinto del Bautismo, conferido por los Apóstoles (Hch 8, 14-17; 19, 5-6);
- el gesto que lo confiere: la imposición de las manos, incluida entre los fundamentos de la fe (Hb 6, 2);
- el sello del Espíritu con el que el cristiano es marcado (2 Co 1, 21-22; Ef 1, 13; 4, 30);
- la unción que hace al «cristiano» (Hch 10, 38; 2 Co 2, 15).
El concilio de Florencia, en 1439, enumeraba ya la confirmación entre los siete sacramentos, «que los obispos confieren por la imposición de las manos ungiendo a los bautizados»[54]. La doctrina no es, pues, una construcción tardía: lee, en los Hechos de los Apóstoles, la institución de un sacramento permanente.
Los efectos de la confirmación
¿Qué produce la confirmación? La Iglesia responde con una palabra: una efusión especial del Espíritu Santo, que no da otro Espíritu que el del Bautismo, sino que lo da en plenitud, para la misión y el testimonio.
La efusión especial del Espíritu, como en Pentecostés
«Se desprende de la celebración que el efecto del sacramento de la Confirmación es la efusión especial del Espíritu Santo, como fue concedida antaño a los Apóstoles el día de Pentecostés.» — Catecismo de la Iglesia Católica, § 1302[55]
De esta efusión se derivan cinco frutos que el Catecismo enumera: la confirmación «nos arraiga más profundamente en la filiación divina, que nos hace decir Abbá, Padre»; «nos une más firmemente a Cristo»; «aumenta en nosotros los dones del Espíritu Santo»; «hace más perfecto nuestro vínculo con la Iglesia»; y «nos concede una fortaleza especial del Espíritu Santo para difundir y defender la fe con la palabra y con las obras, como verdaderos testigos de Cristo, para confesar valientemente el nombre de Cristo y no avergonzarnos nunca de la cruz»[56]. San Ambrosio ya lo decía a los neófitos de Milán:
«Recuerda que recibiste el signo espiritual, el Espíritu de sabiduría e inteligencia, el Espíritu de consejo y de fortaleza, el Espíritu de conocimiento y de piedad, el Espíritu del santo temor, y guarda lo que recibiste. Dios Padre te marcó con su signo, Cristo Señor te confirmó y puso en tu corazón la prenda del Espíritu.» — San Ambrosio de Milán, De los misterios, 7, 42[57]
Los siete dones del Espíritu Santo
La tradición resume esta plenitud en los siete dones del Espíritu, enumerados según Isaías 11, 2 e invocados en la oración misma de la confirmación[58]. No son siete gracias separadas, sino siete modos en que el mismo Espíritu hace al alma dócil a su acción.
| Don del Espíritu | Lo que obra en el alma |
|---|---|
| Sabiduría | Gustar y juzgar todas las cosas según Dios |
| Inteligencia | Penetrar el sentido profundo de la fe revelada |
| Consejo | Discernir lo que hay que hacer en la vida concreta |
| Fortaleza | Mantenerse y actuar con valor, hasta el martirio si es preciso |
| Conocimiento (ciencia) | Juzgar rectamente las cosas creadas a la luz de Dios |
| Piedad (afecto filial) | Amar a Dios como Padre y servir al prójimo |
| Temor de Dios | Reverenciar a Dios y temer ofenderle, por amor |
Estos dones no están reservados a una élite espiritual: se dan a todo confirmado para que su vida ordinaria se convierta en lugar de testimonio. El don de fortaleza, en particular, explica que «numerosos niños, gracias a la fortaleza del Espíritu Santo que habían recibido, lucharon valientemente y hasta derramar su sangre por Cristo»[59].
El carácter indeleble: se recibe una sola vez
Como el Bautismo y el Orden, la confirmación solo se recibe una vez, porque imprime en el alma un «carácter»:
«Como el Bautismo, del que es plenitud, la Confirmación se da una sola vez. La Confirmación imprime en efecto en el alma una marca espiritual indeleble, el "carácter", que es el signo de que Jesucristo ha marcado al cristiano con el sello de su Espíritu revistiéndolo de la fortaleza de lo alto para que sea su testigo.» — Catecismo de la Iglesia Católica, § 1304[60]
Este carácter no desaparece nunca — ni por el pecado, ni por la apostasía. Un confirmado que hubiera abandonado la fe y luego volviera nunca es reconfirmado: la marca sigue ahí, dispuesta a revivir en cuanto renace la caridad. Sobre la naturaleza de esta marca, ver El carácter sacramental.
El sacerdocio común perfeccionado: dar testimonio «como por un cargo»
El carácter de la confirmación no se limita a marcar: habilita. «Perfecciona el sacerdocio común de los fieles, recibido en el Bautismo», y da al confirmado «la potestad de confesar públicamente la fe de Cristo, y como por un cargo»[61]. La fórmula de santo Tomás de Aquino es precisa:
«El confirmado recibe la potestad de confesar públicamente la fe de Cristo, y como por un cargo (quasi ex officio).» — Santo Tomás de Aquino, Suma teológica, III, q. 72, a. 5[62]
Ahí está la diferencia propia de la confirmación respecto al Bautismo. El bautizado profesa su fe; el confirmado está mandatado para defenderla y difundirla, como un soldado recibe sus armas o un enviado su misión. Por eso la tradición ha hablado del confirmado como de un «soldado de Cristo» — no para la guerra de las armas, sino para el combate del testimonio.
¿Quién puede recibir la confirmación?
La regla es amplia: «Todo bautizado aún no confirmado puede y debe recibir el sacramento de la Confirmación»[63]. Dos palabras cuentan: puede (ningún bautizado está excluido) y debe (no es facultativa).
Una obligación, para completar la iniciación
El Catecismo habla de una verdadera obligación: «los fieles están obligados a recibir este sacramento en el tiempo oportuno»[64]. La razón ya se ha dicho: sin la confirmación, «la iniciación cristiana queda incompleta»[65]. No se trata de un adorno decorativo, sino de la parte de la gracia que Cristo quiere dar a cada uno de los suyos para vivir como adulto en la fe.
La edad y el falso «sacramento de la madurez»
En la Iglesia latina, «la costumbre, desde hace siglos, indica la edad de la discreción como punto de referencia»[66]. Pero el Catecismo advierte contra un contrasentido extendido:
«Si a veces se habla de la Confirmación como del "sacramento de la madurez cristiana", no hay que confundir por ello la edad adulta de la fe con la edad adulta del crecimiento natural, ni olvidar que la gracia bautismal es una gracia de elección gratuita e inmerecida que no necesita una "ratificación" para hacerse efectiva.» — Catecismo de la Iglesia Católica, § 1308[67]
La confirmación no es, pues, una «profesión de fe» personal por la que el adolescente ratificaría por fin un Bautismo recibido de bebé. Sería invertir los papeles: no es el hombre quien confirma a Dios, es Dios quien confirma al hombre. La prueba es que, «en peligro de muerte, se debe confirmar a los niños aunque no hayan alcanzado aún la edad de la discreción»[68]: el don no depende de la madurez del sujeto, sino de la gracia de Cristo. Santo Tomás ya lo señalaba: «la edad del cuerpo no constituye un perjuicio para el alma»[69].
Estado de gracia y padrino
Dos condiciones acompañan una recepción fructuosa. Primero, «para recibir la Confirmación hay que estar en estado de gracia» — de ahí la costumbre de recurrir antes al sacramento de la Penitencia, «para ser purificado en vistas al don del Espíritu Santo»[70]. Sobre este punto, ver La confesión. Después, como en el Bautismo, el confirmando es acompañado por un padrino o una madrina; «conviene que sea el mismo que para el Bautismo, para marcar bien la unidad de los dos sacramentos»[71]. El confirmado, por último, debe estar «preparado para asumir su papel de discípulo y testigo de Cristo, en la comunidad eclesial y en los asuntos temporales»[72].
¿Quién puede confirmar? El ministro
En este punto, la confirmación se distingue claramente del Bautismo — que todo hombre puede conferir en caso de necesidad. La confirmación está ordinariamente reservada al obispo.
El obispo, ministro originario
«El ministro originario de la Confirmación es el obispo.» — Catecismo de la Iglesia Católica, § 1312[73]
El concilio de Trento lo había definido contra quienes querían hacer de ello el ministerio de cualquier sacerdote:
«Si alguno dice que el ministro ordinario de la confirmación no es solo el obispo, sino cualquier simple sacerdote: sea anatema.» — Concilio de Trento, sesión VII, canon 3 sobre la confirmación[74]
¿Por qué esta reserva? Porque los obispos «son los sucesores de los apóstoles» y «han recibido la plenitud del sacramento del Orden»[75]. Que sea el obispo quien confirme «manifiesta bien que este sacramento tiene por efecto unir a quienes lo reciben más estrechamente a la Iglesia, a sus orígenes apostólicos y a su misión de dar testimonio de Cristo»[76]. La confirmación vincula visiblemente al confirmado con la Iglesia de los Apóstoles, por la mano de su sucesor. Sobre la distinción de los ministros, ver El ministro ordinario y extraordinario.
El sacerdote, en Oriente y en caso de necesidad
Esta reserva al obispo no es absoluta. En Oriente, «de ordinario es el sacerdote que bautiza quien confiere también inmediatamente la Confirmación», con el crisma consagrado por el obispo o el patriarca[77]. En Occidente, el obispo «puede, en caso de necesidad, conceder la facultad a sacerdotes de administrar la Confirmación»[78] — por ejemplo en el Bautismo de un adulto, o en la admisión a la plena comunión de un convertido. Por último, y sobre todo:
«Si un cristiano está en peligro de muerte, cualquier sacerdote puede darle la Confirmación. En efecto, la Iglesia quiere que ninguno de sus hijos, aun el más pequeño, salga de este mundo sin haber sido perfeccionado por el Espíritu Santo con el don de la plenitud de Cristo.» — Catecismo de la Iglesia Católica, § 1314[79]
Se reencuentra aquí la misma ternura maternal de la Iglesia que para el Bautismo: ante la muerte, se conceden todas las facilidades, para que nadie parta sin la plenitud del don.
Vivir su confirmación: hacerse testigo de Cristo
La confirmación no es un rito de paso que se olvida una vez terminada la fiesta. Deposita en el alma un don que pide ser despertado y puesto en obra toda la vida. «La gracia de la confirmación, escribe el Catecismo, debe conducir al cristiano hacia una unión más íntima con Cristo, hacia una familiaridad más viva con el Espíritu Santo, su acción, sus dones y sus llamadas»[80].
El valor del testimonio
El fruto más visible de la confirmación es el valor. Pentecostés había cambiado a unos Apóstoles temerosos en testigos intrépidos; la confirmación quiere producir el mismo efecto en cada cristiano. Por eso el confirmado recibe la fortaleza «para confesar valientemente el nombre de Cristo y no avergonzarse nunca de la cruz»[81]. El sello del Espíritu es también un «casco» y un «escudo de la fe», según la hermosa oración de consagración del crisma: hace al bautizado capaz de mantenerse «frente a todas las obras del Adversario»[82].
Los santos, confirmados por el Espíritu
La historia de la Iglesia está llena de estos testigos a quienes la fortaleza del Espíritu hizo invencibles. Santo Tomás de Aquino recuerda que «numerosos niños» — piensa en los jóvenes mártires como santa Inés — «lucharon valientemente y hasta derramar su sangre por Cristo», porque habían recibido «la fortaleza del Espíritu Santo»[83]. Este valor no es una virtud natural: es el don del sacramento desplegado hasta el final. El mártir, el misionero, el simple fiel que se atreve a decir su fe en un medio hostil viven todos, a su medida, su confirmación.
Despertar el don recibido
Muchos bautizados-confirmados viven como si nunca hubieran recibido el Espíritu. Y sin embargo, el don permanece: el carácter es indeleble, y la gracia espera ser reanimada. San Pablo exhortaba a su discípulo Timoteo a «reavivar el don de Dios» que había recibido por la imposición de las manos (2 Tm 1, 6-7) — «porque no nos dio Dios un espíritu de temor, sino un espíritu de fortaleza, de amor y de dominio de sí». Es la exhortación de la confirmación a todo cristiano: la fortaleza está ahí, depositada el día del sacramento; queda dejarla actuar, por la oración, los sacramentos y el valor de dar testimonio. El confirmado no tiene que conquistar el Espíritu: solo tiene que no apagarlo (cf. 1 Ts 5, 19).
Para ir más lejos
- ¿Qué es un sacramento? — la noción general de sacramento, signo eficaz de la gracia.
- El Bautismo — el primer sacramento de la iniciación, que la confirmación completa.
- La Eucaristía — la cumbre de la iniciación cristiana, tras el Bautismo y la confirmación.
- El carácter sacramental — la marca indeleble impresa por el Bautismo, la confirmación y el Orden.
- La materia y la forma de los sacramentos — la unción del crisma y la fórmula esencial.
- El ministro ordinario y extraordinario — por qué el obispo, y cuándo el sacerdote.
- La confesión — el estado de gracia requerido para recibir el Espíritu.
Notas y referencias
Catecismo de la Iglesia Católica, § 1302: «el efecto del sacramento de la Confirmación es la efusión especial del Espíritu Santo, como fue concedida antaño a los Apóstoles el día de Pentecostés».
1 55Catecismo de la Iglesia Católica, § 1285: «Con el Bautismo y la Eucaristía, el sacramento de la Confirmación constituye el conjunto de los "sacramentos de la iniciación cristiana"… la recepción de este sacramento es necesaria para la plenitud de la gracia bautismal» (cf. Ordo confirmationis, prænotanda 1).
2 7 8Catecismo de la Iglesia Católica, § 1300, citando a Pablo VI, Divinae consortium naturae: el rito esencial — «la unción del santo crisma en la frente, hecha imponiendo la mano, y por estas palabras: Accipe signaculum doni Spiritus Sancti»; en rito bizantino, unción en varios órganos de los sentidos con la fórmula «Sello del don del Espíritu Santo».
3 50Concilio Vaticano II, constitución dogmática Lumen gentium, n.º 11 (21 de noviembre de 1964): «por el sacramento de la Confirmación, [los bautizados] quedan vinculados más perfectamente a la Iglesia; son dotados de una fortaleza especial del Espíritu Santo, y así quedan más estrictamente obligados a difundir y defender la fe con la palabra y con las obras, como verdaderos testigos de Cristo»; citado por CEC § 1285 y § 1303.
4Catecismo de la Iglesia Católica, § 1304: «como el Bautismo, del que es plenitud, la Confirmación se da una sola vez»; imprime «una marca espiritual indeleble, el carácter» (cf. DS 1609; Lc 24, 48-49).
5 60Catecismo de la Iglesia Católica, § 1289: «para significar mejor el don del Espíritu Santo, a la imposición de las manos se añadió una unción de óleo perfumado (crisma)»; el nombre de «cristiano» significa «ungido» (Hch 10, 38); en Oriente el sacramento se llama «crismación» o «myron», en Occidente «Confirmación».
6 11 12 26 27Catecismo de la Iglesia Católica, § 1212: los tres sacramentos de la iniciación cristiana — Bautismo, confirmación, Eucaristía — fundan la vida cristiana; «los fieles renacen por el Bautismo, son fortalecidos por el sacramento de la Confirmación y reciben en la Eucaristía el pan de la vida eterna» (Pablo VI, Divinae consortium naturae).
9Catecismo de la Iglesia Católica, § 1306: «Todo bautizado aún no confirmado puede y debe recibir el sacramento de la Confirmación» (CIC can. 889, § 1); los fieles «están obligados a recibir este sacramento en el tiempo oportuno» (CIC can. 890); sin confirmación ni Eucaristía, el Bautismo es válido «pero la iniciación cristiana queda incompleta».
10 63 64 65Catecismo de la Iglesia Católica, § 1294: la unción del santo crisma en la confirmación y en la ordenación «es el signo de una consagración»; por ella los cristianos participan más plenamente de la misión de Jesucristo y de la plenitud del Espíritu, «para que toda su vida desprenda el buen olor de Cristo» (2 Co 2, 15).
13 35Catecismo de la Iglesia Católica, § 1286: en el Antiguo Testamento, los profetas anuncian que el Espíritu del Señor reposará sobre el Mesías (Is 11, 2) en vistas a su misión salvífica (Lc 4, 16-22; Is 61, 1).
14Isaías 11, 2: los siete dones del Espíritu que reposan sobre el retoño de Jesé — sabiduría, inteligencia, consejo, fortaleza, conocimiento y temor del Señor; texto fundacional de la doctrina de los siete dones, recogido en la liturgia de la confirmación (CEC § 1286; § 1299).
15Catecismo de la Iglesia Católica, § 1287: la plenitud del Espíritu debía comunicarse a todo el pueblo mesiánico (Ez 36, 25-27; Jl 3, 1-2); promesa realizada en Pascua (Jn 20, 22) y en Pentecostés (Hch 2, 1-4); los que creyeron y fueron bautizados recibieron a su vez el don del Espíritu Santo (Hch 2, 38).
16 17 18 19Hechos de los Apóstoles 2, 38: llamada de san Pedro en Pentecostés; citado por CEC § 1287 como vínculo entre el Bautismo y el don del Espíritu Santo.
20Catecismo de la Iglesia Católica, § 1288, citando a Pablo VI, Divinae consortium naturae: los Apóstoles comunicaron a los neófitos, «por la imposición de las manos, el don del Espíritu que lleva a su plenitud la gracia del Bautismo» (Hch 8, 15-17; 19, 5-6; cf. Hb 6, 2); la imposición de las manos es reconocida «como el origen del sacramento de la Confirmación».
21 23 24Hechos de los Apóstoles 8, 14-17: Pedro y Juan imponen las manos a los samaritanos bautizados para que reciban el Espíritu Santo; texto citado íntegramente por CEC § 1315 como fundamento escriturístico de la confirmación.
22Pablo VI, constitución apostólica Divinae consortium naturae (15 de agosto de 1971): promulga el rito revisado de la confirmación; reconoce la imposición de las manos de los Apóstoles «como el origen del sacramento de la Confirmación, que perpetúa, en cierto modo, en la Iglesia, la gracia de Pentecostés»; citado por CEC § 1288.
25Catecismo de la Iglesia Católica, § 1291: la costumbre romana de una doble unción con el santo crisma tras el Bautismo, la segunda de ellas hecha por el obispo en la frente (cf. san Hipólito, Tradición apostólica, 21); para un adulto bautizado, solo hay una unción postbautismal, la de la confirmación.
28San Ambrosio de Milán, De los misterios (De mysteriis), 7, 42 (PL 16, 402-403): exhortación a los neófitos a guardar el signo espiritual recibido, el Espíritu con sus siete dones; citado por CEC § 1303.
29 57Catecismo de la Iglesia Católica, § 1290: en los primeros siglos, Bautismo y confirmación forman, según san Cipriano, un «sacramento doble»; la multiplicación de los bautismos de niños y de las parroquias rurales lleva a Occidente a reservar al obispo «la plenitud del Bautismo», de ahí la separación temporal; Oriente mantiene unidos los dos sacramentos (cf. CCEO can. 695, 1; 696, 1).
30 31 32Catecismo de la Iglesia Católica, § 1292: la práctica oriental subraya «la unidad de la iniciación cristiana»; la práctica latina expresa «la comunión del nuevo cristiano con su obispo, garante y servidor de la unidad de su Iglesia, de su catolicidad y de su apostolicidad».
33Catecismo de la Iglesia Católica, § 1293: en el rito, considerar «el signo de la unción y lo que la unción designa e imprime: el sello espiritual»; significados bíblicos del óleo (abundancia, alegría, purificación, agilidad, curación, belleza, fortaleza).
34 36Catecismo de la Iglesia Católica, § 1295: el sello, símbolo de la persona (Gn 38, 18; Ct 8, 6), signo de autoridad (Gn 41, 42) y de propiedad (Dt 32, 34) — se marcaba «a los soldados con el sello de su jefe y a los esclavos con el de su señor»; autentifica un acto (1 R 21, 8) o un documento (Jr 32, 10).
37San Pablo, 2.ª carta a los Corintios 1, 21-22: Dios «nos ha marcado con su sello y ha puesto en nuestros corazones las arras del Espíritu»; citado por CEC § 1296 sobre el sello del Espíritu.
38Catecismo de la Iglesia Católica, § 1296: el cristiano es marcado con un sello (2 Co 1, 22; Ef 1, 13; 4, 30) que «marca la pertenencia total a Cristo, la entrega a su servicio para siempre, pero también la promesa de la protección divina en la gran prueba escatológica» (Ap 7, 2-3; 9, 4; Ez 9, 4-6).
39Catecismo de la Iglesia Católica, § 1297: la consagración del santo crisma por el obispo, el Jueves Santo, en la Misa crismal; oración de epíclesis de la liturgia de Antioquía — el myron como «sello indeleble, escudo de la fe y casco temible frente a todas las obras del Adversario».
40 41 82Concilio de Trento, sesión VII (3 de marzo de 1547), Cánones sobre el sacramento de la confirmación, canon 2 — DS 1629: «Si alguno dice que injurian al Espíritu Santo quienes atribuyen alguna virtud al santo crisma de la confirmación: sea anatema.»
42 53Catecismo de la Iglesia Católica, § 1298: en el rito romano, la confirmación celebrada separada del Bautismo comienza por la renovación de las promesas bautismales y la profesión de fe de los confirmandos, mostrando que «la Confirmación se sitúa en la línea del Bautismo» (cf. SC 71; CIC can. 866).
43Catecismo de la Iglesia Católica, § 1299: el obispo extiende las manos sobre los confirmandos, «gesto que, desde el tiempo de los apóstoles, es el signo del don del Espíritu», e invoca la efusión del Espíritu con sus siete dones.
44 58Ritual romano, Ordo confirmationis (Rito de la confirmación), n.º 25 (edición típica, Vaticano, 1973): oración de imposición de las manos del obispo que invoca los siete dones del Espíritu Santo; citada por CEC § 1299.
45Catecismo de la Iglesia Católica, § 1301: «El beso de la paz que concluye el rito del sacramento significa y manifiesta la comunión eclesial con el obispo y con todos los fieles» (cf. san Hipólito, Tradición apostólica, 21).
46Catecismo de la Iglesia Católica, § 1321: el vínculo de la confirmación con el Bautismo se expresa por la renovación de los compromisos bautismales; «la celebración de la Confirmación durante la Eucaristía contribuye a subrayar la unidad de los sacramentos de la iniciación cristiana».
47Concilio Vaticano II, constitución sobre la sagrada liturgia Sacrosanctum concilium, n.º 71 (4 de diciembre de 1963): pide revisar el rito de la confirmación para manifestar mejor su vínculo con el conjunto de la iniciación cristiana; aplicado por Pablo VI en 1971.
48Pablo VI, constitución apostólica Divinae consortium naturae (15 de agosto de 1971): fija la forma esencial del rito latino — «el sacramento de la Confirmación se confiere por la unción del santo crisma en la frente, hecha imponiendo la mano, y por estas palabras: Accipe signaculum doni Spiritus Sancti (Recibe por esta señal el Don del Espíritu Santo)»; citado por CEC § 1300.
49Concilio de Trento, sesión VII (3 de marzo de 1547), Cánones sobre el sacramento de la confirmación, canon 1 — DS 1628: «Si alguno dice que la confirmación de los bautizados es una ceremonia vana y no más bien un sacramento verdadero y propiamente dicho, o que no fue antaño nada más que una catequesis… sea anatema.»
51 52Concilio de Florencia, decreto para los armenios Exsultate Deo (22 de noviembre de 1439) — DS 1310-1319: enumera los siete sacramentos y presenta la confirmación como el sacramento «que los obispos confieren por la imposición de las manos ungiendo a los bautizados», con la materia (el crisma), la forma y el ministro.
54Catecismo de la Iglesia Católica, § 1303: los cinco frutos de la confirmación (arraigo en la filiación divina, unión con Cristo, aumento de los dones del Espíritu, vínculo más perfecto con la Iglesia, fortaleza especial para dar testimonio); cita de san Ambrosio, De mysteriis 7, 42.
56 81Santo Tomás de Aquino, Suma teológica, III, q. 72, a. 8, ad 2: «la edad del cuerpo no constituye un perjuicio para el alma»; numerosos niños, «gracias a la fortaleza del Espíritu Santo, lucharon hasta derramar su sangre por Cristo»; citado por CEC § 1308.
59 69 83Catecismo de la Iglesia Católica, § 1305: el carácter «perfecciona el sacerdocio común de los fieles, recibido en el Bautismo», y da «la potestad de confesar públicamente la fe de Cristo, y como por un cargo» (santo Tomás de Aquino, Suma teológica III, 72, 5, ad 2).
61Santo Tomás de Aquino, Suma teológica, III, q. 72, a. 5, ad 2: el confirmado «recibe la potestad de confesar públicamente la fe de Cristo, y como por un cargo (quasi ex officio)»; citado por CEC § 1305.
62Catecismo de la Iglesia Católica, § 1307: la costumbre latina indica «la edad de la discreción» como punto de referencia; en peligro de muerte, «se debe confirmar a los niños aunque no hayan alcanzado aún la edad de la discreción» (CIC can. 891; 883, 3).
66 68Catecismo de la Iglesia Católica, § 1308: no hay que «confundir la edad adulta de la fe con la edad adulta del crecimiento natural»; la gracia bautismal «no necesita una ratificación para hacerse efectiva».
67Catecismo de la Iglesia Católica, § 1310: «para recibir la Confirmación hay que estar en estado de gracia»; conviene recurrir al sacramento de la Penitencia «para ser purificado en vistas al don del Espíritu Santo» y prepararse con una oración más intensa (Hch 1, 14).
70Catecismo de la Iglesia Católica, § 1311: conviene que el confirmando busque la ayuda de un padrino o una madrina; «conviene que sea el mismo que para el Bautismo, para marcar bien la unidad de los dos sacramentos» (CIC can. 893).
71Catecismo de la Iglesia Católica, § 1319: el candidato que ha alcanzado la edad de la razón «debe profesar la fe, estar en estado de gracia, tener la intención de recibir el sacramento y estar preparado para asumir su papel de discípulo y testigo de Cristo».
72Catecismo de la Iglesia Católica, § 1312: «El ministro originario de la Confirmación es el obispo» (LG 26); en Oriente, de ordinario es el sacerdote que bautiza quien confirma, con el crisma consagrado por el patriarca o el obispo (CIC can. 883, § 2).
73 77Concilio de Trento, sesión VII (3 de marzo de 1547), Cánones sobre el sacramento de la confirmación, canon 3 — DS 1630: «Si alguno dice que el ministro ordinario de la confirmación no es solo el obispo, sino cualquier simple sacerdote: sea anatema.»
74Catecismo de la Iglesia Católica, § 1313: en el rito latino, el ministro ordinario es el obispo (CIC can. 882); puede conceder la facultad a sacerdotes (CIC can. 884, § 2); los obispos, sucesores de los apóstoles, «han recibido la plenitud del sacramento del Orden».
75 76 78Catecismo de la Iglesia Católica, § 1314: «Si un cristiano está en peligro de muerte, cualquier sacerdote puede darle la Confirmación» (CIC can. 883, § 3); «la Iglesia quiere que ninguno de sus hijos, aun el más pequeño, salga de este mundo sin haber sido perfeccionado por el Espíritu Santo».
79Catecismo de la Iglesia Católica, § 1309: la preparación a la confirmación debe conducir «hacia una unión más íntima con Cristo, hacia una familiaridad más viva con el Espíritu Santo, su acción, sus dones y sus llamadas», y despertar el sentido de pertenencia a la Iglesia.
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