El gran cisma de Occidente (1378-1417)

El gran cisma de Occidente designa la división interna de la Iglesia católica de 1378 a 1417, durante la cual dos y luego tres hombres se pretenden simultáneamente papa legítimo, hasta la resolución aportada por el concilio de Constanza.

Ignispedia

El gran cisma de Occidente es la ruptura interna de la Iglesia católica entre 1378 y 1417, durante la cual dos y luego tres hombres pretenden simultáneamente ser papa legítimo. Este cisma no es una separación de comuniones eclesiales distintas como el cisma de Oriente: no crea una nueva Iglesia junto a Roma. Fractura la misma comunión católica latina en torno a la cuestión de hecho de la identidad del verdadero sucesor de Pedro.[1]

A la muerte del papa Gregorio XI, de regreso en Roma tras casi setenta años de papado de Aviñón, los dieciséis cardenales reunidos en Roma eligen el 8 de abril de 1378 a Urbano VI (Bartolomeo Prignano), arzobispo de Bari. Pocos meses después, trece de esos mismos cardenales, refugiados en Fondi bajo protección napolitana, declaran nula la elección y eligen contra él a Clemente VII (Roberto de Ginebra), que se instala en Aviñón. La cristiandad latina se divide entonces entre un linaje romano sostenido por Italia, el Imperio e Inglaterra, y un linaje de Aviñón sostenido por Francia, Escocia y gran parte de España.[2][3]

Durante treinta y nueve años, la Iglesia católica vive con dos papas — y luego tres, después de que el concilio de Pisa de 1409 pretendiera deponer las dos líneas para elegir a Alejandro V, sin obtener la obediencia de los demás. Es el concilio de Constanza (1414-1418), convocado con el apoyo de Segismundo, rey de Romanos (coronado emperador solo en 1433), el que extingue la crisis: Juan XXIII de la línea pisana es depuesto el 29 de mayo de 1415, Gregorio XII de la línea romana renuncia libremente el 4 de julio de 1415, Benedicto XIII de la línea de Aviñón es depuesto el 26 de julio de 1417, y Martín V es elegido el 11 de noviembre de 1417, restaurando la comunión visible en torno a un solo sucesor de Pedro.[4][5]

El episodio deja una doble cicatriz doctrinal. Por un lado, revela la solidez institucional del papado: a pesar de la confusión, la comunión católica no estalla en varias Iglesias; espera, reza y acaba por recuperar su unidad. Por otro, el cisma alimenta la tentación conciliarista — la idea de que un concilio general estaría por encima del papa — que Florencia (1439, primacía romana reafirmada), la bula Execrabilis de Pío II (1460, que condena la apelación al concilio contra el papa), Letrán V (1516, primacía del papa sobre todo concilio reafirmada por Pastor aeternus de León X) y luego Vaticano I (1870, definición dogmática de la primacía) descartarán definitivamente como contraria a la constitución divina de la Iglesia.[6][7][8][9]

Por qué se habla de cisma de Occidente ?

Un cisma dentro de Occidente, no entre Occidente y Oriente

La palabra « cisma » designa en derecho católico la negativa de sumisión al Soberano Pontífice o la negativa de comunión con quienes le están sometidos.[10] Esta definición vale tanto para el cisma de Oriente — donde dos conjuntos de Iglesias apostólicas dejan de comulgar juntas — como para el cisma de Occidente. Pero ambas situaciones son profundamente diferentes.

El cisma de Oriente (1054 y siglos siguientes) separa durablemente la comunión católica latina y las Iglesias bizantinas: dos eclesiologías, dos disciplinas, dos tradiciones litúrgicas enteras siguen en pie, pero ya no celebran juntas la Eucaristía. El cisma de Occidente, por el contrario, no hace estallar ninguna Iglesia local en dos: es la misma Iglesia latina la que se ve obligada, en cada reino, a discernir cuál de las dos o tres autoridades romanas es la verdadera.[11]

La Catholic Encyclopedia subraya la distinción en términos muy claros. La querella no es una revuelta contra el papado como institución: es, escribe, « una deplorable confusión sobre una cuestión de hecho », en la que la mayoría de los fieles « eran ignorantes o estaban engañados, pero no eran culpables » — situación que la teología clásica llama ignorancia invencible.[12]

Por qué esta ignorancia fue general

Comprender la mecánica del cisma supone comprender el estado del mundo en 1378. El papado acababa de pasar casi setenta años en Aviñón, en el sur del reino de Francia, por decisión de Clemente V en 1309 y luego de sus sucesores. Esta « cautividad » había afrancesado profundamente la curia: de los dieciséis cardenales que eligieron a Urbano VI, once eran franceses, cuatro italianos, uno español.[13]

Cuando Gregorio XI devuelve la sede pontificia a Roma en enero de 1377, tras haber sido apremiado anteriormente por santa Brígida de Suecia (muerta en 1373) y, de forma inmediata, por santa Catalina de Siena en 1376-1377, la operación no está ni estabilizada ni aceptada por todos. Una parte de los cardenales franceses sueña con volver a Aviñón; los romanos, por su parte, temen perder de nuevo al papa. Este contexto de inestabilidad es la matriz del cisma: no basta con volver a Roma, hace falta además que el pueblo romano acepte la elección de un papa que podría decidir, a su vez, marcharse.[14][15]

Cómo estalla la crisis en 1378 ?

La muerte de Gregorio XI y la presión del pueblo romano

Urbano VI (Bartolomeo Prignano), papa legítimo elegido el 8 de abril de 1378. Dominio público, Wikimedia Commons.

El papa Gregorio XI muere en Roma el 27 de marzo de 1378. Los dieciséis cardenales presentes en la ciudad se reúnen en el Vaticano para el cónclave, en un clima de tensión extrema. Una multitud romana, temiendo que un papa francés devuelva la curia a Aviñón, rodea el palacio y exige a grandes voces « Romano lo volemo, o almanco italiano ! » — « ¡Queremos un romano, o al menos un italiano! ».[16] Los cardenales deciden finalmente, el 8 de abril, elegir a Bartolomeo Prignano, arzobispo de Bari, que toma el nombre de Urbano VI.

La elección presenta tres rasgos decisivos. Primero, Prignano no es cardenal: como Urbano V dieciséis años antes (1362), es elegido fuera del Sacro Colegio. Después, es italiano y napolitano, lo que tranquiliza a la multitud sin desencadenar una batalla de cardenales franceses por la sede. Finalmente, los cardenales, tras haberlo entronizado bajo presión, lo reconocen públicamente — pidiéndole incluso nombramientos, dirigiéndole cartas oficiales, participando en su coronación el 18 de abril.[17] Es este reconocimiento público de los propios cardenales, extendido a lo largo de varias semanas, lo que hará más tarde muy difícil sostener que la elección habría sido nula por causa de violencia.

Urbano VI y la humillación de los cardenales

Urbano VI es un hombre austero, intransigente, brusco. Formado en la curia de Aviñón, llega a papa con un proyecto de reforma drástica: suprimir el lujo, las pensiones, el nepotismo y la frecuentación política de los cardenales. La Catholic Encyclopedia señala que pronto se enemistó con el Sacro Colegio: su reforma de la Curia partía de una intención justa, pero la llevó a cabo sin la prudencia necesaria, llegando a invectivar públicamente contra los cardenales, y su temperamento reacio hizo el resto.[18]

En lugar de reformar con paciencia, humilla públicamente a los cardenales, se niega a promover a sus candidatos y pronuncia palabras hirientes en consistorio. Los cardenales franceses se sienten a la vez engañados (lo habían creído manejable) y amenazados (temen realmente por su dignidad). En pocas semanas, el papa legítimamente elegido convierte a sus propios electores en adversarios personales.[19][20]

Ya en 1378, en sus cartas a Urbano VI, Catalina le reprocha hacer mal uso del honor que Dios le ha hecho y le suplica dominar su temperamento impetuoso.[21]

Catalina de Siena, que defenderá hasta su muerte la legitimidad de Urbano VI, se ve ella misma obligada a advertirle: su causa es justa, pero su temperamento está a punto de perderla. La santa no inventa otro papa; suplica al papa verdadero que se haga digno de su oficio.

La declaración de Fondi y la elección de Clemente VII

Entre mayo y julio de 1378, los cardenales franceses abandonan poco a poco Roma hacia Anagni, y luego hacia Fondi, en el reino de Nápoles, bajo la protección de la reina Juana I. Allí redactan una declaración común: la elección de Urbano VI, dicen, había sido arrancada por el miedo del pueblo romano y sería por tanto nula de pleno derecho. El 9 de agosto de 1378 publican esta declaración y la sede es oficialmente declarada vacante.[22]

El 20 de septiembre de 1378, trece de ellos eligen en Fondi a Roberto de Ginebra, cardenal obispo de Sabina, que toma el nombre de Clemente VII. Poco después se instala en Aviñón, donde retoma el aparato administrativo que había quedado en pie bajo Gregorio XI.[23] El episodio crea una situación inédita en la historia de la Iglesia: no una elección de papa contra otro papa rival de otra corriente, sino una elección de papa por los mismos cardenales que acababan de elegir y reconocer a su adversario.

Roberto de Ginebra no es un personaje anodino. Había servido como legado papal durante la guerra de los Ocho Santos, y fue él quien, en febrero de 1377, autorizó en Cesena la masacre de varios miles de civiles por las compañías bretonas, tras el asesinato de soldados pontificios — lo que le valió el sobrenombre posterior de « carnicero de Cesena ».[24] El rostro moral de cada bando pesará mucho en la percepción de los fieles: Urbano VI será odioso por carácter, Roberto de Ginebra por antecedente.

Dos linajes papales: quién es legítimo ?

La línea romana: Urbano VI y sus sucesores

La línea romana cuenta con cuatro papas:

PapaFechas de pontificadoNotas
Urbano VI (Bartolomeo Prignano)1378-1389Papa legítimo inicial, muerto el 15 de octubre de 1389
Bonifacio IX (Pietro Tomacelli)1389-1404Elegido en Roma; rechaza toda negociación con Aviñón
Inocencio VII (Cosmato de' Migliorati)1404-1406Pontificado breve, muerto el 6 de noviembre de 1406
Gregorio XII (Angelo Correr)1406-1415Elegido bajo juramento de abdicación; abdica el 4 de julio de 1415

Es esta línea la que la Iglesia católica reconoce hoy como legítima. El criterio decisivo no es geográfico, sino jurídico: la elección de Urbano VI fue llevada a cabo por los cardenales competentes, validada por su participación pública en la coronación y su correspondencia oficial durante varias semanas, sin impugnación inmediata.[25]

La línea de Aviñón: Clemente VII y luego Benedicto XIII

Pedro Martínez de Luna, antipapa bajo el nombre de Benedicto XIII (1394-1423). Retrato de Joan Reixach, siglo XV. Dominio público, Wikimedia Commons.

La línea de Aviñón solo cuenta con dos figuras principales:

  • Clemente VII (Roberto de Ginebra), antipapa de 1378 a 1394. Muerto en Aviñón el 16 de septiembre de 1394.
  • Benedicto XIII (Pedro Martínez de Luna), antipapa de 1394 a 1423. Elegido el 28 de septiembre de 1394 por los cardenales fieles a Aviñón, jura abdicar si ello puede devolver la unidad — promesa que jamás cumplirá.[26]

Pedro de Luna, originario de Illueca en Aragón, es un canonista brillante y un hombre de voluntad indomable. Francia retira su obediencia en 1398, lo mantiene asediado en su propio palacio de Aviñón, luego le devuelve en parte su apoyo antes de retirárselo definitivamente. Pedro de Luna rechaza toda abdicación, considera que solo el papa legítimamente elegido puede renunciar, y se repliega en 1411 en el castillo de Peñíscola en España, donde seguirá firmando sus bulas « Benedicto XIII » hasta su muerte en Peñíscola, retenida aquí al 23 de mayo de 1423 — una datación discutida, pues la nota de la Catholic Encyclopedia da también el 29 de noviembre de 1422.[27]

El veredicto católico moderno

La historiografía católica del siglo XX ha estabilizado la posición oficial de la Iglesia: la línea romana es la línea legítima, y los papas de Aviñón como los de Pisa son antipapas. El Annuario Pontificio no los cuenta entre los papas legítimos: ni los papas de Aviñón ni los de Pisa figuran en la verdadera línea de san Pedro, fuerte presunción a favor de la legitimidad romana.[28]

Una prueba indirecta la dan los nombres de los papas posteriores. Cuando Angelo Roncalli es elegido en 1958, toma el nombre de Juan XXIII; y eso que ya había habido, en el siglo XV, un Juan XXIII — pero este, elegido por el concilio de Pisa y depuesto en Constanza, nunca fue considerado legítimo. El nuevo Juan XXIII puede pues retomar el número sin contradicción, significando así públicamente que la Iglesia considera al anterior como antipapa.[29]

Cómo podían orientarse los fieles ?

Un mapa de Europa partido en dos

Los reinos eligen su obediencia según lógicas políticas tanto como religiosas. Francia, Escocia, Castilla, Aragón y Navarra se alinean poco a poco detrás de Aviñón. Italia central, el Imperio, Inglaterra, Hungría, Polonia y el reino de Nápoles (al principio) siguen a Roma.[30]

Para un cura de parroquia, un obispo de campo o un fiel ordinario, la situación es vertiginosa. Reza cada día en la misa « en unión con nuestro santo Padre el papa N. » — pero ¿cuál es? ¿Aquel por quien reza su rey, o aquel por quien reza su confesor? ¿Y qué vale el sacramento del bautismo recibido de un sacerdote ordenado por un obispo consagrado en la obediencia adversa?

La Iglesia tiene felizmente un marco canónico para este tipo de situación: la Ecclesia supplet — en caso de error común o de duda positiva y probable, la Iglesia suple el poder de gobierno que faltaría (can. 144, § 1). Concretamente, esta suplencia cubre los actos que requieren una jurisdicción: las absoluciones sacramentales y la asistencia al matrimonio, por ejemplo, recibidas de buena fe por fieles que no podían distinguir la jurisdicción verdadera. No garantiza pues la validez de los sacramentos en general — el bautismo o la eucaristía, ellos, no dependen de una jurisdicción — pero asegura los actos de gobierno: la continuidad de la vida sacramental de los fieles ordinarios nunca se rompió, aun cuando la comunión jerárquica estaba enturbiada.[31][32]

Los santos ante el cisma: un discernimiento contrastado

El cisma produce un fenómeno notable: santos canonizados se encuentran en ambos bandos. Santa Catalina de Siena (✝ 1380) defiende ardientemente a Urbano VI; san Vicente Ferrer (✝ 1419), por el contrario, sostiene largo tiempo a Benedicto XIII de Aviñón, antes de abandonarlo públicamente en 1416 para preparar Constanza.[33]

Santa Catalina de Siena (1347-1380), fresco atribuido a Andrea Vanni (c. 1400). Defiende a Urbano VI hasta su muerte el 29 de abril de 1380 y muere en Roma tras una vida de mortificación ofrecida por la unidad de la Iglesia. Dominio público, Wikimedia Commons.

Este doble ejemplo tiene un alcance teológico preciso. Muestra que la santidad no basta para zanjar una cuestión de hecho cuando los elementos objetivos están disputados. Catalina y Vicente estaban el uno y el otro vueltos hacia Cristo, animados del deseo de unidad, dispuestos a morir por su convicción. Pero no tenían acceso a las mismas informaciones, ni al mismo juicio sobre la regularidad material de la elección de 1378. La Iglesia, en su misericordia, nunca reprochó a Vicente Ferrer su convicción subjetiva: lo canonizó en 1455, sin revisar la legitimidad de Urbano VI.[34]

En otra carta a Urbano VI, ella le suplica, en nombre de Cristo crucificado, refrenar los movimientos impetuosos de su naturaleza y hacerse, por la virtud, un corazón grande sobrenaturalmente, como Dios se lo hizo grande naturalmente.[35]

Catalina muere en Roma el 29 de abril de 1380, a los treinta y tres años, tras haber ofrecido toda su vida por la navicella — la barca de Pedro. Será canonizada por Pío II en 1461 y proclamada doctora de la Iglesia por Pablo VI en 1970.[36]

El concilio de Pisa (1409): tres papas en lugar de uno

La ilusión conciliar

Durante treinta años, los fieles, las universidades y los príncipes intentan encontrar una salida. Cuatro vías son discutidas:

  1. la via cessionis — abdicación simultánea de los dos papas;
  2. la via compromissi — decisión conjunta por un tribunal arbitral;
  3. la via facti — guerra, forzando a uno a ceder;
  4. la via concilii — reunión de un concilio general que impondría la unidad.

Los dos papas se niegan sucesivamente a cumplir su palabra de abdicar. Exasperados, varios cardenales de ambas obediencias se reúnen y convocan un concilio en Pisa, que se abre el 25 de marzo de 1409. Cuatro patriarcas, veintidós cardenales, unos ochenta obispos, teólogos y representantes de los reinos toman asiento en él.[37]

El concilio, sostenido en particular por Juan Gerson y Pedro de Ailly, declara el 5 de junio de 1409 a Gregorio XII y Benedicto XIII « cismáticos y herejes » y pronuncia su deposición. El 26 de junio, los cardenales eligen en su lugar a Alejandro V (Pietro Filargo). Este muere rápidamente, el 3 de mayo de 1410; sus cardenales eligen entonces a Juan XXIII (Baldassare Cossa).[38]

El agravamiento en lugar de la resolución

La Catholic Encyclopedia da el veredicto: Pisa no puso fin al cisma, lo triplicó. Ni Gregorio XII (que conserva Alemania y Nápoles) ni Benedicto XIII (que guarda España y Escocia) reconocieron la deposición. El papa pisano, por su parte, es reconocido por Francia, Inglaterra y parte de Italia.[39] La Iglesia católica se encuentra con tres líneas de papas simultáneas.

Desde el punto de vista católico posterior, el concilio de Pisa no es un concilio ecuménico: no fue convocado ni por un papa legítimo, ni reconocido retroactivamente por la autoridad pontificia. No aparece pues en la lista oficial de los veintiún concilios ecuménicos. Alejandro V y Juan XXIII de Pisa están clasificados entre los antipapas.[40]

El concilio de Constanza (1414-1418)

Convocado con el apoyo de Segismundo, salvado por la humildad de Gregorio XII

El concilio de Constanza (1414-1418), ilustración de las Crónicas de Núremberg de Hartmann Schedel, 1493. El concilio reúne cardenales, obispos y teólogos venidos para poner fin al triple cisma. Dominio público, Wikimedia Commons.

El rey de Romanos Segismundo (coronado emperador solo en 1433) apremia a Juan XXIII de Pisa para convocar un nuevo concilio en Constanza, en el Imperio. El concilio se abre el 5 de noviembre de 1414. Segismundo llega solemnemente en la noche de Navidad de 1414 y ejerce sobre los debates una « influencia profunda y continua ».[41]

El punto jurídico más delicado es este: un concilio ecuménico reclama una convocatoria pontificia. Ahora bien, de los tres papas en liza, ¿cuál tiene derecho a convocar? Juan XXIII participa en él, pero huye en cuanto siente que la asamblea se vuelve contra él. La solución vendrá de Gregorio XII, papa legítimo de la línea romana. El 4 de julio de 1415, su legado, el cardenal Juan Dominici, y el príncipe Carlos Malatesta, leen en su nombre una bula que primero reconvoca oficialmente el concilio (dándole así el estatuto canónico de concilio pontificio), y luego pronuncia su abdicación libre. El gesto es único en la historia: un papa legítimo se despoja de su oficio para devolver la unidad a la Iglesia.[42][43]

Deposición de Juan XXIII y proceso de Jan Hus

Juan XXIII de Pisa, tras su huida, es alcanzado, conducido prisionero a Constanza, juzgado por simonía, mala vida y herejía, y depuesto el 29 de mayo de 1415. Acepta la sentencia. Su caso es el más simple de los tres: ni siquiera defiende su causa y reconoce la decisión conciliar.[44]

Durante el concilio, en julio de 1415, se concluye también el otro gran expediente: el de las tesis de Jan Hus, teólogo bohemio influido por Wiclef. Hus había recibido un salvoconducto imperial para venir a explicarse. El concilio juzga heréticas sus proposiciones (en particular sobre la Eucaristía, la predestinación y la autoridad), lo condena, y lo entrega al brazo secular. Es quemado el 6 de julio de 1415.[45] Sobre el salvoconducto, la posición del concilio fue que la garantía imperial protegía contra la violencia ilegal pero no sustraía a un acusado de herejía al juicio de sus jueces legítimos — posición que el propio Segismundo acabó por admitir, declarando el 1 de enero de 1415 que no impediría al concilio juzgar según el derecho.[46] El asunto Hus es jurídicamente distinto del cisma, pero se desarrolla simultáneamente y marcará profundamente Bohemia — prefigurando las guerras husitas y, más tarde, el terreno de la Reforma protestante.

El decreto Haec Sancta: límite y lectura católica

El 6 de abril de 1415, en la 5ª sesión, el concilio vota el decreto Haec Sancta synodus. El texto afirma que el concilio « legítimamente reunido en el Espíritu Santo, formando el concilio general que representa a la Iglesia católica militante, tiene su poder inmediatamente de Cristo, y todos, de cualquier estado o dignidad que sean, incluso papal, están obligados a obedecerle en lo que concierne a la fe, la extirpación del cisma y la reforma de la Iglesia en su cabeza y en sus miembros ».[47]

Este texto es la raíz doctrinal del conciliarismo. Leído sin matiz, equivale a colocar el concilio por encima del papa — lo que contradice la constitución divina de la Iglesia. La recepción católica posterior operó pues un trabajo de discernimiento:

  • El concilio de Constanza como tal es parcialmente ecuménico: sus sesiones a partir de la abdicación de Gregorio XII (julio de 1415) son reconocidas, así como las que condujeron a la elección de Martín V.
  • El decreto Haec Sancta es considerado como un texto de urgencia canónica, válido para salir del cisma, y no como una doctrina permanente sobre la relación papa-concilio.[48][49]
  • Martín V aprueba los decretos del concilio « conciliariter conclusa » — es decir, los que fueron concluidos conciliarmente y que conciernen a la fe — pero se niega a transformar esta aprobación en doctrina general sobre la superioridad del concilio.

Florencia (1439), Letrán V (1512-1517) y sobre todo Vaticano I (1870) con Pastor Aeternus zanjan definitivamente la cuestión: el papa posee « plena potestad, suprema y universal sobre toda la Iglesia », y esta autoridad no deriva del consentimiento de un concilio.[50]

El decreto Frequens: un legado duradero

El concilio vota también, el 9 de octubre de 1417, el decreto Frequens, que prescribe la celebración regular de concilios generales: uno al cabo de cinco años, luego uno septenal, luego uno cada diez años.[51] Este decreto nunca se aplicó en todo su rigor, pero dejó huella: la Iglesia moderna, sin aceptar la tesis conciliarista, celebró realmente varios concilios mayores (Trento, Vaticano I, Vaticano II) y guarda la convicción de que un concilio ecuménico es un momento excepcional de discernimiento.

Deposición de Benedicto XIII (26 de julio de 1417)

Queda el caso más duro: Pedro de Luna. Atrincherado en Peñíscola en España, se niega a abdicar. Los reinos ibéricos, aún fieles, negocian con el concilio. Segismundo se reúne con Benedicto XIII en Perpiñán en 1415; las conversaciones fracasan. Los soberanos acaban por retirar su obediencia. El 26 de julio de 1417, el concilio declara a Pedro de Luna cismático, hereje y perjuro, y pronuncia su deposición.[52][53]

Pedro de Luna no se somete: sigue considerándose papa, nombra nuevos cardenales, y muere en 1423 en plena certeza de ser el verdadero sucesor de Pedro. Uno de sus últimos cardenales elegirá tras su muerte un efímero Clemente VIII de Aviñón, que acabará por adherirse a Martín V en 1429. La línea de Aviñón desaparece entonces definitivamente.[54]

La elección de Martín V

El papa Martín V (Oddone Colonna), papa de la unidad recuperada, elegido el 11 de noviembre de 1417. Detalle de un fresco de Bicci di Lorenzo, hacia 1424. Dominio público, Wikimedia Commons.

El 11 de noviembre de 1417, día de san Martín (de ahí su nombre), los veintitrés cardenales de las tres obediencias confundidas y treinta representantes de las cinco « naciones » del concilio eligen por unanimidad a Oddone Colonna, que toma el nombre de Martín V. Es la primera elección común desde 1378, y se hace con la aprobación universal.[55]

La elección de Martín V extingue jurídicamente el cisma. Queda reconstruir: Martín V vuelve lentamente a Roma (entra en septiembre de 1420), restaura los edificios arruinados, reorganiza la administración pontificia, funda la universidad de Lovaina en 1425, y muere el 20 de febrero de 1431. Es uno de los pontificados más importantes del siglo XV, porque reconstruye paso a paso un papado visible, romano y católico.[56]

El conciliarismo: una herejía nacida del cisma ?

La tesis y sus defensores

El conciliarismo es la doctrina según la cual un concilio general que representa a toda la Iglesia estaría, en ciertas situaciones, por encima del papa. Nacido de la necesidad de salir del cisma, se convierte en un programa político y teológico: limitar el poder pontificio, someter a los futuros papas a los decretos conciliares, instaurar una especie de constitución sinodal permanente.

Sus grandes defensores son hombres santos y brillantes. Juan Gerson (✝ 1429), canciller de la universidad de París, y Pedro de Ailly (✝ 1420), obispo de Cambrai y luego cardenal, desempeñan un papel decisivo en Constanza — de Ailly ya en Pisa, que Gerson aprueba sin asistir. Su intención no es revolucionaria: buscan un instrumento canónico para salir de una crisis sin precedente. Pero su formulación, aislada de su contexto de necesidad, abre la vía a pretensiones heterodoxas.[57][58]

La condena progresiva

Varias etapas cierran el debate en el sentido católico:

EtapaFechaContenido
Bula Execrabilis (Pío II)1460Condena el recurso a un concilio contra el papa[59]
Bula Pastor aeternus gregem (Letrán V, León X)19 de diciembre de 1516Reafirma la primacía pontificia en el V concilio de Letrán[60]
Pastor aeternus (Vaticano I)18 de julio de 1870Define dogmáticamente la primacía universal y la infalibilidad pontificia[61]
Lumen gentium (Vaticano II)21 de noviembre de 1964Confirma la primacía articulando al mismo tiempo la colegialidad episcopal[62]

La posición católica actual está fijada en el Catecismo, n. 882: « El Pontífice romano, en razón de su cargo de Vicario de Cristo y de pastor de toda la Iglesia, tiene sobre esta un poder pleno, supremo y universal, que puede ejercer siempre libremente. »[63]

El conciliarismo en su versión fuerte es pues heterodoxo. Pero hay que distinguir: el hecho de que el concilio de Constanza pudiera, en una situación extrema, intervenir para salir del cisma, no tiene nada de escandaloso — no niega la primacía, sirve a la unidad. Es la generalización de este caso excepcional en doctrina permanente la que plantea problema.

Colegialidad episcopal ≠ conciliarismo

Vaticano II, al redescubrir la colegialidad de los obispos con y bajo el papa (Lumen gentium 22), no rehabilitó el conciliarismo. Los obispos forman un colegio que actúa siempre con su cabeza: no hay, en la doctrina católica, colegio episcopal sin el sucesor de Pedro, ni autoridad conciliar que se ejercería contra él.[64] La distinción es sutil para el lector moderno, pero es decisiva: la comunión católica se vive en la unidad visible del papa y los obispos, no en su oposición.

Qué hay que retener hoy ?

El cisma como prueba de la promesa de Cristo

El cisma de Occidente es una de las mayores humillaciones de la historia católica. Durante treinta y nueve años, fieles vivieron sin saber dónde estaba exactamente el sucesor de Pedro. Santos se equivocaron de buena fe. Concilios navegaron entre necesidad canónica y tentaciones heterodoxas. Y sin embargo, la Iglesia no desapareció.

Es precisamente lo que impresiona cuando se relee la promesa de Mateo 16, 18 — « las puertas del infierno no prevalecerán contra ella ». Esta promesa no dice que la Iglesia se verá libre de crisis: dice que ninguna crisis la destruirá. El gran cisma de Occidente es una de las mayores pruebas experimentales de esta promesa. Una institución puramente humana jamás habría sobrevivido a treinta y nueve años de papado triple. La Iglesia sobrevivió, se reformó y se purificó.

Una lección sobre el papado

El cisma revela lo que el papado es, y lo que no es. No es un absolutismo de carácter: Urbano VI fue papa legítimo, pero su temperamento precipitó la crisis. No es tampoco un simple símbolo intercambiable: la cuestión de quién es papa contó realmente, porque la unidad visible pasa por una persona precisa, reconocible, en comunión con la cual se reza.[65]

El papado es un servicio de la unidad, que supone una responsabilidad personal enorme. El cisma recuerda a cada papa — y a cada católico — que se puede ser legítimo e indigno, que se puede ser santo y equivocarse, y que la Iglesia solo se mantiene en pie por la promesa de Cristo, nunca solo por la calidad humana de sus pastores.

Una lección sobre el conciliarismo y la sinodalidad

El episodio traza finalmente una línea neta. Existe una sinodalidad auténtica en la tradición católica: concilios, sínodos, consultas amplias, decisiones compartidas entre el papa y los obispos. Y existe un conciliarismo ilegítimo, que pretendería someter al papa a una asamblea. La diferencia no es política: es eclesiológica. La Iglesia no es un parlamento, es un cuerpo místico cuya cabeza visible es el sucesor de Pedro.

Vaticano II supo reintroducir la dimensión sinodal sin caer en el conciliarismo. Los sínodos del siglo XXI continuarán este delicado trabajo: hacer vivir la colegialidad real de los obispos, sin disolver la primacía pontificia en una mayoría conciliar. El cisma de Occidente sigue siendo, en este punto, un hito histórico: ninguna crisis justifica reemplazar a Pedro por un comité.

Para ir más lejos

  • Leer El gran cisma de Oriente para la ruptura anterior entre Roma y Constantinopla (1054).
  • Leer El cisma de Focio para comprender las tensiones de Oriente en el siglo IX.
  • Leer El concilio de Trento para el gran concilio posterior que responderá a la Reforma protestante.
  • Retener la distinción principal: 1378-1417 es una crisis interna de la Iglesia latina; 1054 es una ruptura entre Occidente y Oriente. Ambos cismas no son de la misma naturaleza.

Notas y referencias

  1. Louis Salembier, "Western Schism", The Catholic Encyclopedia, vol. 13, New York, Robert Appleton Company, 1912, New Advent: Western Schism. Nota católica de referencia sobre las causas, los actores, las obediencias, el concilio de Pisa, Constanza y la legitimidad de la línea romana.

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  2. Michael Ott, "Pope Urban VI", The Catholic Encyclopedia, vol. 15, New York, Robert Appleton Company, 1912, New Advent: Pope Urban VI. Nota detallada sobre Bartolomeo Prignano (no cardenal en el momento de su elección, cónclave abierto el 7 de abril de 1378, coronación), su reforma de la Curia « sin la prudencia necesaria », sus invectivas contra los cardenales y su temperamento reacio, y luego la ruptura con los cardenales franceses.

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  3. Joseph Wilhelm, "Council of Constance", The Catholic Encyclopedia, vol. 4, New York, Robert Appleton Company, 1908, New Advent: Council of Constance. Nota de referencia sobre la apertura del concilio (5 de noviembre de 1414), la huida y deposición de Juan XXIII (29 de mayo de 1415), la abdicación de Gregorio XII (4 de julio de 1415), la deposición de Benedicto XIII (26 de julio de 1417), la elección de Martín V (11 de noviembre de 1417) y el alcance canónico de los decretos.

    4 29 41 42 44 45 46 53
  4. Concilio de Constanza, decreto Haec Sancta synodus, 5ª sesión, 6 de abril de 1415. Texto latino y traducción inglesa en Norman P. Tanner (ed.), Decrees of the Ecumenical Councils, Sheed & Ward / Georgetown University Press, 1990, vol. 1 (concilio de Constanza); texto accesible en línea: Council of Constance, session 5. La versión española del cuerpo es una traducción fiel.

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  5. Pío II, bula Execrabilis, 18 de enero de 1460: declara « execrable » toda apelación de una decisión del papa a un concilio futuro. Recepción confirmada por León X en Exsurge Domine (15 de junio de 1520), que recuerda la constitución de Pío II que castiga tales apelaciones con las penas de los herejes.

    6 59
  6. Concilio de Letrán V, bula Pastor aeternus gregem suum de León X, 11ª sesión, 19 de diciembre de 1516, en Norman P. Tanner (ed.), Decrees of the Ecumenical Councils, vol. 1. El concilio condena explícitamente el conciliarismo y recuerda la primacía del Pontífice romano sobre todo concilio.

    7 49 60
  7. Concilio Vaticano I, constitución dogmática Pastor aeternus, 18 de julio de 1870, cap. 3 y 4, Vatican.va: Pastor aeternus. El concilio define la primacía universal y la infalibilidad del papa, cerrando definitivamente la cuestión conciliarista.

    8 48 50 61
  8. Concilio Vaticano II, constitución dogmática Lumen gentium, 21 de noviembre de 1964, nn. 22-23, Vatican.va: Lumen gentium. Doctrina sobre la colegialidad episcopal con y bajo el papa, que distingue la comunión católica auténtica del conciliarismo.

    9 62 64
  9. Código de Derecho Canónico, canon 751, Vatican.va: cic_lib3-cann747-755_en.html. Definición jurídica del cisma como negativa de sumisión al Soberano Pontífice o de comunión con quienes le están sometidos.

    10
  10. Johann Peter Kirsch, "Schism", The Catholic Encyclopedia, vol. 13, New York, Robert Appleton Company, 1912, New Advent: Schism. Distinción clásica entre herejía y ruptura de comunión.

    11
  11. Catalina de Siena, cartas a Urbano VI (1378): primera carta escrita desde Florencia tras la elección (numeración Tommasèo n° T302), y luego cartas siguientes entre ellas la que conjura al papa en estos términos: « Mitigate a little, for the love of Christ crucified, those sudden impulses which nature forces on you. […] As God has given you a great heart naturally, so I beg and want you to make it great supernaturally » (trad. V. D. Scudder, Saint Catherine of Siena as Seen in Her Letters, cartas « To Urban VI », texto en línea). Ed. crítica: S. Noffke, The Letters of Catherine of Siena, 2000-2008, 4 vol. (la correspondencia de 1378-1380 en los vol. III-IV; vol. IV = cartas 231-373). Los pasajes del cuerpo son paráfrasis. Véase también el Centro internacional de estudios caterinianos.

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  12. John Henry Boyle, "Robert of Geneva", The Catholic Encyclopedia, vol. 13, New York, Robert Appleton Company, 1912, New Advent: Robert of Geneva. Nota sobre Roberto de Ginebra: legado en Alta Italia (1376-1378), masacre de 4000 personas en Cesena (« executioner of Cesena »), elección en Fondi el 20 de septiembre de 1378, muerte en Aviñón el 16 de septiembre de 1394.

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  13. Michael Ott, "Pedro de Luna", The Catholic Encyclopedia, vol. 11, New York, Robert Appleton Company, 1911, New Advent: Pedro de Luna. Nota sobre Pedro de Luna (Illueca, Aragón, 1328): elegido el 28 de septiembre de 1394, retirada de obediencia de Francia publicada el 27 de julio de 1398, depuesto en el concilio de Constanza el 26 de julio de 1417, muerto en Peñíscola — la nota da dos fechas posibles, 29 de noviembre de 1422 o 23 de mayo de 1423.

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  14. Código de Derecho Canónico, canon 144, § 1: en caso de error común de hecho o de derecho, o de duda positiva y probable de derecho o de hecho, la Iglesia suple el poder ejecutivo de gobierno, para el fuero externo como para el fuero interno; el § 2 extiende esta suplencia a ciertas facultades, entre ellas la de absolver (can. 966) y la asistencia al matrimonio (can. 1111, § 1). Texto oficial: Code of Canon Law, Cann. 129-144.

    31
  15. "St. Vincent Ferrer", The Catholic Encyclopedia, vol. 15, New York, Robert Appleton Company, 1912, New Advent: Vincent Ferrer. Nota sobre Vicente Ferrer: firme partidario de Benedicto XIII, lo abandona en 1416 a petición de Fernando de Aragón y anuncia la retirada de obediencia en Perpiñán, un 6 de enero; muerto en Vannes el 5 de abril de 1419, canonizado por Calixto III el 3 de junio de 1455.

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  16. Pablo VI, proclamación de santa Catalina de Siena como Doctora de la Iglesia, 4 de octubre de 1970, Vatican.va: Mirabilis in Ecclesia Deus. Catalina es la segunda mujer doctora de la Iglesia, con Teresa de Ávila proclamada una semana antes, el 27 de septiembre de 1970.

    36
  17. Joseph Wilhelm, "Council of Pisa", The Catholic Encyclopedia, vol. 12, New York, Robert Appleton Company, 1911, New Advent: Council of Pisa. Nota sobre el concilio de Pisa (convocado para el 25 de marzo de 1409; deposición el 5 de junio de 1409; elección de Alejandro V el 26 de junio de 1409, muerto el 3 de mayo de 1410, y luego Baldassare Cossa como Juan XXIII), su no estatuto ecuménico y el paso a tres pretendientes.

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  18. Michael Ott, "Pope Gregory XII", The Catholic Encyclopedia, vol. 7, New York, Robert Appleton Company, 1910, New Advent: Gregory XII. Nota sobre Angelo Correr, elegido el 30 de noviembre de 1406 bajo juramento de abdicación, su abdicación libre del 4 de julio de 1415 (14ª sesión, por sus procuradores el cardenal Dominici y Carlos Malatesta) y su muerte en Recanati el 18 de octubre de 1417.

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  19. Concilio de Constanza, decreto Frequens, 39ª sesión, 9 de octubre de 1417: un concilio general cinco años después de Constanza, un segundo siete años más tarde, y luego uno cada diez años. Texto en Norman P. Tanner, Decrees of the Ecumenical Councils, Sheed & Ward / Georgetown University Press, 1990, vol. 1.

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  20. Johann Peter Kirsch, "Pope Martin V", The Catholic Encyclopedia, vol. 9, New York, Robert Appleton Company, 1910, New Advent: Martin V. Nota sobre Oddone Colonna: elegido por unanimidad el 11 de noviembre de 1417 por los representantes de las cinco naciones (nombre elegido en honor de san Martín de Tours), coronado el 21 de noviembre, muerto en Roma el 20 de febrero de 1431.

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  21. "Jean de Charlier de Gerson", The Catholic Encyclopedia, vol. 6, New York, Robert Appleton Company, 1909, New Advent: Jean de Charlier de Gerson. Nota sobre Gerson (nacido en Gerson el 14 de diciembre de 1363, muerto en Lyon el 12 de julio de 1429), canciller de la universidad de París, que aprueba Pisa sin asistir y desempeña un papel importante en el concilio de Constanza.

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  22. "Pierre d'Ailly", The Catholic Encyclopedia, vol. 1, New York, Robert Appleton Company, 1907, New Advent: Pierre d'Ailly. Nota sobre Pedro de Ailly (nacido en Compiègne en 1350, muerto hacia 1420 en Aviñón), obispo de Cambrai (1397) y luego cardenal (1411), que propone la vía del concilio general y desempeña un primer papel en el concilio de Constanza.

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  23. Catecismo de la Iglesia Católica, n. 882, Vatican.va: CEC 882. El papa, como Vicario de Cristo y pastor de toda la Iglesia, tiene sobre ella un poder pleno, supremo y universal.

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